DECRETO 3468 1990
Síntesis:
PROHÍBE LA INSTALACIÓN DE CONSTRUCCIONES, ESTRUCTURAS DE CUALQUIER ÍNDOLE, CARPAS, QUIOSCOS Y CUALQUIER OBRA EN LA PLAZA DE LA REPÚBLICA - KIOSCOS - PROHIBICIÓN - ESPACIO PÚBLICO
Publicación:
05/06/1990
Sanción:
19/12/1990
Organismo:
MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
El texto actualizado muestra el último texto de la norma, recogiendo todas las reformas introducidas desde su dictado. Se presenta con fines exclusivamente informativos, para servir como herramienta de consulta.
Fecha de Actualización: 27/06/2022
Visto las facultades conferidas al Departamento Ejecutivo por el artículo 31, inciso r) de la Ley N° 19.987, y
CONSIDERANDO:
Que ante la profusión de instalaciones en la Plaza de la República que afectan a la estética del paisaje urbano y limitan el derecho de terceros, se hace necesario, en ejercicio de las citadas facultades, adoptar las medidas pertinentes;
Por ello,
El Intendente Municipal
Artículo 1° - Déjase expresamente establecida la prohibición de instalar construcciones, estructuras de cualquier índole, carpas, quioscos y cualquier otra edificación en la Plaza de la República.
Art. 2° - Sólo se exceptuarán de lo dispuesto en el artículo precedente aquellas instalaciones autorizadas por ley, decreto del Poder Ejecutivo Nacional u ordenanza y las que autorizare el Departamento Ejecutivo mediante decreto.
Art. 3° - La violación de lo dispuesto en el artículo 1° dará lugar a la aplicación de las medidas indicadas en los incisos x) e y) del artículo 31 de la Ley número 19.987.
Art. 4° - El presente decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno y de Calidad de Vida.
Art. 5° - Dése al Registro Municipal, publíquese en el Boletín Municipal y para su conocimiento y demás efectos, pase a la Subsecretaría de Inspección General.