RESOLUCIÓN 597 2004 SECRETARIA DE PRODUCCION, TURISMO Y DESARROLLO SUSTENTABLE

Síntesis:

LLAMADO A CONCURSO MANUFACTURAS DE CUERO 2004 EN EL MARCO DEL PROGRAMA FONDO PARA EL DESARROLLO DE PROVEEDORES CREADO POR DECRETO N° 118/GCBA/03, B.O. N° 1635 - DIRECCIÓN GENERAL INDUSTRIA Y COMERCIO - CONCURSOS - PRODUCCIÓN - PRODUCCIÓN DE CALZADO - MICRO PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS - M.I.P.Y.M.E.S. - SUSTITUCIÓN DE IMPORTACIONES - SUBSIDIOS - CONCURSO DE PROYECTOS - BASES Y CONDICIONES - MODELO DE ACTA ACUERDO

Publicación:

10/09/2004

Sanción:

31/08/2004

Organismo:

SECRETARIA DE PRODUCCION, TURISMO Y DESARROLLO SUSTENTABLE


Visto el Expediente N° 48.489/04, los Decretos Nros. 2.696/GCBA/03 y 118/GCBA/03 y,

CONSIDERANDO:

Que, el Decreto N° 118/GCBA/03 implementó un programa destinado a apoyar el desarrollo de las PyMEs que desplieguen su actividad en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que, este mismo Decreto prevé que ese apoyo se materialice mediante subsidios otorgados a través de concursos públicos a los cuales puedan presentarse las empresas de la Ciudad;

Que, de acuerdo a lo establecido por el Decreto N° 2.696/GCBA/03, por el cual se modifica la estructura organizativa del Poder Ejecutivo, resulta de competencia a la Secretaría de Producción, Turismo y Desarrollo Sustentable, establecer programas de asistencia a empresas a través de subsidios;

Que, la Ciudad cuenta con una dotación importante de empresas dedicadas a la producción de calzado y manufacturas de cuero;

Que, se trata de sectores mano de obra intensivos, conformados mayoritariamente por pequeñas y medianas empresas;

Que, conforme las nuevas condiciones macroeconómicas y el incremento de la afluencia turística a la Ciudad le han dado un nuevo impulso al sector, que requiere ser apuntalado por políticas públicas que mejoren su competitividad;

Que, el sector posee amplias posibilidades de generar nuevos puestos de trabajo y aumentar las exportaciones de la Ciudad;

Que, resulta asimismo necesario fijar las normas que regirán tanto la presentación como la evaluación de los proyectos que aspiren a acceder a los beneficios establecidos en la presente;

Que, esta Secretaría ha desarrollado un instructivo para la presentación de los proyectos y una metodología para su evaluación;

Que, mediante estos subsidios se favorecerá a empresas que con proyectos orientados a mejorar sus procesos productivos, a capacitación o a mejora de su inserción internacional;

Que, estas acciones se traducirán en un incremento de la recaudación tributaria y el empleo;

Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,

EL SECRETARIO DE PRODUCCIÓN, TURISMO

Y DESARROLLO SUSTENTABLE

RESUELVE:

Artículo 1° - Llámase a Concurso Manufacturas de Cuero 2004, en el marco del Programa Fondo para el Desarrollo de Proveedores creado por el Decreto N° 118/GCBA/03, el que estará destinado a subsidiar proyectos de micro, pequeñas o medianas empresas productoras de manufacturas de cuero y/o calzado, que desarrollen actividades en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Artículo 2° - Considérase a efectos de este Concurso, micro, pequeñas y medianas empresas a aquellas firmas que se encuadren dentro de la definición establecida por la Resolución ME N° 24/01 y sus modificatorias, Resolución N° 22/SEPYMEDR/01 y Resolución N° 675/SEPYMEDR/02.

Se entenderá por empresas que desarrollen actividades en la Ciudad de Buenos Aires a aquellas que:

a) tengan su domicilio legal y su administración real en el territorio de la Ciudad de Buenos Aires,

b) lleven a cabo en dicho territorio, la totalidad de las acciones correspondientes al proyecto que será objeto del subsidio.

Artículo 3° - Los proyectos a que hace referencia el artículo 1°, deberán estar orientados a alguna o varias de las siguientes actividades: mejora del proceso productivo, aseguramiento de la calidad, capacitación, asistencia en diseño, promoción del sector en el exterior, ampliación o mejora de la capacidad exportadora e incursión en nuevos mercados. Serán especialmente considerados los proyectos tendientes a incrementar las exportaciones, ganar nuevos mercados y generar empleo. Los proyectos deberán ajustarse a los términos y condiciones establecidos en el Anexo I de la presente Resolución.

Artículo 4° - Apruébanse las Bases y Condiciones del Concurso que obran como Anexo I de la presente y los formularios para la presentación de los proyectos y la metodología de evaluación que se adjuntan como Anexos II y III, respectivamente.

Artículo 5° - Apruébase el modelo de Acta Acuerdo que deberán suscribir las empresas que resulten ganadoras del Concurso, el que se adjunta como Anexo IV.

Artículo 6° - Desígnase a la Subsecretaría de Producción, dependiente de la Secretaría de Producción, Turismo y Desarrollo Sustentable, como Autoridad de Aplicación, y a la Dirección General de Industria y Comercio, dependiente de la Subsecretaría de Producción, como Unidad Ejecutora del presente Concurso.

Artículo 7° - Serán funciones de la Autoridad de Aplicación:

a) Aprobar los proyectos que resulten beneficiarios del Concurso.

b) Suscribir el Acta Acuerdo mencionada en el artículo 5° y autorizar la devolución del seguro de caución al que hace referencia el Anexo I de la presente Resolución o, por el contrario, ejecutar la caución en caso de incumplimiento.

c) Administrar los fondos presupuestarios destinados al Programa.

d) Resolver toda cuestión imprevista no contemplada en la presente normativa.

Artículo 8° - Serán funciones de la Unidad Ejecutora:

a) Recibir y registrar los proyectos que se presenten a esta convocatoria, en los términos y alcances establecidos en el Anexo I de la presente.

b) Evaluar los proyectos presentados de acuerdo a la metodología establecida en el Anexo III.

c) Llevar a cabo el seguimiento y control del cumplimiento de las metas fijadas en cada uno de los proyectos que resulten ganadores del Concurso.

Artículo 9° - Establézcase para el presente Concurso, la suma de $ 1.000.000 (un millón de pesos) provenientes de la partida presupuestaria N° 65661006535000294519 446325. Esta suma podrá ampliarse en función del crédito presupuestario vigente. En caso de existir fondos no utilizados para este Concurso, la Autoridad de Aplicación podrá disponer su uso para otros Concursos enmarcados dentro del Decreto N° 118/GCBA/03.

Artículo 10 - La presentación de los proyectos deberá realizarse en sede de la Dirección General de Industria Comercio, Sarmiento 630, piso 15, contrafrente, de acuerdo a los criterios establecidos en los Anexos I y II de la presente Resolución.

Artículo 11 - La presentación de proyectos finalizará a las 14 hs. del día 1° de octubre de 2004. Las presentaciones que no se realicen en tiempo y forma serán desestimadas automáticamente. La Dirección General de Industria y Comercio contará con 7 (siete) días hábiles para aceptar o rechazar las presentaciones realizadas.

Artículo 12 - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y, para su conocimiento y demás efectos, pase a la Subsecretaría de Producción, a la Dirección General de Industria y Comercio y a las Direcciones Generales de Contaduría y Tesorería de la Secretaría de Hacienda y Finanzas. Cumplido, archívese. Epszteyn


ANEXOS

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anexo 2

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anexo 3

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anexo 4

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Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

REFERENCIA
MODIFICADA POR
Artículo 1° - Modifica el Art. 11 de la Resolución N° 597/SPTYDS/04