DISPOSICIÓN 1000 2019 DIRECCION GENERAL DE COMPRAS Y CONTRATACIONES
Síntesis:
SE CREA EL SELLO EMPRESA MUJER - APRUEBAN PAUTAS - OBTENCIÓN - SISTEMA DE COMPRAS Y CONTRATACIONES DE BIENES Y SERVICIOS - BUENOS AIRES COMPRAS - BAC - PARTICIPACIÓN REAL - PROVEEDORAS INSCRIPTAS - REGISTRO INFORMATIZADO ÚNICO Y PERMANENTE DE PROVEEDORES - RIUPP - EMPRESAS - PERSONAS HUMANAS - MUJERES - DIRECCIÓN GENERAL DE COMPRAS Y CONTRATACIONES - IGUALDAD - DESARROLLO PRODUCTIVO - PRODUCCIÓN - PERSPECTIVA DE GÉNERO
Publicación:
03/10/2019
Sanción:
02/10/2019
Organismo:
DIRECCION GENERAL DE COMPRAS Y CONTRATACIONES
VISTO: La Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, las Leyes N° 474 y
2.095 (Textos Consolidados por Ley N° 6.017), el Decreto N° 181/08, la Resolución N°
2.302/GCABA-MEFGC/2019, el Expediente Electrónico N° 22.511.123/GCABA-
DGCYC/2019, y
CONSIDERANDO:
Que la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires garantiza a todos sus
habitantes, tanto en el ámbito público como en el privado, la igualdad real de
oportunidades y de trato entre varones y mujeres en el acceso y goce de todos los
derechos civiles, políticos, económicos, sociales y culturales, y obliga a incorporar la
perspectiva de género en el diseño y ejecución de las políticas públicas (artículos 36,
38 y ccs);
Que la Ley N° 474, con el objeto de garantizar el reconocimiento, goce y ejercicio de
derechos y garantías sin distinción de géneros, ha creado el "Plan de Igualdad Real de
Oportunidades y de Trato entre Mujeres y Varones", estableciendo expresamente que
la perspectiva de género debe incorporarse en el diseño y ejecución de sus políticas
públicas y en el de todos los planes y programas que de ella deriven;
Que la Ley N° 2.095 regula el Sistema de Compras y Contrataciones de Bienes y
Servicios de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y establece en su artículo 7°, inciso
9, el principio de sustentabilidad, indicando explícitamente que se promoverá de
manera gradual y progresiva la adecuada y efectiva instrumentación de criterios
ambientales, éticos, sociales y económicos en las contrataciones públicas;
Que tal como surge del informe "El Progreso de las Mujeres en la Ciudad de Buenos
Aires - Derechos y Empoderamiento Económico", publicado en el año 2019 por el
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y ONU Mujeres, resulta
indispensable la participación y coordinación de las áreas vinculadas directa e
indirectamente al desarrollo productivo, empleo y formación profesional para seguir
asumiendo un ejercicio activo en la promoción de la igualdad de género, desarrollando
una estrategia enfocada en fortalecer el rol de la mujer tanto respecto de su autonomía
física y económica como en la toma de decisiones;
Que en ese marco y de conformidad con el "Acuerdo de Gestión 2019", suscripto entre
el Ministerio de Economía y Finanzas y el Ministerio de Hábitat y Desarrollo Humano,
se estableció el compromiso de incorporar la perspectiva de género a la política de
compras públicas y se instruyó a esta Dirección General de Compras y Contrataciones
para llevar adelante las acciones descriptas en el artículo 1° de la Resolución N°
2.302/GCABA-MEFGC/2019;
Que de acuerdo a lo establecido en el inciso a) del citado artículo, este Órgano Rector
deberá "crear mecanismos de identificación y certificación voluntaria de proveedores
mujeres inscriptos en el Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores"
(RIUPP);
Que atento a lo encomendado, resulta menester crear el "Sello Empresa Mujer" en el
Sistema de Compras y Contrataciones de Bienes y Servicios de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires, "Buenos Aires Compras" (BAC), el cual permitirá identificar de
manera sencilla y eficaz la participación real de las proveedoras inscriptas en el
registro citado y en particular en aquellos procesos de contratación que incluyan
criterios de sustentabilidad con enfoque de género.
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,
Artículo 1°.- Créase el "Sello Empresa Mujer" cuyo objeto es identificar en el Registro
Informatizado Único y Permanente de Proveedores (RIUPP) a las empresas y a las
personas humanas consideradas mujeres según el criterio adoptado por esta
Dirección General de Compras y Contrataciones.
Artículo 2°.- Apruébanse las Pautas para la obtención del Sello citado en el artículo 1°,
conforme los términos del Anexo I que forma parte integrante de la presente (IF-2019-
30599844-GCABA-DGCYC).
Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su
conocimiento y demás efectos, comuníquese a todos los Ministerios, Secretarías y
Subsecretarías del Poder Ejecutivo y reparticiones con rango o responsabilidades
equivalentes. Cumplido, archívese. Tojo