DISPOSICIÓN 3 2004 DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICA DE SEGURIDAD Y PREVENCIÓN DEL DELITO

Síntesis:

NORMA DEROGADA - APRUEBA EL MODELO DE CREDENCIAL IDENTIFICATORIA - DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICAS DE SEGURIDAD Y PREVENCIÓN DEL DELITO - MODELO DE CREDENCIAL IDENTIFICATORIA - OTORGAMIENTO DE CREDENCIALES - OPERADORES COMUNITARIOS DEL PLAN DE PREVENCIÓN DEL DELITO - CENTROS DE GESTIÓN Y PARTICIPACIÓN - GGP - JORGE ALZUGARAY - HÉCTOR BONAFINI - JORGE CAPELLA - GUSTAVO CUCURELLA - CARLOS CUTINI - MARTA LIOTTO - VALENTINA NOVICK - EDUARDO PORTILLO - DARÍO RUIZ - ESTEBAN SOTTILE - CLAUDIO SUÁREZ - EDUARDO VILLALBA - ALEJANDRO VON KORFF - EDUARDO ZOTHNER - EMPLEADOS - IDENTIFICACIÓN - CREDENCIALES IDENTIFICATORIAS - TARJETAS IDENTIFICATORIAS - DATOS DE LOS EMPLEADOS - INFORMACIÓN AL PÚBLICO - IDENTIFICACIÓN DE LOS AGENTES

Publicación:

31/08/2004

Sanción:

06/08/2004

Organismo:

DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICA DE SEGURIDAD Y PREVENCIÓN DEL DELITO


Visto la Ley N° 583 (B.O. N° 1192), y

CONSIDERANDO:

Que la citada Ley en su Art. 1° obliga a todo empleado o funcionario de cualquiera de los órganos de Gobierno de la Ciudad a informar en el ejercicio de sus funciones a cualquier persona que se lo solicite, su nombre y apellido, el cargo que desempeña y el nombre, apellido y cargo de su superior jerárquico inmediato;

Que el Art. 2°, hace referencia a la exhibición en lugar visible de una tarjeta o credencial identificatoria de todo empleado o funcionario que se desempeñe en cualquiera de los órganos del Gobierno de la Ciudad en oficinas o sectores de Atención al Público;

Que en virtud del trabajo que la Dirección General de Políticas de Seguridad y Prevención del Delito desarrolla, su comunicación con la Policía Federal Argentina es frecuente y habitual;

Que la criticidad de la función ejercida, exige la intervención inmediata de la repartición en determinadas cuestiones, con la consecuente necesidad de identificarse como funcionario del área;

Que atento a lo supra señalado han surgido diversos inconvenientes en algunas intervenciones del área, por no poseer la identificación mencionada;

Que los Operadores Comunitarios del Plan de Prevención del Delito que cumplen funciones en el área de los Centros de Gestión y Participación, atienden al público en los mencionados lugares tres veces por semana, con la consecuente necesidad de portar la identificación exigida por la Ley N° 583;

Que a los efectos de posibilitar la confección de las credenciales, resulta necesario dictar la norma legal correspondiente;

Por ello,

EL DIRECTOR GENERAL DE POLÍTICAS DE SEGURIDAD

Y PREVENCIÓN DEL DELITO

DISPONE:

Artículo 1° - Apruébese el modelo de credencial identificatoria que se acompaña como Anexo I.

Artículo 2° - Otórgase al personal consignado en el Anexo II las credenciales identificatorias correspondientes.

Artículo 3° - Las credenciales otorgadas al personal que revista bajo contrato de locación de servicios, tendrán la fecha de vencimiento concordante con la caducidad del mismo.

Artículo 4° - Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, pase a la Subsecretaria de Seguridad Urbana. Suárez


ANEXOS

Ver archivo 1

Ver archivo 2

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

DEROGADA POR
<p>Art.1 de la Disp. 40-DGPPD-14:  Deja sin efecto Disp. 3-DPSPD-04</p>
MODIFICADA POR
<p>  Disp. 4-DPSPD-04: Deja sin efecto el  modelo de credencial  y el  el otorgamiento de credenciales aprobado por Disp. 3-DGPSPD-04</p>