RESOLUCIÓN 2912 2022 MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS
Síntesis:
SE DISPONE LA CONTINUIDAD DE LA LICITACIóN PúBLICA N° 623-0447-LPU22
Publicación:
06/06/2022
Sanción:
01/06/2022
Organismo:
MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
"2022 - Año del 40° Aniversario de la Guerra de Malvinas.
En homenaje a los veteranos y caídos en la defensa de las Islas Malvinas y el Atlántico Sur"
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VISTO: La Ley N° 2.095 (texto consolidado por Ley N° 6.347), el Decreto N° 168/19 y
su modificatorio N° 207/19, el Decreto N° 74/21, las Resoluciones N° 2.923/GCABA-
MHFGC/20 y N° 2.020/GCABA-MHFGC/21, la Disposición N° 400/GCABA-DGCYC/22,
los Expedientes Electrónicos N° 30.789.203/GCABA-DGCYC/19 y N°
12.437.642/GCABA-DGCYC/22, y
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente Electrónico N° 30.789.203/GCABA-DGCYC/19, tramitó la
Licitación Pública referente al Convenio Marco de Compras con compulsa para la
Adquisición de Materiales Eléctricos y Luminarias, para uso de las Reparticiones del
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de acuerdo con el procedimiento
electrónico de Adquisiciones y Contrataciones denominado Buenos Aires Compras
(BAC);
Que mediante Resolución N° 2.923/GCABA-MHFGC/20, se aprobó la Licitación
Pública N° 623-1554-LPU19 y se adjudicó a las firmas: PAULO EMILIO FERNANDEZ,
en la suma total de hasta pesos Un Millón Ochocientos Cuarenta y Nueve Mil
Ochocientos Sesenta y Ocho con 90/100 ($ 1.849.868,90.-); YLUM S.A., en la suma
total de hasta pesos Once Millones Treinta y Siete Mil Ochocientos Quince con 96/100
($ 11.037.815,96.-); JUAN MARCELO TORTORELLI, en la suma total de hasta pesos
Ciento Setenta y Dos Mil Ciento Dos con 50/100 ($ 172.102,50.-); LICICOM S.R.L., en
la suma total de hasta pesos Quince Millones Setecientos Mil Ochocientos Veintiocho
con 23/100 ($ 15.700.828,23.-); ELECTRICIDAD CHICLANA S.R.L., en la suma total
de hasta pesos Nueve Millones Ciento Ochenta y Tres Mil Novecientos Noventa y
Siete con 00/100 ($ 9.183.997,00.-); LAURENCE JAVIER DRUSCOVICH, en la suma
total de hasta pesos Cinco Millones Doscientos Treinta y Cuatro Mil Ochocientos Dos
con 50/100 ($ 5.234.802,50.-); BAFF S.R.L, en la suma total de hasta pesos Cuatro
Millones Cuarenta y Un Mil Ochocientos Cuarenta y Cuatro con 20/100 ($
4.041.844,20.-); y, ARTFUL S.A., en la suma total de hasta pesos Cuarenta y Cinco
Mil Ochocientos ($ 45.800,00.-), por las cantidades y precios que constan, para cada
renglón adjudicado, en el Anexo I (IF-2020-14360285-GCABAMHFGC);
Que, a posteriori, por Resolución N° 2.020/GCABA-MHFGC/21 se procedió a renovar
la vigencia de la contratación de marras conforme los plazos establecidos por la
normativa vigente, por un (1) periodo de doce (12) meses consecutivos, contados a
partir del vencimiento original del Convenio Marco perfeccionado oportunamente,
quedando consecuentemente impedida la posibilidad de la realización de una nueva
prórroga;
Que, el Inciso IV) del Artículo N° 110 (ex 119) de la Ley N° 2095 (texto consolidado por
Ley N° 6.347), respecto de la continuidad de servicio, establece que: "Vencido el plazo
de prórroga de los contratos de suministros de cumplimiento sucesivo o de prestación
de servicios, la autoridad competente podrá disponer su continuidad en aquellos casos
de necesidad debidamente fundada en los actuados, siempre y cuando se estuviera
gestionando el nuevo procedimiento de selección correspondiente y en instancia de
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
"2022 - Año del 40° Aniversario de la Guerra de Malvinas.
En homenaje a los veteranos y caídos en la defensa de las Islas Malvinas y el Atlántico Sur"
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convocatoria a presentar ofertas.";
Qué, en ese sentido el Artículo N° 7 del Pliego de Bases y Condiciones Particulares
que rigiera el proceso de marras, establece que: "...Las prestaciones objeto de la
presente Licitación revisten el carácter de especiales, necesarias y continuas para el
normal desenvolvimiento de la función pública inherente al GCABA. En tal sentido no
pueden suspenderse, retardarse y/o discontinuarse...";
Que, asimismo, actualmente, a través del Expediente Electrónico N°
12.437.642/GCABA-DGCYC/22 se encuentra tramitando el Proceso de Compra N°
623-0447-LPU22, cuyo objeto tiene las mismas características y finalidades que el
servicio de marras;
Que por Disposición N° 400/GCABA-DGCYC/22, se aprobó el Pliego de Bases y
Condiciones Particulares y Especificaciones Técnicas y se procedió a realizar el
pertinente llamado a Licitación Pública, fijándose como fecha para la realización del
Acto de Apertura de Ofertas el día 22 de Junio de 2.022 a las 14:00 horas;
Que atento a lo mencionado en los considerandos precedentes, se dan por
cumplimentados los supuestos que ordena la normativa para poder avanzar con la
gestión y aprobación de la continuidad de servicio propiciada;
Que por lo expuesto anteriormente, teniendo en cuenta que el vencimiento contractual
de la licitación vigente, opera el día 1 de Junio de 2.022 y a sabiendas de la imperiosa
necesidad de contar con el Convenio Marco referido, se considera pertinente dar
continuidad al mismo, prosiguiendo su vigencia hasta el comienzo de la prestación de
la Licitación en curso, o la que en un futuro la reemplace, de conformidad con lo
establecido en el Artículo 110 (ex 119) inc. IV) de la Ley N° 2.095 (texto consolidado
por Ley N° 6.347) y sus Decretos Reglamentarios;
Que en consecuencia y atento lo actuado, se procede al dictado del presente acto
administrativo por el cual se autoriza la continuidad del Convenio Marco de Compras
celebrado en la órbita de la Licitación Pública N° 623-1554-LPU19;
Que es de destacar que mediante Ley N° 6.347, se aprobó la tercera actualización del
Digesto Jurídico de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que contiene las normas de
alcance general y carácter permanente, entre ellas la Ley N° 2.095 (texto consolidado
por Ley N° 6.347), consolidadas al 31 de agosto de 2.020. Consecuentemente, se ha
reestructurado en el presente la numeración de los artículos a efectos de adaptarlos a
la citada normativa;
Que es dable poner de manifiesto, que a través del Decreto Reglamentario N° 74/21,
se aprobó la nueva reglamentación de la Ley N° 2.095 (texto consolidado por Ley N°
6.347), por lo que corresponde la aplicación de estos para las cuestiones de tipo
instrumental, como ser la aplicación de los niveles de decisión y cuadro de
competencias para los procedimientos de selección de contratación bienes y servicios;
Que en base a la normativa reseñada en los considerandos que anteceden, no existe
óbice de índole legal que impida llevar a cabo la prórroga contractual que por la
presente se propicia.
Por ello, de acuerdo a lo expuesto precedentemente y en uso de las facultades
conferidas por el Artículo N° 110 (ex 119), inciso IV de la Ley N° 2.095 (texto
consolidado por Ley N° 6.347) y el Anexo VI del Decreto Reglamentario N° 74/21,
EL MINISTRO
DE HACIENDA Y FINANZAS
RESUELVE:
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
"2022 - Año del 40° Aniversario de la Guerra de Malvinas.
En homenaje a los veteranos y caídos en la defensa de las Islas Malvinas y el Atlántico Sur"
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Artículo 1°.- Dispónese la continuidad a partir del día 1 de Junio de 2.022 y hasta el
perfeccionamiento del documento contractual correspondiente a la Licitación Pública
N° 623-0447-LPU22, o la que en un futuro la reemplace, del Convenio Marco con
compulsa celebrado con las firmas: PAULO EMILIO FERNANDEZ, YLUM S.A., JUAN
MARCELO TORTORELLI, LICICOM S.R.L., ELECTRICIDAD CHICLANA S.R.L.,
LAURENCE JAVIER DRUSCOVICH, BAFF S.R.L y ARTFUL S.A., en la órbita de la
Licitación Pública N° 623-1554-LPU19 cuyo objeto es la Adquisición de Materiales
Eléctricos y Luminarias, para uso de las Reparticiones del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, de acuerdo con el procedimiento electrónico de
Adquisiciones y Contrataciones denominado Buenos Aires Compras (BAC), al amparo
de lo establecido en el Articulo 110 (ex 119) inc. IV de la Ley N° 2.095 (texto
consolidado por la Ley N° 6.347) y su Decreto Reglamentario.
Artículo 2°.- Facúltese a la Directora General de Compras y Contrataciones del
Ministerio de Hacienda y Finanzas a autorizar a través del Portal Buenos Aires
Compras (BAC) el nuevo Convenio Marco.
Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires por el
término de un (1) día, en la página de internet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires y en el Portal www.buenosairescompras.gob.ar.
Artículo 4°.- Notifíquese a las firmas involucradas, mediante el Portal Buenos Aires
Compras (BAC)
Artículo 5°.- Cumplido, remítase a la Dirección General de Compras y Contrataciones
del Ministerio de Hacienda y Finanzas para la prosecución del trámite. Mura