RESOLUCIÓN 53 2022 F/N SINDICATURA GENERAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Síntesis:
SE SUSTITUYE - ARTÍCULO 4° - ANEXO IV - RESOLUCIÓN N° 5/SGCBA/11 - SISTEMA DE CARRERA ADMINISTRATIVA - SINDICATURA GENERAL - ADICIONAL POR ANTIGUEDAD - SE DEJA SIN EFECTO - RESOLUCIÓN N° 38/SGCBA/22 -
Publicación:
29/06/2022
Sanción:
23/06/2022
Organismo:
F/N SINDICATURA GENERAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Estado:
No vigente
VISTO: La Constitución de la Ciudad de Buenos Aires (BOCBA N° 47), la Ley N° 70
(BOCBA N° 539), las Resoluciones N° 5-SGCBA/11 (BOCBA N° 3.597), N° 40-
SGCBA/12 (BOCBA N° 3.891) y N° 38- SGCBA/22 (BOCBA N° 6.374), el Expediente
Electrónico N° 20.644.420-GCABA-GGTALSGCBA/22 y
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con lo establecido en el artículo 133 de la Constitución de la
Ciudad de Buenos Aires, la Sindicatura General de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires es un Organismo que posee autarquía administrativa y financiera;
Que también establece que su titular es el/la Síndico/a General de la Ciudad, el/la que
es designado/a por el Poder Ejecutivo con jerarquía equivalente a la de Ministro/a;
Que por Ley N° 70 (texto consolidado por Ley N° 6.347) se fijan los Sistemas de
Gestión, Administración Financiera y Control del Sector Público de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, y se establecen la organización y funcionamiento de sus
órganos;
Que por la mencionada Ley, en el artículo 130, inciso 2), se otorga al/la Síndico/a
General las atribuciones de organizar y reglamentar el funcionamiento interno de la
Sindicatura General de la Ciudad, en sus aspectos operativos, funcionales y de
administración de personal;
Que conforme las atribuciones establecidas en el inciso 8) del artículo citado
anteriormente, el/la Síndico/a General administra su presupuesto, resuelve y aprueba
los gastos del Organismo;
Que por Resolución N° 5-SGCBA/11 se aprueba el Sistema de Carrera Administrativa
de esta Sindicatura General;
Que el Anexo IV, Título I, de la citada Resolución, y modificatorios, establecen los
diferentes niveles salariales del Personal de Planta Permanente de la Sindicatura
General de la Ciudad;
Que por Resolución N° 40-SGCBA/12 se modifica el artículo 15 del Anexo I de la
Resolución N° 5-SGCBA/11, correspondiente al valor de la Unidad Retributiva;
Que por el punto tercero del Acta de Negociación Colectiva N° 2/22 se acuerda otorgar
a partir del 1° de mayo de 2022 un incremento a los adicionales vinculados con la
antigüedad, consignados en su Anexo II, según los valores allí detallados;
Que por Resolución N° 38-SGCBA/22 se sustituye el artículo 4° del Anexo IV de la
Resolución N° 5-SGCBA/11, correspondiente al "Adicional por Antigüedad", a partir del
día 1° de mayo de 2022, según lo estipulado por el Acta mencionada en el
considerando precedente;
Que por Acta de Negociación Colectiva N° 4/22 se acuerda modificar el incremento de
los adicionales vinculados con la antigüedad, consignados en el Anexo II del punto
tercero del Acta N° 2/22, según los nuevos valores detallados, a partir del día 1° de
mayo de 2022;
Que en virtud de lo expuesto, y siguiendo los lineamientos del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, deviene necesario adecuar el Adicional por Antigüedad
establecido en el Sistema de Carrera Administrativa de la Sindicatura General de la
Ciudad;
Que la Subgerencia Operativa Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que resulta
de su competencia, mediante la emisión del Dictamen N° IF 22.095.891-GCABA-
GGTALSGCBA/22.
Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas en el artículo 130, incisos 2) y 8) de la
Ley N° 70 (texto consolidado por Ley N° 6.347),
Artículo 1°.- Sustitúyase, a partir del día 1° de mayo de 2022, el artículo 4° del Anexo
IV de la Resolución N° 5-SGCBA/11, el que quedará redactado conforme se detalla en
el Anexo, IF N° 22.384.617-GCABA-GGTALSGCBA/22, que forma parte integrante de
la presente Resolución.
Artículo 2°.- Déjase sin efecto, a partir del día 1° de mayo de 2022, la Resolución N°
38-SGCBA/22.
Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,
comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos dependiente del
Ministerio de Hacienda y Finanzas y, para su conocimiento y demás efectos, pase a la
Gerencia General Técnica, Administrativa y Legal. Cumplido, archívese. Freda