RESOLUCIÓN 583 2022 MINISTERIO DE ESPACIO PUBLICO E HIGIENE URBANA

Síntesis:

SE FACULTA - DIRECCIÓN GENERAL DE CONSERVACIÓN DEL PAISAJE URBANO - SUBSECRETARÍA DE PAISAJE URBANO - MINISTERIO DE ESPACIO PÚBLICO E HIGIENE URBANA -  OTORGAMIENTO DE PERMISOS DE USO EN EL ESPACIO PÚBLICO - PLAZA DE LA REPÚBLICA

Publicación:

05/07/2022

Sanción:

01/07/2022

Organismo:

MINISTERIO DE ESPACIO PUBLICO E HIGIENE URBANA


VISTO: la Ley N° 6.292 (texto consolidado por Ley N° 6.347), los Decretos Nros. 3468-

GCABA/90, 463- GCABA/19 y sus modificatorios y 216-GCABA/22, el Expediente

Electrónico N° 22098090-GCABADGCDPU/22, y

CONSIDERANDO:

Que por el artículo 1° del Decreto N° 3468-GCABA/90 se prohibió la instalación de

construcciones, estructuras de cualquier índole, carpas, quioscos y cualquier otra

edificación en la Plaza de la República;

Que de acuerdo al artículo 2 del citado Decreto se exceptúan de dicha prohibición

aquellas instalaciones que fueran autorizadas por Leyes, Decretos del Poder Ejecutivo

Nacional, Ordenanza y las que autorizare el Departamento Ejecutivo mediante

Decreto;

Que por Ley N° 6.292 (texto consolidado por Ley N° 6.347) se sancionó la Ley de

Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y contempla entre

los Ministerios del Poder Ejecutivo a este Ministerio de Espacio Público e Higiene

Urbana estableciendo entre sus objetivos los de entender en lo relativo al

ordenamiento del Espacio Público, planificando estrategias y diseñando e

implementando políticas en relación con el mismo, así como entender en lo relativo al

uso del Espacio Público;

Que mediante el Decreto 463-GCABA/19, se aprobó la estructura orgánica funcional

del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, incluyendo

dentro de la órbita del Ministerio de Espacio Público e Higiene Urbana a la Dirección

General Conservación del Paisaje Urbano con responsabilidad primaria para otorgar

autorizaciones para realizar eventos y actividades afines en el espacio público;

Que por Decreto N° 216-GCABA/22, se modificó el artículo 2 del Decreto N° 3468-

GCABA/90, exceptuando de lo dispuesto en el artículo 1° del mismo a aquellas

instalaciones autorizadas por el Ministerio de Espacio Público e Higiene Urbana o el

órgano que éste designe;

Que, en función de las competencias atribuidas y a los fines de optimizar los recursos

del Estado, alcanzar una mejor proyección operativa y una mayor eficiencia

administrativa, resulta conveniente facultar a la Dirección General de Conservación del

Paisaje Urbano dependiente de la Subsecretaría de Paisaje Urbano de este Ministerio

para el otorgamiento de permisos de uso en el espacio público "Plaza de la

República";

Que, la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal ha tomado la intervención

de su competencia.

Por ello, en virtud de las facultades otorgas por el Decreto N° 3468-GCABA/90,

LA MINISTRA

DE ESPACIO PÚBLICO E HIGIENE URBANA

RESUELVE:

Artículo 1°.- Facúltase a la Dirección General de Conservación del Paisaje Urbano

dependiente de la Subsecretaría de Paisaje Urbano de este Ministerio para el

otorgamiento de permisos de uso en el espacio público "Plaza de la República".

Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires.

Comuníquese a la Dirección General de Conservación del Paisaje Urbano, a la

Subsecretaría de Paisaje Urbano y la Dirección General Técnica, Administrativa y

Legal del Ministerio de Espacio Público e Higiene Urbana. Cumplido, archívese.

Muzzio

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

COMPLEMENTA
<p>Artículo 1° de la Resolución N° 583/MEPHUGC/22 faculta a la Dirección General de Conservación del Paisaje Urbano dependiente de la Subsecretaría de Paisaje Urbano  para el otorgamiento de permisos de uso en el espacio público “Plaza de la República”.</p>