DISPOSICIÓN 602 2022 DIRECCION GENERAL CONSERVACION DEL PAISAJE URBANO
Síntesis:
SE DEJA SIN EFECTO - EMPLAZAMIENTOS - FERIA DE INTERES SOCIAL “FIIS BARRIO FRAGA - CHACARITA - AV. TRIUNVIRATO ENTRE LA CALLE CESPEDES Y AV. ELCANO - BARRIO CHACARITA - COMUNA 15 - SE AUTORIZA EN - CALLE TEODORO GARCÍA ENTRE AV. TRIUNVIRATO Y LA CALLE MERCEDES SOSA - DIRECCION GENERAL DE CONSERVACIÓN DEL PAISAJE URBANO
Publicación:
09/06/2022
Sanción:
07/06/2022
Organismo:
DIRECCION GENERAL CONSERVACION DEL PAISAJE URBANO
VISTO: Ley N° 6.292, Decretos Nro. 1086/93, 463/19 y 49/21, 196/17, Disposiciones
N° 658- DGFER/2017, 754-DGFER/17, y 137-DGFER/19, 733-GCABA/21, Expediente
Electrónico N°20390809 -GCBA-DGCDPU/22
CONSIDERANDO:
Que la ley N° 6.292 Ley de Ministerios establece que el Ministerio de Espacio Público
e Higiene Urbana entiende en políticas de mejora, mantenimiento, incremento y puesta
en valor del espacio público, en lo relativo al uso del espacio público por parte de
terceros y en políticas de regulación y control de ferias y mercados;
Que el Decreto 463/19 y sus modificatorios establecen entre las responsabilidades
primarias de la Dirección General de Conservación del Paisaje Urbano diseñar
políticas de regulación, registro, fomento, coordinación y fiscalización de la actividad
de ferias y mercados y comercios callejeros, y de promover el desarrollo y puesta en
valor de ferias y mercados, administrar el Registro Único de Permisionarios y el
fortalecimiento de la identidad ciudadana en espacio público;
Que el Decreto 49/21 modificatorio de las Responsabilidades Primarias, establece
para la Gerencia Operativa Mercados planificar, administrar y supervisar la
organización de las Ferias Itinerantes de Interés Social (FIIS);
Que el Decreto 1086/93 establece la instalación de las Ferias Itinerantes de Interés
Social en el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires, en los lugares a definir por la
Subsecretaría de Servicios Públicos.
Que a través del Decreto N° 196/17, se creó la Feria de Barrio 31 y 31 bis, siendo
reglamentado su funcionamiento por la Disposición N° 658-DGFER/2017;
Que en el ámbito de la ex Dirección General de Ferias, se dictó la Disposición N° 754-
DGFER-2017, incorporando al sistema TAD los trámites de postulación para las ferias
de su competencia, con carácter opcional
Que a través de la Disposición N° 137-DGFER/2019 se han aprobado los Rubros
autorizados para actividades reguladas por la entonces Dirección General de Ferias;
Que, a través de la Disposición N° 733-GCABA-DGCDPU/21 se autorizó a la Feria de
Interés Social "FIIS BARRIO FRAGA CHACARITA" a emplazarse los días Sábados
Domingos y Feriados en el horario de 10 a 18 hs en el ámbito de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires;
Que se han realizado relevamientos por parte de la Gerencia Operativa de Mercados
en cuanto a la necesidad de autorizar un nuevo emplazamiento para ofrecer productos
a precios bajos fomentando la inserción laboral de vecinos/as del Barrio Fraga, sito en
la Comuna 15 con el fin de promover y el acompañar proyectos productivos y la
creación un nuevo emplazamiento de las Ferias de Interés Social en el espacio público
a fin de promocionar la actividad comercial de los/las vecinos/as del Barrio, que les
permita llevar adelante proyectos y emprendimientos con la finalidad de insertarse en
la economía formal;
Que Mediante Resolución N°1182-GCABA-SSGMO/22, se otogó el corte de transito
correspondiente para el desarrollo de la Feria de Interés Social Barrio Fraga-Chacarita;
Que por la Nota NO-20571364-GCABA-DGCDPU/22 se informo a la Comuna 15 el
emplazamiento de la "FIIS BARRIO FRAGA CHACARITA"
Que, en virtud de lo antes señalado, la Gerencia Operativa Mercados por IF-2022-
20571234-GCABA DGCDPU solicita y presta conformidad para dejar sin efecto los
emplazamientos vigentes y autorizar nuevos emplazamientos para la "FIIS BARRIO
FRAGA CHACARITA" los días Sabados, Domingos y Feriados de 2022;
Por ello, en ejercicio de las facultades que le son propias,
Artículo 1.- Déjase sin efecto los emplazamientos de Feria de Interes Social "FIIS
BARRIO FRAGA CHACARITA" conforme detalle obrante en Anexo I (IF-2022-
20571225-GCABA- DGCDPU), que forma parte integrante de la presente, de acuerdo
a los considerandos de la presente.
Artículo 2.- Autorízase, a partir del Sábado 11 y Domingo 12 de Junio del corriente
año, los emplazamientos de la Feria de Interés Social "FIIS BARRIO FRAGA
CHACARITA" conforme detalle obrante en Anexo II (IF-2022-20571229-GCABA-
DGCDPU), que forma parte integrante de la presente, de acuerdo a los considerandos
de la presente.
Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Comuníquese a la Gerencia Operativa Mercados, que efectuará las notificaciones
correspondientes. Cumplido, archívese. Sallaberry