RESOLUCIÓN 74 2022 F/N ENTE DE TURISMO LEY 2627
Síntesis:
SE CREA COMISIÓN - RÉGIMEN DE PROMOCIÓN PARA EL SECTOR HOTELERO - ENTE DE TURISMO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Publicación:
24/05/2022
Sanción:
07/03/2022
Organismo:
F/N ENTE DE TURISMO LEY 2627
VISTO: las Leyes N° 2.627 (texto consolidado por Ley N° 6.347) y modificatorias, y N°
6.038 (texto consolidado por Ley N° 6.347) y su modificatoria, el Decreto N° 74-
GCABA/19, la Resolución Conjunta N° 5-MDEPGC-ENTUR/20, la Resolución N° 36-
ENTUR/22, el Expediente Electrónico N° EX-2022-08757516-GCABADGTALET, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Ley N° 2.627 (texto consolidado por Ley N° 6.347) y modificatorias,
se creó el Ente de Turismo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, como entidad
autárquica en la órbita de la Secretaría General y de Relaciones Internacionales del
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con el objeto de diseñar y ejecutar
políticas y programas de promoción, desarrollo y fomento del turismo como actividad
económica estratégica de la Ciudad;
Que por Ley N° 6.038 (texto consolidado por Ley N° 6.347) y su modificatoria se creó
el Régimen de Promoción para el Sector Hotelero, con los alcances y limitaciones allí
establecidos;
Que por Resolución Conjunta N° 5-MDEPGC-ENTUR/20 se aprobaron los
mecanismos de implementación del Régimen de Promoción para el Sector Hotelero;
Que mediante la Resolución N° 36-ENTUR/22, se modificó la Estructura Orgánico
Funcional del Ente de Turismo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, estableciendo
como responsabilidad de la Dirección General de Desarrollo Turistico la de "...Asesorar
a los postulantes al Régimen de Promoción para el Sector Hotelero y entender en el
proceso de evaluación técnica de los proyectos presentados";
Que asimismo, es responsabilidad de la Dirección General Tecnica, Administrativa y
Legal "...Asistir y brindar apoyo técnico, administrativo y legal a la Presidencia y a las
Direcciones Generales que conforman el Ente de Turismo";
Que, a partir de lo expuesto, se observa conveniente crear una Comisión en el seno
de esta repartición, que tenga a su cargo el desarrollo de objetivos y responsabilidades
específicas desde una perspectiva transversal, a fin de lograr un trabajo coordinado en
temas específicos que requieran la intervención de múltiples dependencias del Ente de
Turismo y de otros organismos del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
en relación al Régimen de Promoción para el Sector Hotelero;
Que "...el aparato burocrático completamente desarrollado, comparado con otras
formas de administración, es exactamente lo mismo que la máquina respecto de las
formas no mecánicas de producción. La burocracia resuelve el problema típicamente
administrativo de llevar al máximo, no solo la eficacia individual, sino también la
organización total..." (BLAL, P.M., "La burocracia en la sociedad moderna", Editorial
Paidós, Buenos Aires, 1962 pág. 29);
Que en dicha inteligencia "...la racionalidad individual no basta. Si los miembros de la
organización tomasen decisiones de manera independiente, su trabajo podría no
coordinarse, atentando así contra la eficiencia de la organización. En consecuencia, es
necesario limitar el ámbito de la racionalidad autónoma de los individuos, cosa que se
logra por el sistema de normas y regulaciones mediante la supervisión jerárquica...En
otras palabras, el efecto combinado de las características de la burocracia consiste en
crear condiciones sociales que lleven a cada miembro de la organización a actuar de
un modo -lógico o no desde su punto de vista- que permita el logro racional de los
objetivos de la organización..." (obra citada, p.30);
Que en virtud de lo expuesto, a efectos de un mejor sistema organizacional, y lograr
mayor celeridad en los tramites, resulta menester proceder a efectuar una asignación
interna de responsabilidades funcionales sin que ello implique erogación alguna,
tendiente a lograr un óptimo aprovechamiento de los recursos humanos con que
cuenta a la fecha este organismo a fin de dar sustanciación a los trámites vinculados al
Régimen de Promoción del Sector Hotelero;
Que ha tomado debida intervención la Gerencia Operativa de Coordinación
Administrativa y Legal de este organismo.
Por ello, en uso de las facultades conferidas por las Leyes N° 2.627 (texto consolidado
por Ley N° 6.347) y modificatorias, y N° 6.038 (texto consolidado por Ley N° 6.347) y
su modificatoria,
Artículo 1°.- Créase la Comisión "Régimen de Promoción para el Sector Hotelero del
Ente de Turismo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires", bajo la órbita de la
Presidencia del Ente de Turismo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
aprobándose las funciones a su cargo que se incluyen como Anexo I (IF-2022-
09383222-GCABA-ENTUR) que forma parte integrante de la presente.
Artículo 2°.- Encomiendase a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal la
aprobación del Reglamento Interno de la Comisión creada por el articulo 1° de la
presente.
Artículo 3°.- Déjase establecido que la medida dispuesta en el artículo 1° de la
presente no implica ni ocasiona erogación alguna al Ente de Turismo de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, ni modificación a su Estructura Orgánico Funcional.
Artículo 4°.- Comuníquese a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal, a la
Dirección General de Desarrollo Turístico, y a la Unidad de Auditoría Interna de este
organismo. Cumplido, archívese. Delfino