DECRETO 3468 1990
Síntesis:
PROHÍBE LA INSTALACIÓN DE CONSTRUCCIONES, ESTRUCTURAS DE CUALQUIER ÍNDOLE, CARPAS, QUIOSCOS Y CUALQUIER OBRA EN LA PLAZA DE LA REPÚBLICA - KIOSCOS - PROHIBICIÓN - ESPACIO PÚBLICO
Publicación:
05/06/1990
Sanción:
19/12/1990
Organismo:
MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
Visto las facultades conferidas al Departamento Ejecutivo por el artículo 31, inciso r) de la Ley N° 19.987, y
CONSIDERANDO:
Que ante la profusión de instalaciones en la Plaza de la República que afectan a la estética del paisaje urbano y limitan el derecho de terceros, se hace necesario, en ejercicio de las citadas facultades, adoptar las medidas pertinentes;
Por ello,
El Intendente Municipal
Artículo 1° - Déjase expresamente establecida la prohibición de instalar construcciones, estructuras de cualquier índole, carpas, quioscos y cualquier otra edificación en la Plaza de la República.
Art. 2° - Sólo se exceptuarán de lo dispuesto en el artículo precedente aquellas instalaciones autorizadas por ley, decreto del Poder Ejecutivo Nacional u ordenanza y las que autorizare el Departamento Ejecutivo mediante decreto.
Art. 3° - La violación de lo dispuesto en el artículo 1° dará lugar a la aplicación de las medidas indicadas en los incisos x) e y) del artículo 31 de la Ley número 19.987.
Art. 4° - El presente decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno y de Calidad de Vida.
Art. 5° - Dése al Registro Municipal, publíquese en el Boletín Municipal y para su conocimiento y demás efectos, pase a la Subsecretaría de Inspección General.