DISPOSICIÓN 5 2022 DIRECCION GENERAL PROGRAMAS DE COOPERACION FEDERAL
Síntesis:
SE APRUEBA - MANUAL DE PROCEDIMIENTOS - PROGRAMA BUENOS AIRES CELEBRA LAS REGIONES - DIRECCIÓN GENERAL PROGRAMAS DE COOPERACIÓN FEDERAL
Publicación:
13/07/2022
Sanción:
08/07/2022
Organismo:
DIRECCION GENERAL PROGRAMAS DE COOPERACION FEDERAL
VISTO: La Ley N° 6.292, los Decretos N° 268 /2018 y N° 463/19 y modificatorios, N°
268-AJG/2018 y DECNU-2020-297-APN-PTE y sus modificatorios, la Resoluciones N°
1-MGOBGC/14 y N° 277- MGOBGC/16, y
CONSIDERANDO:
Que oportunamente, por Resolución Firma Conjunta N° 1/MGOBGC/14 se creó el
programa "Buenos Aires Celebra Las Regiones", en la órbita de la de la entonces
Dirección General Programas de Cooperación Interjurisdiccional dependiente de este
Ministerio de Gobierno, de la Dirección General Colectividades, dependiente por aquel
entonces, de la Jefatura de Gabinete de Ministros y de la entonces Dirección General
Desarrollo y Competitividad de la Oferta, dependiente del Ente de Turismo;
Que posteriormente, en virtud de los cambios sufridos en la estructura del Ministerio
de Gobierno, por Resolución N° 277-MGOBGC/16, el programa "BUENOS AIRES
CELEBRA LAS REGIONES", fue transferido al ámbito de la entonces Dirección
General Programas de Cooperación Interjurisdiccional y Casas de la Ciudad
dependiente de la Subsecretaría de Asuntos Interjurisdiccionales y Política
Metropolitana;
Que, mediante el Decreto N° 268 /2018, se modificó la estructura organizativa del
Ministerio de Gobierno, creando así la Dirección General Programas de Cooperación
Interjurisdiccional y Representaciones de la Ciudad, dependiente de la Subsecretaría
Asuntos Interjurisdiccionales y Política Metropolitana, en reemplazo de la Dirección
General Programas de Cooperación Interjurisdiccional y Casas de la Ciudad;
Que, por la Ley N° 6.292, se aprobó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, contemplando en su artículo 2° al Ministerio de Gobierno;
Que, por su parte, mediante el Decreto N° 463/19 y sus modificatorios, se aprobó la
estructura organizativa dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, modificando la estructura orgánico funcional del Ministerio
de Gobierno;
Que, dentro de la referida norma, se creó la Dirección General Programas de
Cooperación Federal, dependiente de la Subsecretaría de Gobierno del Ministerio de
Gobierno, la cual resulta continuadora de las responsabilidades que ostentaba la
entonces Dirección General Programas de Cooperación Interjurisdiccional y
Representaciones de la Ciudad, dependiente de la Subsecretaría de Asuntos
Interjurisdiccionales y Política Metropolitana, que sustentan la ejecución del programa
en cuestión;
Que el mentado Programa fue creado con los objetivos de promover, difundir y
revalorizar las expresiones artísticas, visuales, gastronómicas, musicales, entre otras,
representativas del país; brindar al ciudadano porteño la posibilidad de conocer las
distintas expresiones culturales del país; fomentar y difundir el turismo y la cultura
mediante el desarrollo de acciones conjuntas entre el Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, las Provincias y los Municipios del país;
Que el Programa "BUENOS AIRES CELEBRA LAS REGIONES" cuenta con una serie
de procedimientos administrativos específicos que requieren la aprobación de un
Manual de Procedimientos que sirva para la ejecución del Programa de la forma más
eficiente posible.
Que dicho Manual, será un compendio de los circuitos administrativos relacionados a
la ejecución del Programa, así como una descripción del mismo y sus características,
y las de los Eventos realizados por "BUENOS AIRES CELEBRA LAS REGIONES".
Que por todo lo expuesto, resulta necesario dictar el acto administrativo que apruebe
el manual de procedimientos del Programa "BUENOS AIRES CELEBRA LAS
REGIONES";
Por ello, y en virtud de facultades que le son propias,
Artículo 1: Apruébese el Manual de Procedimientos del Programa "BUENOS AIRES
CELEBRA LAS REGIONES" de la Dirección General Programas de Cooperación
Federal, que como Anexo I (IF-2022-24972943-- GCABA-DGPCF), forma parte de la
presente.
Artículo 2: Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Comuníquese a la Subsecretaría de Gobierno y a la Dirección General Técnica,
Administrativa y Legal del Ministerio de Gobierno. Cumplido, archívese. Fredes