RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA 453 2022 CONSEJO DE LA MAGISTRATURA

Síntesis:

SE MODIFICA EL ANEXO I DE LA RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA 1252/21 - ASIGNACIÓN DE  COMPETENCIAS - RELACIONES DE CONSUMO - JUZGADOS - SECRETARÍAS - OFICINA DE GESTIÓN JUDICIAL DE RELACIONES DE CONSUMO - PODER JUDICIAL - 2- 12 - 20 - 22 - 5 - 14 - SEGUNDO SEMESTRE 2022 -

Publicación:

27/05/2022

Sanción:

20/05/2022

Organismo:

CONSEJO DE LA MAGISTRATURA


VISTO: Las Leyes N° 7 (texto consolidado según Ley N° 6.347) y 6.407, las

Resoluciones CM Nros. 267/2020 y 126/2021, las Resoluciones Presidencia Nros.

850/2020, 83/2021, 152/2021 y 1252/2021 y el Reglamento de subrogancias para el

Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (Resolución CM N ° 7/2013 y

sus modificatorias); y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 42 de la Ley CABA N° 7 (texto consolidado según Ley N° 6.347)

establece que "Hasta seis (6) de estos veinticuatro (24) juzgados de primera instancia

en lo Contencioso Administrativo y Tributario, impartirán, además, justicia en materia

de relaciones consumo, hasta tanto se transfiera la Justicia Nacional en las Relaciones

de Consumo. El Plenario del Consejo de la Magistratura determina qué juzgados

asumirán esa competencia".

Que por Resolución Presidencia N° 850/2020 -ratificada por Resolución CM N°

267/2020- se asignó la competencia en materia de relaciones de consumo a los pares

de juzgados, de acuerdo con el Anexo I que forma parte integrante de esa Resolución.

Asimismo, se dispuso que "(...) los titulares de cada par de juzgados designados (...)

deberán informar conjuntamente a la Presidencia del Consejo de la Magistratura cuál

de ellos ejercerá la competencia en materia de relaciones de consumo de cada

semestre del año siguiente. La resolución que la apruebe deberá ser publicada por

edictos por dos (2) días en el BOCBA y en forma permanente en la página del Poder

Judicial de la CABA".

Que por su parte, a través de la Resolución Presidencia N° 83/2021 se estableció que,

para asegurar el normal funcionamiento del servicio de administración de justicia, dada

las nuevas competencias asignadas al fuero, resultó adecuado dotar a los jueces de

los recursos necesarios, contando con una Oficina de Gestión Judicial que contará con

una Secretaría para los expedientes en trámite por ante la Cámara de Apelaciones

correspondiente.

Que posteriormente, mediante Resolución Presidencia N° 152/2021 se asignaron las

Secretarías Nros. 1, 2 y 3 de la Oficina de Gestión Judicial de Relaciones de

Consumo, dispuestas por el artículo 2° de la Resolución Presidencia N° 83/2021, a los

pares de juzgados con competencia en la materia conforme el Anexo I de la

Resolución Presidencia N° 850/2020.

Que en cumplimiento de lo dispuesto en la Resolución Presidencia N° 850/2020 -

ratificada por Resolución CM N° 267/2020- y en el marco del TEA citado en el Visto,

los/las titulares de los juzgados con competencia en materia de Relaciones de

Consumo presentaron oficios en los que informaron quienes ejercerían tal

competencia durante el primer y el segundo semestre de 2022. Asimismo, la

Presidencia de la Cámara del fuero Contencioso Administrativo, Tributario y de

Relaciones de Consumo tomó debido conocimiento.

Que entonces, por Resolución Presidencia N° 1252/2021 se asignó la competencia en

materia de relaciones de consumo a los pares de juzgados con las correspondientes

Secretarías de la Oficina de Gestión Judicial de Relaciones de Consumo, de acuerdo

con el Anexo I que forma parte integrante de ese acto, a partir del 1° de enero de

2022.

Que sin perjuicio de ello, resulta procedente modificar el Anexo I de la Resolución

Presidencia N° 1252/2021 para que en lugar del Juzgado de Primera Instancia N° 9 de

ese fuero, sea el Juzgado de Primer Instancia N° 14 aquel que ejerza la competencia

en materia de consumo durante el segundo semestre del año en curso.

Que atento lo expuesto y en razón de que las medidas que aquí se pretenden

autorizar no admiten demora, corresponderá dictar el acto administrativo

correspondiente, sin perjuicio de su posterior elevación al Plenario del Consejo de la

Magistratura para su debida ratificación, conforme lo establecido en el artículo 59 del

Reglamento Interno del Plenario y de las Comisiones del Consejo de la Magistratura

de la CABA (Resolución CM N° 221/2019).

Por ello y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 116 de la CCABA y las

Leyes Nros. 7 y 31,

LA PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE:

Artículo 1°: Modificar el Anexo I de la Resolución Presidencia N° 1252/2021 en lo que

refiere a la asignación de la competencia en materia de Relaciones de Consumo

correspondiente al segundo semestre 2022, de acuerdo al Anexo I que forma parte

integrante de la presente Resolución.

Artículo 2°: Remítanse los antecedentes para su ratificación al Plenario de Consejeros.

Artículo 3°: Regístrese, comuníquese a los/las Consejeros/as, a la Cámara de

Apelaciones del fuero Contencioso Administrativo, Tributario y Relaciones de

Consumo de la CABA, a los Juzgados con competencia en la materia de conformidad

con el Anexo I de la presente Resolución, al Tribunal Superior de Justicia del Poder

Judicial de la CABA, a la Secretaría de Innovación, a la Dirección General de

Informática y Tecnología y a la Oficina de Integridad Pública del Poder Judicial de la

CABA -excluido el Tribunal Superior de Justicia-, publíquese en el Boletín Oficial de la

CABA, en la página de internet oficial del Consejo de la Magistratura

(consejo.jusbaires.gob.ar), y oportunamente, archívese. Maques


ANEXOS

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Artículo 1 de la Resolución 453-CMCABA/22 modifica el Anexo I de la Resolución Presidencia 1252/CMCABA/21.</p>