RESOLUCIÓN COMUNAL 19452533 2022 COMUNA 5

Síntesis:

SE DEJA SIN EFECTO - RESOLUCIÓN N° 09817903-COMUNA5/22 -  SE DISPONE - RETORNO A TAREAS NORMALES Y HABITUALES - AGENTES DE LA COMUNA N° 5 - SE AUTORIZA - PERSONAL - DETALLADO EN EL ANEXO I - PRESTAR SERVICIOS - DE MANERA REMOTA - COVID 19 - CORONAVIRUS - PANDEMIA - EMERGENCIA SANITARIA

Publicación:

09/06/2022

Sanción:

26/05/2022

Organismo:

COMUNA 5


VISTO: el EX-2022-10072234-GCABA-COMUNA5, la Ley N° 27.541, el Decreto de

Necesidad y Urgencia del Poder Ejecutivo Nacional N° 260/PEN/20, los Decretos de

Necesidad y Urgencia N° 1/AJG/20 y N° 4/AJG/22, los Decretos N° 140/AJG/20, N°

147/AJG/20, la Resolución Conjunta N° 7/MJGGC/20, la Resolución N°

09817903/GCABA/COMUNA5/22, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 260/PEN/20, el Poder Ejecutivo

Nacional amplió la emergencia pública en materia sanitaria dispuesta por Ley N°

27.541, en virtud de la pandemia declarada por la Organización Mundial de la Salud en

relación con el Coronavirus COVID-19, por el plazo de UN (1) año a partir de su

entrada en vigencia;

Que, asimismo, por Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1/AJG/20, el Jefe de

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires declaró la emergencia sanitaria en

el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires hasta el 15 de junio de 2020, a los

fines de atender y adoptar las medidas necesarias para prevenir y reducir el riesgo de

propagación del contagio en la población del Coronavirus COVID-19, medida que fue

prorrogada hasta el hasta el 31 de mayo de 2022 mediante Decreto de Necesidad y

Urgencia N° 4/AJG/22;

Que mediante Decreto N° 147/AJG/2020 se establecieron las áreas de Gobierno de

máxima esencialidad e imprescindibles durante la vigencia de la pandemia;

Que, el artículo 3° del mentado Decreto, faculta al Sr. Jefe de Gabinete de Ministros y

al titular del Ministerio de Hacienda y Finanzas, a determinar las áreas de Gobierno

cuyos servicios sean esenciales para la comunidad y el funcionamiento de la

administración pública durante la subsistencia de la situación epidemiológica

declarada;

Que, por Resolución Conjunta N° 7/MJGGC/20, el Jefe de Gabinete de Ministros y el

Ministro de Hacienda y Finanzas determinaron que la Comuna N° 5 constituye un

órgano cuyos servicios son esenciales para la comunidad y el funcionamiento de la

administración pública durante la subsistencia de la situación epidemiológica vigente;

Que el artículo 4° del Decreto N° 147/AJG/20, faculta a las autoridades superiores de

las áreas cuyos servicios son considerados esenciales, a modificar los horarios

habituales de trabajo, lugar de prestación del servicio, o repartición dentro de la

jurisdicción establecer protocolos y procedimientos de trabajo acordes a la situación

epidemiológica actual, motivo por el cual el Presidente de la Junta Comunal N° 5 dictó

la Resolución N° 09817903/COMUNA5/22 por la que dispuso el retorno a sus tareas

normales y habituales de los agentes de la Comuna N°, 5 en el modo y forma que se

consignan en el Anexo I (IF-2022-09809051-GCABA-COMUNA5);

Que, atento a la situación epidemiológica actual, se estima necesario modificar los

horarios, procedimientos de trabajo y lugar de prestación del servicio dentro de esta

jurisdicción, en el modo y forma que se consignan en el Anexo I (IF-2022-18389379-

GCABA-COMUNA5);

Por ello, y en uso de las facultades conferidas por la Constitución de la Ciudad de

Buenos Aires y la Ley N° 1.777 (texto consolidado por la Ley N° 6.347),

EL PRESIDENTE DE LA JUNTA COMUNAL N° 5

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE

ARTÍCULO 1°. - Dejar sin efecto la Resolución N° 09817903/GCABA/COMUNA5/2022.

ARTÍCULO 2°. - Disponer el retorno a sus tareas normales y habituales de los agentes

de la Comuna N° 5 en el modo y forma que se consignan en el Anexo I (IF-2022-

18389379-GCABA-COMUNA5) que, a todos sus efectos, forma parte de la presente.

ARTÍCULO 3°. - Establecer que, el personal detallado en el Anexo I de la presente,

autorizado a prestar servicios de manera remota, deberá ajustarse a las directivas

determinadas por su correspondiente superior jerárquico y el Presidente de la Junta

Comunal N° 5.

ARTÍCULO 4°. - Publcar en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Comunicar a las Direcciones Generales de Planeamiento y Control Operativo y de

Medicina del Trabajo, ambas dependientes del Ministerio de Hacienda y Finanzas.

Cumplido, archivar. Perdomo Carricart


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 6394

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

DEROGA
<p>Artículo 1°de la Resolución Comunal N° 19452533/ COMUNA5/22 deja sin efecto la Resolución N° 09817903/COMUNA5/2022.</p>