RESOLUCIÓN 2002 2004 SUBSECRETARÍA DE JUSTICIA Y TRABAJO

Síntesis:

DELEGA EN EL RESPONSABLE DEL ÁREA DE CONTRALOR DE ESPECTÁCULOS LA FACULTAD DE DICTAR ACTOS ADMINISTRATIVOS PARA POSIBILITAR EL ADECUADO FUNCIONAMIENTO DEL SECTOR - SUBSECRETARÍA DE JUSTICIA Y TRABAJO - DELEGACIÓN DE FACULTADES - JUAN CARLOS SÁNCHEZ - DICTADO DE ACTOS ADMINISTRATIVOS - DICTADO DE CLAUSURAS

Publicación:

20/09/2004

Sanción:

10/09/2004

Organismo:

SUBSECRETARÍA DE JUSTICIA Y TRABAJO


Visto el Expediente N° 55.563/04 y el Decreto N° 366/GCBA/04 (B.O.C.B.A. N° 1901); y

CONSIDERANDO:

Que por esta norma fue creado el organismo fuera de nivel Área de Contralor de Espectáculos, dependiente de la Subsecretaría de Justicia y Trabajo de la Secretaría de Justicia y Seguridad Urbana;

Que dicho organismo fue concebido como un área específica orientada al contralor de los espectáculos deportivos, artísticos, religiosos o de otra índole, capaces de producir una amplia concentración de asistentes, teniendo a su cargo las funciones indicadas en el Anexo I de la norma mencionada;

Que el Art. 3° del Decreto N° 366/GCBA/04 facultó a esta Subsecretaría de Justicia y Trabajo a dictar normas e instrucciones de carácter organizativo y operativo tendientes a brindar el adecuado funcionamiento del área y a delegar expresamente estos cometidos en el responsable Área de Contralor de Espectáculos;

Que a los efectos de un adecuado funcionamiento del organismo de contralor resulta necesario realizar la delegación contemplada en el artículo mencionado en el párrafo precedente, autorizando al responsable del Área de Contralor de Espectáculos a dictar aquellos actos administrativos que resulten necesarios para su adecuado funcionamiento;

Que con el fin de evitar eventuales planteos de nulidad, resulta imprescindible aclarar debidamente y en forma expresa que dentro de las facultades de carácter operativo que por este acto se delegan, están comprendidas las referentes al dictado de las clausuras que resulte necesario imponer y al de los actos administrativos consecuentes que resulten de la actividad de contralor materia de su competencia;

Que en ese mismo sentido y habida cuenta de los términos del Art. 1° del Decreto N° 366/GCBA/04, resulta preciso, desde un punto técnico, rubricar los actos administrativos que emita el Área de Contralor de Espectáculos, con la firma del responsable del área en tal carácter y con independencia del nivel de Dirección General que le fuera conferido al organismo por la norma citada;

Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el Art. 3° del Decreto N° 366/GCBA/04,

EL SUBSECRETARIO DE JUSTICIA Y TRABAJO

RESUELVE:

Artículo 1° - Delégase en el Responsable del Área de Contralor de Espectáculos, señor Juan Carlos Leonardo Sánchez, LE 4.519.836, la facultad de dictar actos administrativos de carácter organizativo y operativo tendientes a brindar el adecuado funcionamiento del área, conforme lo establecido en el Art. 3° del Decreto N° 366/GCBA/04 (B.O.C.B.A. N° 1901).

Artículo 2° - Considérense comprendidas dentro de las facultades de carácter operativo delegadas en el artículo 1°, las referentes al dictado de los actos administrativos que ordenen clausuras que resulte necesario imponer como consecuencia de la actividad de contralor que resulta materia de su competencia, así como el de los actos de igual naturaleza consecuentes que suspendan y/o levanten las ya dictadas, o ratifiquen las que con carácter excepcional hubieran sido impuestas por los controladores.

Artículo 3° - Establécese que los actos administrativos que emita el Área de Contralor de Espectáculos, serán rubricados con la firma del Responsable del Área, en tal carácter y con independencia del nivel de Dirección General que le fuera conferido al organismo por la norma citada.

Artículo 4° - Dése al Registro. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y remítase para su conocimiento y demás efectos al Organismo Fuera de Nivel Área de Contralor de Espectáculos. Cumplido, archívese. Antuña

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

REFERENCIA
Delega la facultad de dictar actos administrativos de carácter organizativo y operativo tendientes a brindar el adecuado funcionamiento del área, conforme lo establecido en el Art. 3° del Decreto N° 366/GCBA/04