RESOLUCIÓN COMUNAL 19452533 2022 COMUNA 5
Síntesis:
SE DEJA SIN EFECTO - RESOLUCIÓN N° 09817903-COMUNA5/22 - SE DISPONE - RETORNO A TAREAS NORMALES Y HABITUALES - AGENTES DE LA COMUNA N° 5 - SE AUTORIZA - PERSONAL - DETALLADO EN EL ANEXO I - PRESTAR SERVICIOS - DE MANERA REMOTA - COVID 19 - CORONAVIRUS - PANDEMIA - EMERGENCIA SANITARIA
Publicación:
09/06/2022
Sanción:
26/05/2022
Organismo:
COMUNA 5
VISTO: el EX-2022-10072234-GCABA-COMUNA5, la Ley N° 27.541, el Decreto de
Necesidad y Urgencia del Poder Ejecutivo Nacional N° 260/PEN/20, los Decretos de
Necesidad y Urgencia N° 1/AJG/20 y N° 4/AJG/22, los Decretos N° 140/AJG/20, N°
147/AJG/20, la Resolución Conjunta N° 7/MJGGC/20, la Resolución N°
09817903/GCABA/COMUNA5/22, y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 260/PEN/20, el Poder Ejecutivo
Nacional amplió la emergencia pública en materia sanitaria dispuesta por Ley N°
27.541, en virtud de la pandemia declarada por la Organización Mundial de la Salud en
relación con el Coronavirus COVID-19, por el plazo de UN (1) año a partir de su
entrada en vigencia;
Que, asimismo, por Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1/AJG/20, el Jefe de
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires declaró la emergencia sanitaria en
el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires hasta el 15 de junio de 2020, a los
fines de atender y adoptar las medidas necesarias para prevenir y reducir el riesgo de
propagación del contagio en la población del Coronavirus COVID-19, medida que fue
prorrogada hasta el hasta el 31 de mayo de 2022 mediante Decreto de Necesidad y
Urgencia N° 4/AJG/22;
Que mediante Decreto N° 147/AJG/2020 se establecieron las áreas de Gobierno de
máxima esencialidad e imprescindibles durante la vigencia de la pandemia;
Que, el artículo 3° del mentado Decreto, faculta al Sr. Jefe de Gabinete de Ministros y
al titular del Ministerio de Hacienda y Finanzas, a determinar las áreas de Gobierno
cuyos servicios sean esenciales para la comunidad y el funcionamiento de la
administración pública durante la subsistencia de la situación epidemiológica
declarada;
Que, por Resolución Conjunta N° 7/MJGGC/20, el Jefe de Gabinete de Ministros y el
Ministro de Hacienda y Finanzas determinaron que la Comuna N° 5 constituye un
órgano cuyos servicios son esenciales para la comunidad y el funcionamiento de la
administración pública durante la subsistencia de la situación epidemiológica vigente;
Que el artículo 4° del Decreto N° 147/AJG/20, faculta a las autoridades superiores de
las áreas cuyos servicios son considerados esenciales, a modificar los horarios
habituales de trabajo, lugar de prestación del servicio, o repartición dentro de la
jurisdicción establecer protocolos y procedimientos de trabajo acordes a la situación
epidemiológica actual, motivo por el cual el Presidente de la Junta Comunal N° 5 dictó
la Resolución N° 09817903/COMUNA5/22 por la que dispuso el retorno a sus tareas
normales y habituales de los agentes de la Comuna N°, 5 en el modo y forma que se
consignan en el Anexo I (IF-2022-09809051-GCABA-COMUNA5);
Que, atento a la situación epidemiológica actual, se estima necesario modificar los
horarios, procedimientos de trabajo y lugar de prestación del servicio dentro de esta
jurisdicción, en el modo y forma que se consignan en el Anexo I (IF-2022-18389379-
GCABA-COMUNA5);
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por la Constitución de la Ciudad de
Buenos Aires y la Ley N° 1.777 (texto consolidado por la Ley N° 6.347),
ARTÍCULO 1°. - Dejar sin efecto la Resolución N° 09817903/GCABA/COMUNA5/2022.
ARTÍCULO 2°. - Disponer el retorno a sus tareas normales y habituales de los agentes
de la Comuna N° 5 en el modo y forma que se consignan en el Anexo I (IF-2022-
18389379-GCABA-COMUNA5) que, a todos sus efectos, forma parte de la presente.
ARTÍCULO 3°. - Establecer que, el personal detallado en el Anexo I de la presente,
autorizado a prestar servicios de manera remota, deberá ajustarse a las directivas
determinadas por su correspondiente superior jerárquico y el Presidente de la Junta
Comunal N° 5.
ARTÍCULO 4°. - Publcar en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Comunicar a las Direcciones Generales de Planeamiento y Control Operativo y de
Medicina del Trabajo, ambas dependientes del Ministerio de Hacienda y Finanzas.
Cumplido, archivar. Perdomo Carricart