RESOLUCIÓN 84 2022 SECRETARIA GENERAL Y RELACIONES INTERNACIONALES

Síntesis:

SE MODIFICA - PROGRAMA ESTUDIO EN BUENOS AIRES / STUDY BUENOS AIRES - QUE PASARÁ A DENOMINARSE STUDY BUENOS AIRES - SE CREA EL PROGRAMA - ESTUDIO EN BUENOS AIRES - SECRETARÍA GENERAL Y RELACIONES INTERNACIONALES

Publicación:

27/05/2022

Sanción:

20/05/2022

Organismo:

SECRETARIA GENERAL Y RELACIONES INTERNACIONALES


 

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VISTO: Ley N° 6.292 (texto consolidado Ley 6.347), los Decretos Nros. 578/16, 463/19

y sus modificatorios, N° 158/22, la Resolución N° 71/SGYRI/21, el Expediente

Electrónico N° 19004512- GCABA-SGYRI/22, y

CONSIDERANDO:

Que en virtud del artículo 26 de la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires N° 6.292 (texto consolidado mediante Ley 6.347),

corresponde a la Secretaría General y Relaciones Internacionales, entre otros

objetivos, liderar la estrategia de proyección internacional de la Ciudad y asistir al Jefe

de Gobierno en la gestión de las relaciones internacionales de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires y la vinculación institucional con la cooperación internacional bilateral,

regional y multilateral, así como asistir al Jefe de Gobierno en el seguimiento y

coordinación de las actividades que aseguren la efectiva realización del plan general

de acción de gobierno;

Que por Decreto N° 463/19 y modificatorios, se aprobó la estructura orgánico funcional

dependiente del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que por Decreto N° 158/22 se modificó la estructura organizativa de la Secretaría

General y de Relaciones Internacionales, creándose la Dirección General

Relacionamiento Internacional dependiente de la Subsecretaría de Relaciones

Internacionales, la Subsecretaría de Promoción y Desarrollo Universitario y la

Dirección General Desarrollo Universitario, dependiente de la Subsecretaría de

Promoción y Desarrollo Universitario;

Que la Subsecretaría de Relaciones Internacionales tiene entre sus responsabilidades

primarias las de: "definir la estrategia de las actividades de promoción internacional en

las que participe la Ciudad Autónoma de Buenos Aires", "generar oportunidades para

conectar a la comunidad internacional con las organizaciones y comunidades de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires", "diseñar e implementar la estrategia de

proyección de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires como ciudad de atracción del

talento, y el plan de acción para fomentar la llegada de estudiantes internacionales,

terciarios y universitarios" y "generar vínculos con universidades públicas y privadas e

institutos de educación superior, para promover la contención de los estudiantes

internacionales terciarios y universitarios de grado y posgrado que llegan a la Ciudad";

Que, en igual sentido, dentro de las responsabilidades primarias de la Dirección

General Relacionamiento Internacional se encuentran las de: "diseñar la estrategia de

posicionamiento de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires como ciudad de atracción

del talento, y el plan de acción para fomentar la llegada de estudiantes internacionales

terciarios y universitarios", "generar vínculos institucionales con universidades públicas

y privadas e institutos de educación superior del área metropolitana de Buenos Aires,

para promover la internacionalización y contención de los estudiantes terciarios y

universitarios de grado y posgrado que llegan a la Ciudad", "asesorar al Subsecretario

de Relaciones Internacionales en la vinculación estratégica de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires con universidades del extranjero", "diseñar y ejecutar el plan de

promoción de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires como destino atractivo para la

atracción del talento internacional y de los estudiantes internacionales de nivel terciario

y universitario de grado y posgrado en misiones y ferias en el extranjero", "representar

a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en el exterior en congresos, ferias y eventos

relativos a la promoción de la educación internacional, en coordinación con las áreas

competentes", "diseñar y ejecutar acciones tendientes a posicionar a la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires como destino de estudio del español como segunda

lengua para jóvenes internacionales mayores de 18 años";

Que por su parte, la Subsecretaria de Promoción y Desarrollo Universitario tiene entre

sus responsabilidades primarias las de: "intervenir en las relaciones de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires con universidades e instituciones de educación superior

privadas y públicas en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en

coordinación con las áreas competentes", "promover la vinculación e intercambio entre

universidades e instituciones de educación superior privadas y públicas de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires y con las del resto del país, en coordinación con las áreas

competentes", "diseñar e implementar la estrategia de posicionamiento de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires como ciudad de atracción del talento, y el plan de acción

para fomentar la llegada de estudiantes terciarios y universitarios nacionales", "generar

oportunidades para conectar a las universidades e instituciones de educación superior

privada y pública de la Ciudad de Buenos Aires con el sector privado a fin de promover

la inserción laboral de estudiantes y graduados, en coordinación con las áreas

competentes" y "diseñar e implementar una estrategia de para la contención de los

estudiantes terciarios y universitarios de grado y posgrado nacionales que llegan a la

Ciudad";

Que la Dirección General Desarrollo Universitario tiene entre sus responsabilidades

primarias: "asesorar en el diseño de la estrategia de posicionamiento de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires como ciudad de atracción del talento, y el plan de acción

para fomentar la llegada de estudiantes nacionales terciarios y universitarios",

"participar en congresos, ferias y eventos relativos a la promoción de la Ciudad como

destino educativo, en coordinación con las áreas competentes", "generar vínculos con

universidades e instituciones de educación superior privada y pública de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires para favorecer el paso de los estudiantes que llegan a la

Ciudad" y "diseñar políticas tendientes a generar oportunidades de estudio para

estudiantes nacionales dentro del ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en

coordinación con las áreas competentes";

Que el Decreto N° 578/16 estableció que el Vicejefe de Gobierno, los Ministros,

Secretarios y Subsecretarios del Poder Ejecutivo aprueban los programas de gestión,

en el marco de sus respectivas competencias;

Que por Resolución N° 71/SGYRI/21, esta Secretaria modifico el Programa "Estudia

en Buenos Aires /Study Buenos Aires", el que pasó a denominarse "Estudio en Buenos

Aires / Study Buenos Aires", delegándose en la Subsecretaría de Relaciones

Internacionales e Institucionales la facultad de dictar los actos administrativos

complementarios al respecto;

Que, en virtud del tiempo transcurrido, la experiencia de la gestión de gobierno, y las

acciones a cargo de las mencionadas Subsecretarías y Direcciones Generales resulta

necesario modificar el Programa referido el que pasara a denominarse Programa

"Study Buenos Aires", y crear el Programa "Estudio en Buenos Aires"

Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,

EL SECRETARIO GENERAL Y RELACIONES INTERNACIONALES

RESUELVE:

Artículo 1°.- Modifícase el Programa "Estudio en Buenos Aires / Study Buenos Aires",

el que pasará a denominarse "Study Buenos Aires" y cuyo funcionamiento se ajustará

a los lineamientos generales detallados en el Anexos I (IF-2022-19010348-GCABA-

SSRIN), que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente.

Artículo 2°.- Crease el programa "Estudio en Buenos Aires" cuyo funcionamiento se

ajustará a los lineamientos generales detallados en el Anexo II (IF-2022-19012222-

GCABA-SSPDU), que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente.

Artículo 3°.- Delégase en la Subsecretaría de Relaciones Internacionales y en la

Dirección General Relacionamiento Internacional, de manera indistinta, la facultad de

dictar los actos administrativos complementarios que sean requeridos para la

implementación del Programa "Study Buenos Aires".

Artículo 4°.- Delégase en la Secretaria de Promoción y Desarrollo Universitario y en la

Dirección General Desarrollo Universitario, de manera indistinta, la facultad de dictar

los actos administrativos complementarios que sean requeridos para la

implementación del Programa "Estudio en Buenos Aires".

Artículo 5°.- El gasto que demande la ejecución de los Programas "Estudio en Buenos

Aires" y "Study Buenos Aires", se implementará, en caso de ser necesario, con las

partidas presupuestarias correspondientes.

Artículo 6°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,

comuníquese a las Subsecretarias de Promoción y Desarrollo Universitario y de

Relaciones Internacionales. Cumplido, archívese. Straface


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 6385- ANEXO I

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 6385- ANEXO II

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRADA POR
<p>Artículo 1° de la Disposicion N° 3/DGDEU/23 aprueba las Bases y Condiciones de la convocatoria Becas Internacionalizá tu futuro Edición 2023.</p>
COMPLEMENTADA POR
<p>Artículo 1° de la Disposición N° 2/DGDEU/23, aprueba las Bases y Condiciones de la convocatoria “Becas Intercambio Federal 2° Edición 2023” en el marco de la Resolución N° 84/SGYRI/22.</p>
COMPLEMENTADA POR
<p>Artículo 1° de la Disposición N° 1/DGDEU/23, aprueba las Bases y Condiciones de la convocatoria “Becas de Estudio del Idioma Francés para GCBA” 1 ° Edición 2023, en el marco de la Resolución N° 84/SGYRI/22.</p>
INTEGRADA POR
<p>Artículo 1° de la Resolucion N° 6-SSPDU/22 aprueba las Bases y Condiciones de la convocatoria “Becas Intercambio Federal” 1° Edición 2023, en el marco del Programa “Estudio en Buenos Aires”, creado por Resolución N° 84-SGYRI/22.</p>
INTEGRADA POR
<p>Artículo 1° de la Disposición N° 2/DGREI/22 aprueba las Bases y Condiciones de la convocatoria “Becas Study BA para posgrados en Buenos Aires (2023)”, en el marco de la Resolución N° 84/SGYRI/22.</p>
MODIFICADA POR
<p>Artículo 1° de la Resolución N° 97-SGYRI/22 rectifica el artículo 4° de la Resolución N° 84-SGYRI/22, el que quedara redactado de la siguiente manera: “Delégase en la Subsecretaría de Promoción y Desarrollo Universitario y en la Dirección General Desarrollo Universitario, de manera indistinta, la facultad de dictar los actos administrativos complementarios que sean requeridos para la implementación del Programa “Estudio en Buenos Aires””.</p>
MODIFICA
<p>Artículo 1° de la Resolución N° 84-SGYRI/22 modifica el Programa “Estudio en Buenos Aires / Study Buenos Aires”, el que pasará a denominarse “Study Buenos Aires”, el cual fuera creado mediante la Resolución N° 17-ENTUR/17.</p>