RESOLUCIÓN 2912 2022 MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS

Síntesis:

SE DISPONE LA CONTINUIDAD DE LA LICITACIóN PúBLICA N° 623-0447-LPU22

Publicación:

06/06/2022

Sanción:

01/06/2022

Organismo:

MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS


Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

"2022 - Año del 40° Aniversario de la Guerra de Malvinas.

En homenaje a los veteranos y caídos en la defensa de las Islas Malvinas y el Atlántico Sur"

...............................................................................................................................................................................................................................................................

VISTO: La Ley N° 2.095 (texto consolidado por Ley N° 6.347), el Decreto N° 168/19 y

su modificatorio N° 207/19, el Decreto N° 74/21, las Resoluciones N° 2.923/GCABA-

MHFGC/20 y N° 2.020/GCABA-MHFGC/21, la Disposición N° 400/GCABA-DGCYC/22,

los Expedientes Electrónicos N° 30.789.203/GCABA-DGCYC/19 y N°

12.437.642/GCABA-DGCYC/22, y

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente Electrónico N° 30.789.203/GCABA-DGCYC/19, tramitó la

Licitación Pública referente al Convenio Marco de Compras con compulsa para la

Adquisición de Materiales Eléctricos y Luminarias, para uso de las Reparticiones del

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de acuerdo con el procedimiento

electrónico de Adquisiciones y Contrataciones denominado Buenos Aires Compras

(BAC);

Que mediante Resolución N° 2.923/GCABA-MHFGC/20, se aprobó la Licitación

Pública N° 623-1554-LPU19 y se adjudicó a las firmas: PAULO EMILIO FERNANDEZ,

en la suma total de hasta pesos Un Millón Ochocientos Cuarenta y Nueve Mil

Ochocientos Sesenta y Ocho con 90/100 ($ 1.849.868,90.-); YLUM S.A., en la suma

total de hasta pesos Once Millones Treinta y Siete Mil Ochocientos Quince con 96/100

($ 11.037.815,96.-); JUAN MARCELO TORTORELLI, en la suma total de hasta pesos

Ciento Setenta y Dos Mil Ciento Dos con 50/100 ($ 172.102,50.-); LICICOM S.R.L., en

la suma total de hasta pesos Quince Millones Setecientos Mil Ochocientos Veintiocho

con 23/100 ($ 15.700.828,23.-); ELECTRICIDAD CHICLANA S.R.L., en la suma total

de hasta pesos Nueve Millones Ciento Ochenta y Tres Mil Novecientos Noventa y

Siete con 00/100 ($ 9.183.997,00.-); LAURENCE JAVIER DRUSCOVICH, en la suma

total de hasta pesos Cinco Millones Doscientos Treinta y Cuatro Mil Ochocientos Dos

con 50/100 ($ 5.234.802,50.-); BAFF S.R.L, en la suma total de hasta pesos Cuatro

Millones Cuarenta y Un Mil Ochocientos Cuarenta y Cuatro con 20/100 ($

4.041.844,20.-); y, ARTFUL S.A., en la suma total de hasta pesos Cuarenta y Cinco

Mil Ochocientos ($ 45.800,00.-), por las cantidades y precios que constan, para cada

renglón adjudicado, en el Anexo I (IF-2020-14360285-GCABAMHFGC);

Que, a posteriori, por Resolución N° 2.020/GCABA-MHFGC/21 se procedió a renovar

la vigencia de la contratación de marras conforme los plazos establecidos por la

normativa vigente, por un (1) periodo de doce (12) meses consecutivos, contados a

partir del vencimiento original del Convenio Marco perfeccionado oportunamente,

quedando consecuentemente impedida la posibilidad de la realización de una nueva

prórroga;

Que, el Inciso IV) del Artículo N° 110 (ex 119) de la Ley N° 2095 (texto consolidado por

Ley N° 6.347), respecto de la continuidad de servicio, establece que: "Vencido el plazo

de prórroga de los contratos de suministros de cumplimiento sucesivo o de prestación

de servicios, la autoridad competente podrá disponer su continuidad en aquellos casos

de necesidad debidamente fundada en los actuados, siempre y cuando se estuviera

gestionando el nuevo procedimiento de selección correspondiente y en instancia de

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

"2022 - Año del 40° Aniversario de la Guerra de Malvinas.

En homenaje a los veteranos y caídos en la defensa de las Islas Malvinas y el Atlántico Sur"

...............................................................................................................................................................................................................................................................

convocatoria a presentar ofertas.";

Qué, en ese sentido el Artículo N° 7 del Pliego de Bases y Condiciones Particulares

que rigiera el proceso de marras, establece que: "...Las prestaciones objeto de la

presente Licitación revisten el carácter de especiales, necesarias y continuas para el

normal desenvolvimiento de la función pública inherente al GCABA. En tal sentido no

pueden suspenderse, retardarse y/o discontinuarse...";

Que, asimismo, actualmente, a través del Expediente Electrónico N°

12.437.642/GCABA-DGCYC/22 se encuentra tramitando el Proceso de Compra N°

623-0447-LPU22, cuyo objeto tiene las mismas características y finalidades que el

servicio de marras;

Que por Disposición N° 400/GCABA-DGCYC/22, se aprobó el Pliego de Bases y

Condiciones Particulares y Especificaciones Técnicas y se procedió a realizar el

pertinente llamado a Licitación Pública, fijándose como fecha para la realización del

Acto de Apertura de Ofertas el día 22 de Junio de 2.022 a las 14:00 horas;

Que atento a lo mencionado en los considerandos precedentes, se dan por

cumplimentados los supuestos que ordena la normativa para poder avanzar con la

gestión y aprobación de la continuidad de servicio propiciada;

Que por lo expuesto anteriormente, teniendo en cuenta que el vencimiento contractual

de la licitación vigente, opera el día 1 de Junio de 2.022 y a sabiendas de la imperiosa

necesidad de contar con el Convenio Marco referido, se considera pertinente dar

continuidad al mismo, prosiguiendo su vigencia hasta el comienzo de la prestación de

la Licitación en curso, o la que en un futuro la reemplace, de conformidad con lo

establecido en el Artículo 110 (ex 119) inc. IV) de la Ley N° 2.095 (texto consolidado

por Ley N° 6.347) y sus Decretos Reglamentarios;

Que en consecuencia y atento lo actuado, se procede al dictado del presente acto

administrativo por el cual se autoriza la continuidad del Convenio Marco de Compras

celebrado en la órbita de la Licitación Pública N° 623-1554-LPU19;

Que es de destacar que mediante Ley N° 6.347, se aprobó la tercera actualización del

Digesto Jurídico de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que contiene las normas de

alcance general y carácter permanente, entre ellas la Ley N° 2.095 (texto consolidado

por Ley N° 6.347), consolidadas al 31 de agosto de 2.020. Consecuentemente, se ha

reestructurado en el presente la numeración de los artículos a efectos de adaptarlos a

la citada normativa;

Que es dable poner de manifiesto, que a través del Decreto Reglamentario N° 74/21,

se aprobó la nueva reglamentación de la Ley N° 2.095 (texto consolidado por Ley N°

6.347), por lo que corresponde la aplicación de estos para las cuestiones de tipo

instrumental, como ser la aplicación de los niveles de decisión y cuadro de

competencias para los procedimientos de selección de contratación bienes y servicios;

Que en base a la normativa reseñada en los considerandos que anteceden, no existe

óbice de índole legal que impida llevar a cabo la prórroga contractual que por la

presente se propicia.

Por ello, de acuerdo a lo expuesto precedentemente y en uso de las facultades

conferidas por el Artículo N° 110 (ex 119), inciso IV de la Ley N° 2.095 (texto

consolidado por Ley N° 6.347) y el Anexo VI del Decreto Reglamentario N° 74/21,

EL MINISTRO

DE HACIENDA Y FINANZAS

RESUELVE:

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

"2022 - Año del 40° Aniversario de la Guerra de Malvinas.

En homenaje a los veteranos y caídos en la defensa de las Islas Malvinas y el Atlántico Sur"

...............................................................................................................................................................................................................................................................

Artículo 1°.- Dispónese la continuidad a partir del día 1 de Junio de 2.022 y hasta el

perfeccionamiento del documento contractual correspondiente a la Licitación Pública

N° 623-0447-LPU22, o la que en un futuro la reemplace, del Convenio Marco con

compulsa celebrado con las firmas: PAULO EMILIO FERNANDEZ, YLUM S.A., JUAN

MARCELO TORTORELLI, LICICOM S.R.L., ELECTRICIDAD CHICLANA S.R.L.,

LAURENCE JAVIER DRUSCOVICH, BAFF S.R.L y ARTFUL S.A., en la órbita de la

Licitación Pública N° 623-1554-LPU19 cuyo objeto es la Adquisición de Materiales

Eléctricos y Luminarias, para uso de las Reparticiones del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, de acuerdo con el procedimiento electrónico de

Adquisiciones y Contrataciones denominado Buenos Aires Compras (BAC), al amparo

de lo establecido en el Articulo 110 (ex 119) inc. IV de la Ley N° 2.095 (texto

consolidado por la Ley N° 6.347) y su Decreto Reglamentario.

Artículo 2°.- Facúltese a la Directora General de Compras y Contrataciones del

Ministerio de Hacienda y Finanzas a autorizar a través del Portal Buenos Aires

Compras (BAC) el nuevo Convenio Marco.

Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires por el

término de un (1) día, en la página de internet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires y en el Portal www.buenosairescompras.gob.ar.

Artículo 4°.- Notifíquese a las firmas involucradas, mediante el Portal Buenos Aires

Compras (BAC)

Artículo 5°.- Cumplido, remítase a la Dirección General de Compras y Contrataciones

del Ministerio de Hacienda y Finanzas para la prosecución del trámite. Mura

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRADA POR
<p>Artículo 1°del Decreto N° 24-23 desestima el Recurso Jerárquico subsidiario del recurso de reconsideracion<br /> interpuesto por Electricidad  Chiclana SRL contra los términos de la Resolución N° 2912/MHFGC/22 dictada en<br />el marco de la Licitación Pública N° 623-1554-LPU19</p>