DISPOSICIÓN 40 2014 DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICAS DE PREVENCIÓN DEL DELITO
Síntesis:
APRUEBA EL PROGRAMA PREVENCIÓN SOCIAL DE LA VIOLENCIA Y EL DELITO - APRUEBA - ESTRATEGIA - OBJETIVOS - FUNCIONES -REDUCCIÓN DE CONDUCTAS VIOLENTAS Y O DELICTIVAS DE PERSONAS - DESTINATARIOS - NIÑOS - JÓVENES - MUJERES - DOCENTES Y PADRES DE COMUNIDADES VULNERABLES - TALLERES - DEJA SIN EFECTO LA DISPOSICIÓN 3-DGPSPD-04
Publicación:
30/10/2014
Sanción:
21/10/2014
Organismo:
DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICAS DE PREVENCIÓN DEL DELITO
VISTO:
El Decreto N° 55/GCBA/2010, Decreto N° 660/GCBA/2011 y su modificatorio Decreto
N° 396/GCBA/2012, y;
CONSIDERANDO:
Que, mediante el Decreto N° 660/GCBA/2011 se aprueba la estructura orgánica
funcional dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, y sus correspondientes objetivos y responsabilidades primarias.
Que, en el mencionado acto administrativo se da creación a la Dirección General de
Políticas de Prevención del Delito, bajo la órbita de la Subsecretaria de Prevención del
Delito y Relación con la Comunidad.
Que, mediante Decreto N° 396/GCBA/2012 se modifica el Decreto N° 660/GCBA/2011,
aprobándose una nueva estructura organizativa de la Dirección General de Políticas
de Prevención del Delito, junto con los correspondientes objetivos y responsabilidades
primarias.
Que, atento a las sucesivas modificaciones acaecidas en la estructura orgánico
funcional de esta Dirección General, corresponde proceder al dictado de un nuevo
acto administrativo que regule el Programa denominado "Prevención Social de la
Violencia y el Delito".
Que, entre las Responsabilidades Primarias estipuladas por la normativa vigente para
esta Dirección General, se encuentra la de desarrollar políticas de prevención del
delito en grupos de riesgo en el marco del sistema de prevención del delito. Así como
también, la de administrar los recursos y coordinar las acciones necesarias para la
realización de las actividades en la vía pública que realizan las distintas áreas de la
Dirección General. Asimismo esta Dirección General debe diseñar las actividades a
ser desarrolladas en las Comunas por medio de Foros, Consejos, Asambleas y otros
ámbitos de participación ciudadana coordinando la recepción, sistematización y
evaluación de las demandas y necesidades ciudadanas.
Que, dada la complejidad de los problemas de seguridad ciudadana, las políticas
públicas a desarrollar no pueden establecerse únicamente desde la acción policial,
sino que pueden ser concebidas en el marco de políticas de prevención comunitaria
Que, los cambios de contexto implican el rediseño y la implementación de nuevas
acciones en materia de prevención, con el consecuente deber de establecer nuevas
medidas que respondan a las necesidades actuales.
Que, en virtud de ello se procedió al diseño de un Programa que coadyuve a reducir la
recurrencia de conductas violentas y/o delictivas de personas en situación de
vulnerabilidad social, en la C.A.B.A, promoviendo el fortalecimiento de vínculos
sociales, educativos y laborales.
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias;
Artículo 1-. Déjese sin efecto la Disposición N° 3/GCABA/DGPSPD/2004.
Artículo 2-. Apruébese, el Programa denominado "Prevención Social de la Violencia y
el Delito" cuya estrategia, objetivos y funciones se detallan en el Anexo I.
Artículo 3-. Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,
y para su conocimiento y demás efectos, pase a la Subsecretaría de Prevención del
Delito y Relación con la Comunidad, a la Gerencia Operativa de Políticas para la
Prevención del Delito, Gerencia Operativa de Estadísticas sobre la Prevención del
Delito y Gerencia Operativa de Relaciones con la Comunidad dependientes de la
Dirección General de Políticas para la Prevención del Delito. Cumplido, archívese.
Ventura Barreiro
ANEXOS
El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 4512