RESOLUCIÓN 74 2022 F/N ENTE DE TURISMO LEY 2627

Síntesis:

SE CREA COMISIÓN -  RÉGIMEN DE PROMOCIÓN PARA EL SECTOR HOTELERO - ENTE DE TURISMO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

Publicación:

24/05/2022

Sanción:

07/03/2022

Organismo:

F/N ENTE DE TURISMO LEY 2627


VISTO: las Leyes N° 2.627 (texto consolidado por Ley N° 6.347) y modificatorias, y N°

6.038 (texto consolidado por Ley N° 6.347) y su modificatoria, el Decreto N° 74-

GCABA/19, la Resolución Conjunta N° 5-MDEPGC-ENTUR/20, la Resolución N° 36-

ENTUR/22, el Expediente Electrónico N° EX-2022-08757516-GCABADGTALET, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° 2.627 (texto consolidado por Ley N° 6.347) y modificatorias,

se creó el Ente de Turismo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, como entidad

autárquica en la órbita de la Secretaría General y de Relaciones Internacionales del

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con el objeto de diseñar y ejecutar

políticas y programas de promoción, desarrollo y fomento del turismo como actividad

económica estratégica de la Ciudad;

Que por Ley N° 6.038 (texto consolidado por Ley N° 6.347) y su modificatoria se creó

el Régimen de Promoción para el Sector Hotelero, con los alcances y limitaciones allí

establecidos;

Que por Resolución Conjunta N° 5-MDEPGC-ENTUR/20 se aprobaron los

mecanismos de implementación del Régimen de Promoción para el Sector Hotelero;

Que mediante la Resolución N° 36-ENTUR/22, se modificó la Estructura Orgánico

Funcional del Ente de Turismo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, estableciendo

como responsabilidad de la Dirección General de Desarrollo Turistico la de "...Asesorar

a los postulantes al Régimen de Promoción para el Sector Hotelero y entender en el

proceso de evaluación técnica de los proyectos presentados";

Que asimismo, es responsabilidad de la Dirección General Tecnica, Administrativa y

Legal "...Asistir y brindar apoyo técnico, administrativo y legal a la Presidencia y a las

Direcciones Generales que conforman el Ente de Turismo";

Que, a partir de lo expuesto, se observa conveniente crear una Comisión en el seno

de esta repartición, que tenga a su cargo el desarrollo de objetivos y responsabilidades

específicas desde una perspectiva transversal, a fin de lograr un trabajo coordinado en

temas específicos que requieran la intervención de múltiples dependencias del Ente de

Turismo y de otros organismos del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

en relación al Régimen de Promoción para el Sector Hotelero;

Que "...el aparato burocrático completamente desarrollado, comparado con otras

formas de administración, es exactamente lo mismo que la máquina respecto de las

formas no mecánicas de producción. La burocracia resuelve el problema típicamente

administrativo de llevar al máximo, no solo la eficacia individual, sino también la

organización total..." (BLAL, P.M., "La burocracia en la sociedad moderna", Editorial

Paidós, Buenos Aires, 1962 pág. 29);

Que en dicha inteligencia "...la racionalidad individual no basta. Si los miembros de la

organización tomasen decisiones de manera independiente, su trabajo podría no

coordinarse, atentando así contra la eficiencia de la organización. En consecuencia, es

necesario limitar el ámbito de la racionalidad autónoma de los individuos, cosa que se

logra por el sistema de normas y regulaciones mediante la supervisión jerárquica...En

otras palabras, el efecto combinado de las características de la burocracia consiste en

crear condiciones sociales que lleven a cada miembro de la organización a actuar de

un modo -lógico o no desde su punto de vista- que permita el logro racional de los

objetivos de la organización..." (obra citada, p.30);

Que en virtud de lo expuesto, a efectos de un mejor sistema organizacional, y lograr

mayor celeridad en los tramites, resulta menester proceder a efectuar una asignación

interna de responsabilidades funcionales sin que ello implique erogación alguna,

tendiente a lograr un óptimo aprovechamiento de los recursos humanos con que

cuenta a la fecha este organismo a fin de dar sustanciación a los trámites vinculados al

Régimen de Promoción del Sector Hotelero;

Que ha tomado debida intervención la Gerencia Operativa de Coordinación

Administrativa y Legal de este organismo.

Por ello, en uso de las facultades conferidas por las Leyes N° 2.627 (texto consolidado

por Ley N° 6.347) y modificatorias, y N° 6.038 (texto consolidado por Ley N° 6.347) y

su modificatoria,

EL PRESIDENTE DEL ENTE DE TURISMO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE:

Artículo 1°.- Créase la Comisión "Régimen de Promoción para el Sector Hotelero del

Ente de Turismo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires", bajo la órbita de la

Presidencia del Ente de Turismo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

aprobándose las funciones a su cargo que se incluyen como Anexo I (IF-2022-

09383222-GCABA-ENTUR) que forma parte integrante de la presente.

Artículo 2°.- Encomiendase a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal la

aprobación del Reglamento Interno de la Comisión creada por el articulo 1° de la

presente.

Artículo 3°.- Déjase establecido que la medida dispuesta en el artículo 1° de la

presente no implica ni ocasiona erogación alguna al Ente de Turismo de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, ni modificación a su Estructura Orgánico Funcional.

Artículo 4°.- Comuníquese a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal, a la

Dirección General de Desarrollo Turístico, y a la Unidad de Auditoría Interna de este

organismo. Cumplido, archívese. Delfino


ANEXOS

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

COMPLEMENTA
<p>Artículo 1 de la Resolución 74-ENTUR/22 crea la Comisión Régimen de Promoción<br />para el Sector Hotelero del Ente de Turismo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, creada en el marco de la Ley 6038, reglamentada por Decreto 74/19.</p>
REGLAMENTADA POR
<p>Artículo 1° Resolucion N° 74-ENTUR-22 aprueba el Reglamento Interno de la Comisión Régimen de Promoción para el Sector Hotelero del Ente de Turismo de la Ciudad Autónoma de Buenos Airesaprobada por Resolución N° 74-ENTUR/22.​</p>