DISPOSICIÓN 480 2022 DIRECCION GENERAL DE COMPRAS Y CONTRATACIONES

Síntesis:

SE SUSTITUYE - ANEXO I - DISPOSICIÓN 1000-DGCYC/19 - PAUTAS PARA LA OBTENCIÓN DEL SELLO EMPRESA MUJER - INTRODUCCIÓN - DEFINICIÓN - ALCANCE - PROCEDIMIENTO PARA LA SOLICITUD DEL SELLO - FACULTAD DEL ÓRGANO RECTOR

Publicación:

01/07/2022

Sanción:

28/06/2022

Organismo:

DIRECCION GENERAL DE COMPRAS Y CONTRATACIONES


VISTO: La Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, las Leyes Nros. 474

y 2.095 (Textos Consolidados por Ley N° 6.347), el Decreto N° 181/08, la Resolución

N° 2.302/GCABA-MEFGC/2019, la Disposición N° 1000-GCABA-DGCYC-2019, el

Expediente Electrónico N° 22.511.123/GCABA- DGCYC/2019, y

CONSIDERANDO:

Que la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires garantiza a todos sus

habitantes, tanto en el ámbito público como en el privado, la igualdad real de

oportunidades y de trato entre varones y mujeres en el acceso y goce de todos los

derechos civiles, políticos, económicos, sociales y culturales, y obliga a incorporar la

perspectiva de género en el diseño y ejecución de las políticas públicas (artículos 36,

38 y ccs);

Que la Ley N° 474, con el objeto de garantizar el reconocimiento, goce y ejercicio de

derechos y garantías sin distinción de géneros, ha creado el "Plan de Igualdad Real de

Oportunidades y de Trato entre Mujeres y Varones", estableciendo expresamente que

la perspectiva de género debe incorporarse en el diseño y ejecución de sus políticas

públicas y en el de todos los planes y programas que de ella deriven;

Que la Ley N° 2.095 regula el Sistema de Compras y Contrataciones de Bienes y

Servicios de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y establece en su artículo 7°, inciso

9, el principio de sustentabilidad, indicando explícitamente que se promoverá de

manera gradual y progresiva la adecuada y efectiva instrumentación de criterios

ambientales, éticos, sociales y económicos en las contrataciones públicas;

Que tal como surge del informe "El Progreso de las Mujeres en la Ciudad de Buenos

Aires Derechos y Empoderamiento Económico", publicado en el año 2019 por el

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y ONU Mujeres, resulta

indispensable la participación y coordinación de las áreas vinculadas directa e

indirectamente al desarrollo productivo, empleo y formación profesional para seguir

asumiendo un ejercicio activo en la promoción de la igualdad de género, desarrollando

una estrategia enfocada en fortalecer el rol de la mujer tanto respecto de su autonomía

física y económica como en la toma de decisiones;

Que en ese marco y de conformidad con el "Acuerdo de Gestión 2019", suscripto entre

el Ministerio de Economía y Finanzas y el Ministerio de Hábitat y Desarrollo Humano,

se estableció el compromiso de incorporar la perspectiva de género a la política de

compras públicas y se instruyó a esta Dirección General de Compras y Contrataciones

para llevar adelante las acciones descriptas en el artículo 1° de la Resolución N°

2.302/GCABA-MEFGC/2019;

Que de acuerdo a lo establecido en el inciso a) del citado artículo, este Órgano Rector

deberá "crear mecanismos de identificación y certificación voluntaria de proveedores

mujeres inscriptos en el Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores"

(RIUPP);

Que por Disposición N° 1000/GCABA-DGCYC/2019, se creó el "Sello Empresa Mujer"

el cual permite identificar la participación real en el mercado público de proveedoras

inscriptas en el "Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores", y se

aprobaron las pautas para la obtención del mismo;

Que a fin de seguir incentivando políticas tendientes a promover la autonomía

económica de las mujeres, resulta necesario proceder a la adecuación del Anexo I en

el cual se establecen las "Pautas para la obtención del Sello Empresa Mujer".

Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,

LA DIRECTORA GENERAL

DE COMPRAS Y CONTRATACIONES

DISPONE:

Artículo 1°.- Sustitúyase el Anexo I de la Disposición N° 1000-GCABA-DGCYC-2019,

el que forma parte integrante de la presente (IF-2022-23446615-GCABA-DGCYC).

Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su

conocimiento y demás efectos, comuníquese a todos los Ministerios, Secretarías y

Subsecretarías del Poder Ejecutivo y reparticiones con rango o responsabilidades

equivalentes. Cumplido, archívese. Tojo


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 6409

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Artículo 1° de la Disposición N° 480/DGCYC/22, sustituye el Anexo I de la Disposición N° 1000-GCABA-DGCYC-2019.</p>