DECRETO 1562 2004

Síntesis:

REINTEGRA EN SUS FUNCIONES AL SR. LORENZO A. BANEGAS - DNI 6.964.490 - EN LA DIRECCIÓN GENERAL DE TERCERA EDAD OFICIO N° 3.182/2004. C.E. N° 50.165/04. - REINTEGRO DE AGENTES - PERSONAL PLANTA TRANSITORIA - PERSONAL TRANSITORIO - SECRETARÍA DE DESARROLLO SOCIAL - CUMPLIMIENTO DE SENTENCIA JUDICIAL

Publicación:

03/09/2004

Sanción:

26/08/2004

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


Visto la Nota N° 7.736/PG/04, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante dichas actuaciones tramita la situación en torno del señor Lorenzo Antonio Banegas, DNI 6.964.490, a quien le fuera revocada su inclusión en los términos del Decreto N° 491/GCBA/2003 por aplicación del Decreto N° 633/GCBA/2004;

Que a la fecha del dictado del Decreto N° 491/GCBA/03, se encontraban en trámite las actuaciones que dieron lugar al dictado del Decreto N° 633/GCBA/04, por el cual se desvincula al actor del plantel de personal de esta Administración en razón de existir constancias de antecedentes penales emitidas por la Dirección del Registro Nacional de Reincidencia y Estadística Criminal;

Que el interesado revistaba como Personal Transitorio, Grupo G. 02 en la Dirección General de Tercera Edad;

Que por Decreto N° 633/GCBA/2004 (B.O.C.B.A. N° 1930) se excluyó al causante del ámbito de aplicación del Decreto N° 491/GCBA/2003 (B.O.C.B.A. N° 1683), revocándose por ser nulos de nulidad absoluta el Decreto N° 428/GCBA/1997 y sus prórrogas, Decretos Nros. 219, 1.417 y 3.269/GCBA/1998; 970/GCBA/2000; 136/GCBA/2001; 95/GCBA/02 y Resoluciones Nros. 532, 1.239, 1.896, 2.375, 2.828, 3.115, 3.566; 3.956, 4.215/SHYF/2002, 279, 308 y 860/SHYF/2003, en lo que respecta a su designación como Personal de la Planta Transitoria;

Que por ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo y Tributario N° 1, Secretaría N° 1, tramitan los autos: Banegas, Lorenzo Antonio s/Medida Cautelar (Expediente N° 12.283/1), en los que se dictó medida cautelar por Resolución del 6/7/2004;

Que el decisorio judicial dispone en su parte pertinente: ...1) Ordenar al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que, en forma cautelar, suspenda los efectos del Decreto N° 633/2004 y reintegre a Antonio Lorenzo Banegas a los servicios para los que fue designado, con la remuneración correspondiente ... Fdo. Dr. Juan Vicente Cataldo. Juez;

Que sin perjuicio de lo expuesto, no resulta viable reintegrar al requirente al Grupo G.02 de Planta Transitoria, puesto que dicho agrupamiento fue disuelto por Decreto N° 491/GCBA/2003;

Que por lo tanto corresponde asignar al interesado el Nivel y Grado F.04 conforme con el Sistema Municipal de la Profesión Administrativa (Si.Mu.P.A.) aprobado por Decreto N° 3.544/MCBA/1991 (B.M. N° 19.131) y sus reglamentarios;

Que sin desmedro de lo manifestado, debe aclararse que dicho reintegro queda sujeto a revisión en función del resultado del juicio en trámite ya mencionado;

Que, la Procuración General de la Ciudad ha tomado la intervención de su competencia;

Por ello en uso de las facultades legales que le son propias (Arts. 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires),

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1° - Reintégrase al señor Lorenzo Antonio Banegas, DNI 6.964.490, en cumplimiento de la sentencia dictada en autos: Banegas, Lorenzo Antonio s/Medida Cautelar (Expediente N° 12.283/0) en trámite por ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo y Tributario N° 1, Secretaría N° 1 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en la Dirección General de la Tercera Edad dependiente de la Secretaría de Desarrollo Social, partida 4516.0300.F.04, toda vez que el Grupo G.02 de la Planta Transitoria fue disuelto por Decreto N° 491/GCBA/2003.

Artículo 2° - Déjase constancia que el reintegro establecido en el artículo 1° del presente queda sujeto a revisión en función del resultado del juicio en trámite citado en el artículo anterior.

Artículo 3° - El presente Decreto es refrendado por el señor Secretario de Desarrollo Social, la señora Secretaria de Hacienda y Finanzas y el señor Jefe de Gabinete.

Artículo 4° - Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y, pase a la Procuración General de la Ciudad a efectos de acreditar en el proceso indicado en el Art. 1° el dictado del presente, posteriormente para su conocimiento y demás efectos pase a las Direcciones Generales de Recursos Humanos, y de la Tercera Edad de la Secretaría de Desarrollo Social, la que deberá practicar fehaciente notificación al interesado de los téminos del presente Decreto. Cumplido, archívese. IBARRA - Telerman (a cargo) - Albamonte - Fernández

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