RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA 453 2022 CONSEJO DE LA MAGISTRATURA
Síntesis:
SE MODIFICA EL ANEXO I DE LA RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA 1252/21 - ASIGNACIÓN DE COMPETENCIAS - RELACIONES DE CONSUMO - JUZGADOS - SECRETARÍAS - OFICINA DE GESTIÓN JUDICIAL DE RELACIONES DE CONSUMO - PODER JUDICIAL - 2- 12 - 20 - 22 - 5 - 14 - SEGUNDO SEMESTRE 2022 -
Publicación:
27/05/2022
Sanción:
20/05/2022
Organismo:
CONSEJO DE LA MAGISTRATURA
VISTO: Las Leyes N° 7 (texto consolidado según Ley N° 6.347) y 6.407, las
Resoluciones CM Nros. 267/2020 y 126/2021, las Resoluciones Presidencia Nros.
850/2020, 83/2021, 152/2021 y 1252/2021 y el Reglamento de subrogancias para el
Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (Resolución CM N ° 7/2013 y
sus modificatorias); y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 42 de la Ley CABA N° 7 (texto consolidado según Ley N° 6.347)
establece que "Hasta seis (6) de estos veinticuatro (24) juzgados de primera instancia
en lo Contencioso Administrativo y Tributario, impartirán, además, justicia en materia
de relaciones consumo, hasta tanto se transfiera la Justicia Nacional en las Relaciones
de Consumo. El Plenario del Consejo de la Magistratura determina qué juzgados
asumirán esa competencia".
Que por Resolución Presidencia N° 850/2020 -ratificada por Resolución CM N°
267/2020- se asignó la competencia en materia de relaciones de consumo a los pares
de juzgados, de acuerdo con el Anexo I que forma parte integrante de esa Resolución.
Asimismo, se dispuso que "(...) los titulares de cada par de juzgados designados (...)
deberán informar conjuntamente a la Presidencia del Consejo de la Magistratura cuál
de ellos ejercerá la competencia en materia de relaciones de consumo de cada
semestre del año siguiente. La resolución que la apruebe deberá ser publicada por
edictos por dos (2) días en el BOCBA y en forma permanente en la página del Poder
Judicial de la CABA".
Que por su parte, a través de la Resolución Presidencia N° 83/2021 se estableció que,
para asegurar el normal funcionamiento del servicio de administración de justicia, dada
las nuevas competencias asignadas al fuero, resultó adecuado dotar a los jueces de
los recursos necesarios, contando con una Oficina de Gestión Judicial que contará con
una Secretaría para los expedientes en trámite por ante la Cámara de Apelaciones
correspondiente.
Que posteriormente, mediante Resolución Presidencia N° 152/2021 se asignaron las
Secretarías Nros. 1, 2 y 3 de la Oficina de Gestión Judicial de Relaciones de
Consumo, dispuestas por el artículo 2° de la Resolución Presidencia N° 83/2021, a los
pares de juzgados con competencia en la materia conforme el Anexo I de la
Resolución Presidencia N° 850/2020.
Que en cumplimiento de lo dispuesto en la Resolución Presidencia N° 850/2020 -
ratificada por Resolución CM N° 267/2020- y en el marco del TEA citado en el Visto,
los/las titulares de los juzgados con competencia en materia de Relaciones de
Consumo presentaron oficios en los que informaron quienes ejercerían tal
competencia durante el primer y el segundo semestre de 2022. Asimismo, la
Presidencia de la Cámara del fuero Contencioso Administrativo, Tributario y de
Relaciones de Consumo tomó debido conocimiento.
Que entonces, por Resolución Presidencia N° 1252/2021 se asignó la competencia en
materia de relaciones de consumo a los pares de juzgados con las correspondientes
Secretarías de la Oficina de Gestión Judicial de Relaciones de Consumo, de acuerdo
con el Anexo I que forma parte integrante de ese acto, a partir del 1° de enero de
2022.
Que sin perjuicio de ello, resulta procedente modificar el Anexo I de la Resolución
Presidencia N° 1252/2021 para que en lugar del Juzgado de Primera Instancia N° 9 de
ese fuero, sea el Juzgado de Primer Instancia N° 14 aquel que ejerza la competencia
en materia de consumo durante el segundo semestre del año en curso.
Que atento lo expuesto y en razón de que las medidas que aquí se pretenden
autorizar no admiten demora, corresponderá dictar el acto administrativo
correspondiente, sin perjuicio de su posterior elevación al Plenario del Consejo de la
Magistratura para su debida ratificación, conforme lo establecido en el artículo 59 del
Reglamento Interno del Plenario y de las Comisiones del Consejo de la Magistratura
de la CABA (Resolución CM N° 221/2019).
Por ello y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 116 de la CCABA y las
Leyes Nros. 7 y 31,
Artículo 1°: Modificar el Anexo I de la Resolución Presidencia N° 1252/2021 en lo que
refiere a la asignación de la competencia en materia de Relaciones de Consumo
correspondiente al segundo semestre 2022, de acuerdo al Anexo I que forma parte
integrante de la presente Resolución.
Artículo 2°: Remítanse los antecedentes para su ratificación al Plenario de Consejeros.
Artículo 3°: Regístrese, comuníquese a los/las Consejeros/as, a la Cámara de
Apelaciones del fuero Contencioso Administrativo, Tributario y Relaciones de
Consumo de la CABA, a los Juzgados con competencia en la materia de conformidad
con el Anexo I de la presente Resolución, al Tribunal Superior de Justicia del Poder
Judicial de la CABA, a la Secretaría de Innovación, a la Dirección General de
Informática y Tecnología y a la Oficina de Integridad Pública del Poder Judicial de la
CABA -excluido el Tribunal Superior de Justicia-, publíquese en el Boletín Oficial de la
CABA, en la página de internet oficial del Consejo de la Magistratura
(consejo.jusbaires.gob.ar), y oportunamente, archívese. Maques