RESOLUCIÓN 1298 2010 MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PUBLICO
Síntesis:
APRUEBA PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO PARA TRAMITAR LAS SOLICITUDES DE USO DE LA PLAZA DE LA REPÚBLICA - CORRESPONDE AL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO AUTORIZAR LA COLOCACIÓN DE INSTALACIONES EXCEPTO EXCEPCIÓN A LA PROHIBICIÓN MENCIONADA PRECEDENTEMENTE
Publicación:
05/10/2010
Sanción:
27/09/2010
Organismo:
MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PUBLICO
VISTO:
La Ley N° 2.506, los Decretos N° 3.468/90, N° 2.075/07 y N° 735/10, el Expediente N° 972.350/10, y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto N° 3.468/90 se prohibió la instalación de construcciones, estructuras de cualquier índole, carpas, quioscos y cualquier otra edificación en la Plaza de la República;
Que de acuerdo al citado Decreto sólo se exceptuarían de dicha prohibición aquellas instalaciones que fueran autorizadas por Leyes, Decretos del Poder Ejecutivo Nacional, Ordenanza y las que autorizare el Departamento Ejecutivo mediante Decreto;
Que de conformidad con la Ley de Ministerios N° 2.506, compete a este Ministerio de Ambiente y Espacio Público implementar políticas tendientes a mejorar y mantener el espacio público;
Que de acuerdo a lo antedicho, mediante Decreto N° 735/10 se modificó el artículo 2° del Decreto N° 3.468/90 estableciendo que corresponde a este Ministerio autorizar la colocación de instalaciones en la Plaza de la República como excepción a la prohibición mencionada precedentemente;
Que asimismo, se facultó a este Ministerio a aprobar el procedimiento administrativo que deberá llevarse adelante para tramitar las autorizaciones de uso de la Plaza de la República;
Que de conformidad con las competencias que le fueron asignadas por Decreto N° 2.075/07 y sus modificatorios, los solicitantes deberán realizar la presentación ante la Dirección General Ordenamiento del Espacio Público, de la Subsecretaría Uso del Espacio Público, dependiente de este Ministerio;
Que dicha solicitud deberá contener la documentación necesaria para evaluar la misma y la factibilidad de exceptuarla de la prohibición establecida en el Decreto N° 3.468/90;
Que asimismo, el área técnica interviniente deberá elaborar el proyecto de Resolución, si correspondiere, y la Dirección General Ordenamiento del Espacio Público deberá elevarlo para la suscripción por parte de este Ministerio;
Que en atención a lo que expuesto corresponde aprobar el procedimiento ut supra referido;
Por ello, en virtud de las facultades que le son propias;
Artículo 1°.-Apruébase el procedimiento administrativo que deberá llevarse a cabo para tramitar las solicitudes de uso de la Plaza de la República que tramiten en el ámbito de este Ministerio, en el marco de lo dispuesto en el artículo 2° del Decreto N° 3.468/90, el que como Anexo I forma parte de la presente Resolución.
Artículo 2°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Comuníquese a la Subsecretaría de Uso del Espacio Público y para su conocimiento y demás efectos pase a la Dirección General Ordenamiento del Espacio Público. Cumplido archívese. Santilli