RESOLUCIÓN 544 2022 MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD

Síntesis:

SE APRUEBA - GUÍA DE ACTUACIÓN PARA EL TRATAMIENTO DE PERSONAS CON TRASTORNO DEL ESPECTRO AUTISTA - TEA - MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD

Publicación:

11/07/2022

Sanción:

06/07/2022

Organismo:

MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD


VISTO: La Ley Nacional Nro. 27.043, las Leyes CABA Nros. 6.292 y 5.688 (Textos

consolidados según Ley N° 6.347), los Decretos Nros. 463/19, 252/21 y 151/22, el

Expediente N° EX-2022-24319345-GCABA-SSCH, y

CONSIDERANDO:

Que, la Ley Nacional N° 27.043 declara de interés nacional el abordaje integral e

interdisciplinario de las personas que presentan Trastornos del Espectro Autista (TEA);

la investigación clínica y epidemiológica en la materia, así como también la formación

profesional en su pesquisa, detección temprana, diagnóstico y tratamiento; su difusión

y el acceso a las prestaciones.

Que, la mediante Ley CABA N° 6.292 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno

de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplándose entre ellos al Ministerio de

Justicia y Seguridad;

Que, en el marco de la precitada norma, le corresponde al Ministerio de Justicia y

Seguridad, entre otras competencias, dirigir y controlar el sistema de prevención de Ia

violencia y el delito, en Ia formulación, implementación y evaluación de las estrategias

de prevención.

Que, mediante Ley CABA N° 5688 (texto consolidado según Ley N° 6.347) se

establecieron las bases jurídicas e institucionales fundamentales del Sistema Integral

de Seguridad Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en lo referente a su

composición, misión, función, organización, dirección, coordinación y funcionamiento,

así como las bases jurídicas e institucionales para la formulación, implementación y

control de las políticas y estrategias de seguridad pública.

Que, a través del artículo 68 de la mencionada Ley se creó la Policía de la Ciudad de

Buenos Aires, que cumple con las funciones de seguridad general, prevención,

conjuración, investigación de los delitos, protección y resguardo de personas y bienes,

y de auxiliar de la Justicia;

Que, el artículo 273 de la precipitada Ley promueve el bienestar moral y material del

personal mediante la promoción y prevención de la salud tanto en sus aspectos físicos

como psíquicos, fomentando un ambiente de trabajo adecuado;

Que, por Decreto N° 463/19 se aprobó la estructura orgánico funcional dependiente

del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, creando la

Subsecretaría Capital Humano;

Que, por Decreto N° 151/22 se modificó la estructura organizativa del Ministerio de

Justicia y Seguridad de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

Que, el citado Decreto describe dentro de las responsabilidades primarias de la

Subsecretaría Capital Humano, entre otras, las de entender en el diseño y desarrollo

de programas y actividades tendientes a profesionalizar los recursos humanos

involucrados en la elaboración y gestión de políticas con impacto sobre la seguridad

pública, en coordinación con el Instituto Superior de Seguridad Pública;

Que en este sentido, la Subsecretaría de Capital Humano en enlace con el Comité de

Procesos y Calidad del Ministerio de Justicia y Seguridad, han generado mesas de

trabajo con profesionales de las áreas ministeriales con competencia en la materia y

dependencias policiales designadas oportunamente por la Jefatura de la Policía de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires (mediante NO-2022-18123069-GCABA-JPCDAD)

y el Instituto Superior de Seguridad Pública (mediante NO-2022-18457534-GCABA-

ISSP);

Que en este contexto, en atención a la función esencial de la Policía de la Ciudad de

Buenos Aires, resulta de vital importancia la creación de una "Guía de Actuación para

el Tratamiento de Personas con Trastorno del Espectro Autista (TEA)", para guiar el

accionar policial toda vez que deba realizar una intervención que involucre a una

persona con Trastorno del Espectro Autista;

Que ello implica una herramienta eficaz para acompañar la evolución y rendimiento del

personal de la Policía de la Ciudad a fin de lograr una aptitud operativa que permita

afrontar de la forma más eficiente posible las exigencias que requiere la función

encomendada;

Que, en este marco, la Subsecretaría Capital Humano y la Dirección General Técnica,

Administrativa y Legal han tomado la debida intervención en el marco de sus

competencias;

Que mediante el Decreto N° 252/21 se designó al Sr. Marcelo Silvio D'Alessandro

como Ministro de Justicia y Seguridad del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires.

Por ello, y en uso de las facultades conferidas por la Ley N° 6.292,

EL MINISTRO

DE JUSTICIA Y SEGURIDAD

RESUELVE:

Artículo 1°.- Apruébase la "Guía de Actuación para el Tratamiento de Personas con

Trastorno del Espectro Autista (TEA)" N° 4-OPP-018, que acompaña la presente como

Anexo (IF-2022-24323830-GCABA-SSCH).

Artículo 2°.- Instrúyase a la Dirección General Gestión de Capital Humano dependiente

de la Subsecretaría de Capital Humano, a realizar la difusión de la "Guía de Actuación

para el Tratamiento de Personas con Trastorno del Espectro Autista (TEA)" en las

Academias Mensuales del mes julio con la metodología de enseñanza adecuada a la

sensibilidad de la temática.

Artículo 3°.- Encomiendase al Instituto Superior de Seguridad Pública su incorporación

en los planes de formación inicial y continua, así como la adecuación y/o actualización

del contenido de la guía, toda vez que los avances en la materia lo amerite.

Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,

comuníquese a la Jefatura de la Policía de la Ciudad para su difusión mediante orden

interna del Día, al Instituto Superior de Seguridad Pública, a la Subsecretaría de

Capital Humano y la Dirección General Gestión de Capital Humano. Cumplido,

archívese. D'Alessandro


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 6415

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Art. 1 de la Resolución 544/MJYSGC/22 aprueba la Guía de Actuación para el Tratamiento de Personas con<br />Trastorno del Espectro Autista, en el marco de la Ley 5688.</p>