RESOLUCIÓN 544 2022 MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD
Síntesis:
SE APRUEBA - GUÍA DE ACTUACIÓN PARA EL TRATAMIENTO DE PERSONAS CON TRASTORNO DEL ESPECTRO AUTISTA - TEA - MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD
Publicación:
11/07/2022
Sanción:
06/07/2022
Organismo:
MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD
VISTO: La Ley Nacional Nro. 27.043, las Leyes CABA Nros. 6.292 y 5.688 (Textos
consolidados según Ley N° 6.347), los Decretos Nros. 463/19, 252/21 y 151/22, el
Expediente N° EX-2022-24319345-GCABA-SSCH, y
CONSIDERANDO:
Que, la Ley Nacional N° 27.043 declara de interés nacional el abordaje integral e
interdisciplinario de las personas que presentan Trastornos del Espectro Autista (TEA);
la investigación clínica y epidemiológica en la materia, así como también la formación
profesional en su pesquisa, detección temprana, diagnóstico y tratamiento; su difusión
y el acceso a las prestaciones.
Que, la mediante Ley CABA N° 6.292 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno
de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplándose entre ellos al Ministerio de
Justicia y Seguridad;
Que, en el marco de la precitada norma, le corresponde al Ministerio de Justicia y
Seguridad, entre otras competencias, dirigir y controlar el sistema de prevención de Ia
violencia y el delito, en Ia formulación, implementación y evaluación de las estrategias
de prevención.
Que, mediante Ley CABA N° 5688 (texto consolidado según Ley N° 6.347) se
establecieron las bases jurídicas e institucionales fundamentales del Sistema Integral
de Seguridad Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en lo referente a su
composición, misión, función, organización, dirección, coordinación y funcionamiento,
así como las bases jurídicas e institucionales para la formulación, implementación y
control de las políticas y estrategias de seguridad pública.
Que, a través del artículo 68 de la mencionada Ley se creó la Policía de la Ciudad de
Buenos Aires, que cumple con las funciones de seguridad general, prevención,
conjuración, investigación de los delitos, protección y resguardo de personas y bienes,
y de auxiliar de la Justicia;
Que, el artículo 273 de la precipitada Ley promueve el bienestar moral y material del
personal mediante la promoción y prevención de la salud tanto en sus aspectos físicos
como psíquicos, fomentando un ambiente de trabajo adecuado;
Que, por Decreto N° 463/19 se aprobó la estructura orgánico funcional dependiente
del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, creando la
Subsecretaría Capital Humano;
Que, por Decreto N° 151/22 se modificó la estructura organizativa del Ministerio de
Justicia y Seguridad de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
Que, el citado Decreto describe dentro de las responsabilidades primarias de la
Subsecretaría Capital Humano, entre otras, las de entender en el diseño y desarrollo
de programas y actividades tendientes a profesionalizar los recursos humanos
involucrados en la elaboración y gestión de políticas con impacto sobre la seguridad
pública, en coordinación con el Instituto Superior de Seguridad Pública;
Que en este sentido, la Subsecretaría de Capital Humano en enlace con el Comité de
Procesos y Calidad del Ministerio de Justicia y Seguridad, han generado mesas de
trabajo con profesionales de las áreas ministeriales con competencia en la materia y
dependencias policiales designadas oportunamente por la Jefatura de la Policía de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires (mediante NO-2022-18123069-GCABA-JPCDAD)
y el Instituto Superior de Seguridad Pública (mediante NO-2022-18457534-GCABA-
ISSP);
Que en este contexto, en atención a la función esencial de la Policía de la Ciudad de
Buenos Aires, resulta de vital importancia la creación de una "Guía de Actuación para
el Tratamiento de Personas con Trastorno del Espectro Autista (TEA)", para guiar el
accionar policial toda vez que deba realizar una intervención que involucre a una
persona con Trastorno del Espectro Autista;
Que ello implica una herramienta eficaz para acompañar la evolución y rendimiento del
personal de la Policía de la Ciudad a fin de lograr una aptitud operativa que permita
afrontar de la forma más eficiente posible las exigencias que requiere la función
encomendada;
Que, en este marco, la Subsecretaría Capital Humano y la Dirección General Técnica,
Administrativa y Legal han tomado la debida intervención en el marco de sus
competencias;
Que mediante el Decreto N° 252/21 se designó al Sr. Marcelo Silvio D'Alessandro
como Ministro de Justicia y Seguridad del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por la Ley N° 6.292,
Artículo 1°.- Apruébase la "Guía de Actuación para el Tratamiento de Personas con
Trastorno del Espectro Autista (TEA)" N° 4-OPP-018, que acompaña la presente como
Anexo (IF-2022-24323830-GCABA-SSCH).
Artículo 2°.- Instrúyase a la Dirección General Gestión de Capital Humano dependiente
de la Subsecretaría de Capital Humano, a realizar la difusión de la "Guía de Actuación
para el Tratamiento de Personas con Trastorno del Espectro Autista (TEA)" en las
Academias Mensuales del mes julio con la metodología de enseñanza adecuada a la
sensibilidad de la temática.
Artículo 3°.- Encomiendase al Instituto Superior de Seguridad Pública su incorporación
en los planes de formación inicial y continua, así como la adecuación y/o actualización
del contenido de la guía, toda vez que los avances en la materia lo amerite.
Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,
comuníquese a la Jefatura de la Policía de la Ciudad para su difusión mediante orden
interna del Día, al Instituto Superior de Seguridad Pública, a la Subsecretaría de
Capital Humano y la Dirección General Gestión de Capital Humano. Cumplido,
archívese. D'Alessandro