RESOLUCIÓN 48 2000 SECRETARIA DE HACIENDA Y FINANZAS
Síntesis:
APRUEBA ACTA ACUERDO CON LA FIRMA LABORATORIOS RAFFO S.A., REPRESENTADA POR EL SEÑOR JORGE A. BELLUZZO Y LA SEÑORA ANA M. OLIVA
Publicación:
02/02/2000
Sanción:
21/01/2000
Organismo:
SECRETARIA DE HACIENDA Y FINANZAS
Visto el Registro N° 0280-CVD ex MCBA-97, y
CONSIDERANDO:
Que por dicho Registro tramita la presentación efectuada por la firma Laboratorios Raffo S.A., ante la Comisión de Verificación de Créditos de la ex Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires, gestionando el pago de pesos veintiséis mil seiscientos cincuenta y siete con quince centavos ($ 26.657,15) presuntamente adeudados por la provisión de medicamentos con destino a diversos hospitales dependientes de la ex Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires;
Que la prestación del servicio y su recepción con plena conformidad -formalizadas bajo el régimen de contratación directa- quedó acreditada mediante la Resolución N° 1.908-SS-99;
Que el 7 de enero de 1998, luego de analizada la disposición financiera del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires la interesada fue notificada de las alternativas que permitirían abonarle la totalidad de la deuda verificada, anterior al 6-8-96, la cual ascendía a pesos trece mil ochocientos sesenta y nueve con cinco centavos ($ 13.869,05);
Que el 16 de enero de 1998 la causante aceptó cobrar su acreencia, sin quita, en cuarenta y ocho (48) cuotas mensuales a partir del 1° de junio de 1998;
Que en consecuencia de lo expuesto cabe reconocer el pago de pesos trece mil ochocientos sesenta y nueve con cinco centavos ($ 13.869,05), en los términos del Art. 7° del Decreto N° 225-GCBA-96;
Que la citada suma devengará intereses a la tasa del seis punto siete por ciento (6,7 %) efectivo anual desde el 6-8-96 hasta el momento de su pago total;
Que la cancelación de lo adeudado se formalizará mediante pagarés Decreto N° 225-GCBA-96, emitidos por el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, en pesos y con cláusula sin protesto;
Que el primero de tales documentos será satisfecho a los treinta (30) días de dictada la presente y su importe total será del valor de una (1) cuota con más un único adicional equivalente a los montos sumados de aquéllas que, conforme a la propuesta aceptada, hubieren vencido a esa fecha (Art.1° incisos a) y b) de la Resolución N° 236-SSHyF/SSG-97);
Que la suma resultante, relacionada en el párrafo precedente, se verá afectada por la retención que pudiera corresponder en concepto de Impuestos a las Ganancias e Ingresos Brutos;
Que los restantes pagarés, por los importes correspondientes, también tendrán incorporados los intereses sobre saldos, conforme al sistema francés de amortización, a la tasa de interés del seis punto siete por ciento (6,7 %) efectivo anual, relacionada ut supra;
Que los mismos se cancelarán mensual y consecutivamente -luego de cumplimentada la primera obligación- de acuerdo con la opción de cobro elegida por la interesada;
Que a los 22 días del mes de diciembre de 1999, y conforme lo dispuesto por el Art. 7° del Decreto N° 225-GCBA-96, se procedió a suscribir el Acta Acuerdo correspondiente por intermedio de la Comisión de verificación de Créditos de la ex Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires;
Que la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires se ha pronunciado al respecto en cumplimiento de lo estipulado por el Art. 8° de la mentada normativa, conforme Dictamen del 24 de noviembre de 1999;
Por ello, y de acuerdo con lo establecido en el Art. 9° del Decreto N° 225-GCBA-96,
Artículo 1° Apruébase en todos sus términos el Acta Acuerdo celebrada el 22 de diciembre de 1999, por la entonces Comisión de Verificación de Créditos de la ex Municipálidad de la Ciudad de Buenos Aires y la firma Laboratorios Raffo S.A., representada por el señor Jorge Alberto Belluzzo (D.N.I. N° 13.342.343) y la señora Ana Maña Oliva (L.C. N° 3.861.977), que en su totalidad, como Anexo I, forma parte integrante de la presente.
Art. 2° Notifíquese a la Dirección General de Contaduría a los efectos de los Arts. 10 y 11 del Decreto N° 225-GCBA-96.
Art. 3° Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a las Direcciones Generales de Contaduría, Tesorería, Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, a la Secretaría de Salud, a la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires, y remítase para su conocimiento y demás fines a las Direcciones Generales Técnica Administrativa y Legal de la Secretaría de Hacienda y Finanzas, de Tesorería y de Contaduría.