RESOLUCIÓN 2256 2022 MINISTERIO DE EDUCACION
Síntesis:
SE APRUEBA EL MODELO DE ACUERDO DE COLABORACIÓN PARA LAS ACTIVIDADES DE APROXIMACIÓN AL MUNDO DEL TRABAJO Y A LOS ESTUDIOS SUPERIORES Y PRÁCTICAS PROFESIONALIZANTES - MINISTERIO DE EDUCACIÓN - ALUMNOS - ALUMNAS - ESCUELAS SECUNDARIAS - NIVEL MEDIO - ESCUELAS DE EDUCACIÓN TÉCNICA DE GESTIÓN ESTATAL - ESTABLECIMIENTOS DE EDUCACIÓN PÚBLICA DE GESTIÓN PRIVADA
Publicación:
01/06/2022
Sanción:
09/05/2022
Organismo:
MINISTERIO DE EDUCACION
VISTO: La Ley N° 6.292 (texto consolidado por Ley N° 6.347), el Decreto N° 463-
GCABA/19 y sus modificatorios, las Resoluciones Nros. 4.471-MEGC/17 y su
modificatoria 1.548-MEIGC/19, 106-GCABASSCPEE/18 y su modificatoria 53-GCABA-
SSCPEE/21, 3.958-GCABA-MEDGC/21, 775-GCABA-MEDGC/22, 2-GCABA-
SSAALV/22 y 3-GCABA-SSAALV/22, el Expediente Electrónico N° 12.932.083-
GCABA-DGCSIP/22, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 6.292 (texto consolidado por Ley N° 6.347), establece que el Jefe de
Gobierno es asistido en sus funciones por los Ministros, de conformidad con las
facultades y responsabilidades que le confiere dicha ley;
Que, en el marco de la precitada norma, le corresponde al Ministerio de Educación,
entre otras responsabilidades, las de diseñar, promover, implementar y evaluar las
políticas y programas educativos que conformen un sistema educativo único e
integrado a fin de contribuir al desarrollo individual y social; así como planificar y
administrar los recursos del sistema educativo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires;
Que mediante la Resolución N° 4.471-MEGC/17 y su modificatoria N° 1.548-
MEIGC/19, se aprobó la implementación de las Prácticas Profesionalizantes para
todos los alumnos/as de Escuelas de Educación Técnica de gestión estatal y de
establecimientos de educación pública de gestión privada de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires;
Que en consonancia con lo previsto en la normativa federal y local, junto con las
buenas prácticas relevadas en las experiencias formativas de las instituciones
educativas, se dictó la Resolución N° 3.958- GCABA-MEDGC/21 que aprueba la
implementación obligatoria de las "Actividades de Aproximación al mundo del trabajo y
a los estudios superiores" en todos los establecimientos educativos de Nivel
Secundario de Gestión Estatal y Privada, cuya aplicación será progresiva en todas las
secciones de 5to año;
Que, mediante las Resoluciones Nros. 106-GCABA-SSCPEE/18, y su modificatoria
53-GCABA-SSCPEE/21, se aprobó la implementación del "Sistema de Inscripción para
Entidades y Personas Humanas Comprometidas con la Educación" así como la
documentación que deberán presentar dichas entidades y personas humanas;
Que mediante la Resolución N° 775-GCABA-MEDGC/22 se aprobaron los
"Lineamientos Generales para la implementación de las Prácticas Profesionalizantes
destinadas a los/las estudiantes de los Institutos de Formación Técnica Superior de
gestión estatal" dependientes de la Dirección de Educación Técnica Superior, de la
Dirección General Gestión del Aprendizaje a lo Largo de la Vida, de la Subsecretaría
Agencia de Aprendizaje a lo Largo de la Vida;
Que por la Resolución N° 2-GCABA-SSAALV/22 se aprobaron los "Lineamientos
Específicos para la implementación de las Prácticas Profesionalizantes destinadas a
los/las estudiantes de los Institutos de Formación Técnica Superior de gestión estatal"
dependientes de la Dirección de Educación Técnica Superior, de la Dirección General
Gestión del Aprendizaje a lo Largo de la Vida, de la Subsecretaría Agencia de
Aprendizaje a lo Largo de la Vida;
Que a través de la Resolución N° 3-GCABA-SSAALV/22 se estableció que las
Entidades/Personas Humanas donde se realizan prácticas profesionalizantes para el
Nivel Técnico Superior y la Formación Profesional de Gestión Estatal deberán
encontrarse inscriptas en el "Sistema de Inscripción de Entidades/Personas Humanas
comprometidas con la Educación";
Que mediante el Decreto N° 463-GCABA/19 y sus modificatoriosse modificó la
estructura orgánica funcional, dependiente del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires, de este Ministerio, creándose bajo su dependencia funcional la
Dirección General Coordinación del Sistema Integral de Prácticas;
Que, conforme el referido Decreto, la mentada Dirección General tiene entre sus
responsabilidades primarias la de "Promover, coordinar e implementar acciones de
vinculación con el sector privado y organizaciones de la sociedad civil", "propiciar
acuerdos con el sector privado y organizaciones de la sociedad civil a fin de colaborar
en la implementación, junto con las Subsecretaría de Coordinación Pedagógica y
Equidad Educativa y la Dirección General de Educación de Gestión Privada, de las
"Actividades de Aproximación al mundo del trabajo y a los estudios superiores" en
todos los establecimientos educativos de Nivel Secundario de Gestión Estatal y
Privada" y "Coordinar el "Sistema de Inscripción para Entidades y Personas Humanas
Comprometidas con la Educación";
Que atento lo expuesto, la Dirección General Coordinación del Sistema Integral de
Prácticas, propicia el dictado del acto administrativo por el que se apruebe el modelo
de "Acuerdo de Colaboración para las Actividades de Aproximación al Mundo del
Trabajo y a los Estudios Superiores y Prácticas Profesionalizantes" a suscribirse con
las entidades privadas y/o personas humanas que tengan interés en participar de
dichas actividades;
Que tomó intervención en los presentes la Procuración General de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires;
Que la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional ha tomado la
intervención que le compete.
Por ello, y haciendo uso de las facultades que le son propias,
Artículo 1°.- Apruébase el modelo de "Acuerdo de Colaboración para las Actividades
de Aproximación al Mundo del Trabajo y a los Estudios Superiores y Prácticas
Profesionalizantes" que como Anexo (IF-2022-17090013-GCABA-DGCSIP) forma
parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2°.- Facúltase a la Dirección General Coordinación del Sistema Integral de
Prácticas para el dictado de las normas complementarias y/o aclaratorias necesarias
para la implementación de la presente.
Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires.
Comuníquese a las Subsecretarías de Coordinación Pedagógica y Equidad Educativa
y Agencia de Aprendizaje a lo Largo de la Vida, y a la Dirección General de
Coordinación del Sistema Integral de Prácticas del Ministerio de Educación. Cumplido,
archívese. Acuña