DISPOSICIÓN 9 2022 DIRECCION GENERAL EFICIENCIA ADMINISTRATIVA

Síntesis:

SE PRORROGA - PLAZO OTORGADO POR RESOLUCIÓN N° 70-SECITD-22 -  ENTIDADES Y JURISDICCIONES COMPRENDIDAS EN EL ARTÍCULO 4° DE LA LEY N° 70 - FINALICEN RELEVAMIENTO DE TODOS LOS TRÁMITES OBRANTES EN SUS DEPENDENCIAS, - REMITIDO A LA DIRECCIÓN GENERAL - REGLAMENTO OPERATIVO DEL INVENTARIO ÚNICO DE TRÁMITES -ROIUT -  DIRECCION GENERAL DE EFICIENCIA ADMINISTRATIVA

Publicación:

05/07/2022

Sanción:

30/06/2022

Organismo:

DIRECCION GENERAL EFICIENCIA ADMINISTRATIVA


VISTO: La Ley N° 3.304 (texto consolidado por Ley N° 6.347), el Decreto N° 463/2019

y sus modificatorios, el Decreto N° 118/2022, el Decreto N° 170/2022, las

Resoluciones N° 149-GCABA-SSDECO/21, y N° 70-GCABA-SECITD/22, el

Expediente Electrónico N° 12483040-GCABA-DGEADM/2022, y

CONSIDERANDO:

Que el Decreto N° 118/2022 creó el Inventario Único de Trámites (IUT), dentro del

Módulo Registro de Legajo Multipropósito (RLM) del Sistema de Administración de

Documentos Electrónicos (SADE), estableciendo que el mismo será implementado y

organizado por la Secretaría de Innovación y Transformación Digital;

Que, de la misma manera, se estableció que todas las reparticiones deberán informar

los trámites que tengan en su órbita, a fin de incorporarlos al mencionado Inventario en

las formas, plazos y condiciones que determine la Secretaría, para asegurar su

vigencia;

Que, por el Artículo 9 del mencionado decreto, se establece que sobre los trámites

incluidos en el Inventario Único de Trámites (IUT) se realizará un trabajo de

eliminación, simplificación normativa y procedimental, y de digitalización tomando

como principio la mejora regulatoria, con las áreas competentes y con la Unidad de

Proyectos Especiales Simplificación Productiva y la Secretaría Legal y Técnica,

cuando correspondiere;

Que, mediante la Resolución N° 70-GCABA-SECITD/22 se aprobó el Reglamento

Operativo del Inventario Único de Trámites (ROIUT);

Que el artículo 3 de la citada Resolución encomendó a la la Dirección General de

Eficiencia Administrativa la gestión de todas las acciones necesarias para dar

cumplimiento al "Reglamento Operativo del Inventario Único de Trámites (ROIUT)";

Que a su vez, el artículo 4 estableció un plazo de sesenta (60) días corridos desde el

dictado de la Resolución, para que las entidades y jurisdicciones realicen el

relevamiento de todos los trámites obrantes en sus dependencias, y lo remitan a la

Secretaría de Innovación y Transformación Digital, de acuerdo a lo dispuesto en el

"Reglamento Operativo del Inventario Único de Trámites (ROIUT);

Que por su parte, ésta Dirección General mediante Nota NO-2022-15494481-GCABA-

DGEADM, solicitó a todas las entidades y jurisdicciones, remitir el relevamiento de

todos los trámites obrantes en sus dependencias, mediante la información solicitada

en el Formulario SADE - "Alta de trámite en el Inventario Único de Trámites" (Trata

MJGG1803A), dentro del plazo de sesenta (60) días corridos, conforme lo dispuesto

en el Artículo N° 4 de la Resolución N° 70-SECITD/22 y el Artículo N° 3 del ROIUT, el

cual consta como Anexo I de la Resolución mencionada;

Que en este orden de ideas, se han recibido solicitudes de prórroga del plazo

establecido, para concluir con la tarea de relevamiento de todos los trámites;

Que conforme el Anexo II del Decreto N° 170/2022, que modifica la estructura

organizativa de la Jefatura de Gabinete de Ministros del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, se describen dentro de las responsabilidades primarias de

la Dirección General de Eficiencia Administrativa "Realizar el análisis de factibilidad y

la consolidación de las iniciativas relativas a la modernización administrativa, que

involucren diferentes áreas de gobierno", "Administrar el registro de procesos del

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires" y "Coordinar y desarrollar

proyectos de ingeniería y reingeniería de procesos para las reparticiones del Gobierno

de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, aplicando tecnologías de gestión documental

y/o transaccional";

Que por lo expuesto y en orden a las facultades encomendadas a ésta Dirección

General por el artículo 3 de la Resolución N° 70-SECITD/22, corresponde dictar la

norma legal pertinente.

Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,

LA DIRECTORA GENERAL

DE EFICIENCIA ADMINISTRATIVA

DISPONE:

Artículo 1°.- Prorrógase por el plazo de siete (7) días hábiles el plazo otorgado por

Resolución N° 70-SECITD/22, para que las entidades y jurisdicciones comprendidas

en el artículo 4° de la Ley N° 70 (texto consolidado por Ley N° 6347) finalicen el

relevamiento de todos los trámites obrantes en sus dependencias, el cual deberá ser

remitido a ésta Dirección General, de acuerdo a lo dispuesto en el "Reglamento

Operativo del Inventario Único de Trámites (ROIUT)".

Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires.

Comuníquese a todos los Ministerios y Secretarías del Poder Ejecutivo, Entes

Descentralizados y a los Organismos Fuera de Nivel, a la Sindicatura General de la

Ciudad de Buenos Aires. Cumplido, archívese. Spairani

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Artículo 1 de la Disposicion N° 9-DGEADM-22 prorroga por el plazo de siete días hábiles el plazo otorgado por Resolución N° 70-SECITD-22, para que las entidades y jurisdicciones comprendidas en el artículo 4° de la Ley N° 70. </p>