RESOLUCIÓN 1 2014 MINISTERIO DE GOBIERNO

Síntesis:

CREACIÓN DE PROGRAMAS - PROGRAMA BUENOS AIRES CELEBRA LAS REGIONES - DIRECCIÓN GENERAL PROGRAMAS DE COOPERACIÓN INTERJURISDICCIONAL - MINISTERIO DE GOBIERNO- DIRECCIÓN GENERAL COLECTIVIDADES - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS - DIRECCIÓN GENERAL DESARROLLO Y COMPETITIVIDAD DE LA OFERTA - ENTE DE TURISMO - ESTRUCTURA ORGÁNICA - ORGANIZATIVA

Publicación:

07/03/2014

Sanción:

26/02/2014

Organismo:

MINISTERIO DE GOBIERNO


VISTO:

La Constitución de la Ciudad de Buenos Aires, las Leyes N° 600, N° 2.627, modificada

por las Leyes N° 2.719 y N° 4.685, la Ley de Ministerios N° 4.013, modificada por la

Ley N° 4.516, el Decreto N° 660/11 y sus modificatorios, el Expediente N° 2.410.547-

MGEYA-DGPCINT/14, y

CONSIDERANDO:

Que es de interés para el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires fomentar,

profundizar y afianzar el vínculo con otras jurisdicciones del país;

Que la creación de Programas de carácter interjurisdiccional tiene por objeto afianzar

las relaciones de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires con otras jurisdicciones del

país;

Que la integración de los habitantes de todo el país constituye un instrumento para el

enriquecimiento del patrimonio cultural y de promoción y desarrollo del turismo;

Que el artículo 32 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

establece que la Ciudad facilita el acceso a los bienes culturales, propicia el

intercambio, protege y difunde las manifestaciones de la cultura popular, garantiza la

preservación, recuperación y difusión del patrimonio cultural y la historia de la Ciudad y

sus barrios;

Que el artículo 59 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

establece que la Ciudad promueve el turismo como factor de desarrollo económico,

social y cultural; potencia el aprovechamiento de recursos e infraestructura turística en

beneficio de sus habitantes y de los visitantes de otras Provincias o países y; fomenta

la explotación turística con otras jurisdicciones y países;

Que el artículo 27 de la Ley de Ministerios N° 4.013, modificada por la Ley N° 4.516,

establece entre los objetivos del Ministerio de Gobierno, el de coordinar y proponer las

relaciones del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires con otras

jurisdicciones del país, tales como los Estados Provinciales y los Municipios;

Que de conformidad con el Decreto N° 72/13, modificatorio del Decreto N° 660/11, le

compete a la Dirección General Programas de Cooperación Interjurisdiccional, la

misión de proponer programas y proyectos que fomenten vínculos de cooperación del

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires con otras jurisdicciones del país;

coordinar y organizar la participación de otras jurisdicciones del país en actividades

educativas, culturales, deportivas y sociales de la Ciudad de Buenos Aires; así como

también coordinar con los Ministerios, Secretarías y Entes de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires, todos aquellos programas del Gobierno de la Ciudad de articulación con

otras jurisdicciones del país;

Que por otra parte, el artículo 16, apartado 18 de la aludida Ley de Ministerios N°

4.013, modificada por la Ley N° 4.516 establece, entre los objetivos de la Jefatura de

Gabinete de Ministros, el de diseñar, implementar y ejecutar proyectos que fortalezcan

la construcción ciudadana;

Que dentro de las responsabilidades primarias de la Subsecretaría de Derechos

Humanos y Pluralismo Cultural, dependiente de la Jefatura de Gabinete de Ministros,

se encuentra la de garantizar, promover y difundir los Derechos Humanos, sus valores

y principios y el pluralismo social y cultural, a través de programas y políticas

tendientes a valorizar el respeto a la diversidad;

Que la promoción y difusión de actividades que propicien el intercambio cultural y

turístico entre la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y otras jurisdicciones del país a

través de programas de cooperación, resulta una política de estado fundamental para

el afianzamiento y profundización de las relaciones entre diferentes jurisdicciones;

Que en otro orden de ideas, mediante la Ley N° 2.627, modificada por las Leyes N°

2.719 y N° 4.685 se creó el Ente de Turismo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

como entidad autárquica en el ámbito del Ministerio de Cultura, con el objeto de

diseñar y ejecutar políticas y programas de promoción, desarrollo y fomento del

turismo como actividad económica estratégica de la Ciudad;

Que asimismo, el mencionado Ente de Turismo es la autoridad de aplicación de la Ley

N° 600, la cual define al turismo como "una actividad socioeconómica de interés

público y cultural para la Ciudad Autónoma de Buenos Aires";

Que de conformidad con las normas mencionadas, corresponde al Ente de Turismo de

la Ciudad Autónoma de Buenos Aires promover el turismo cultural y social en sus

diversos aspectos; como así también crear y fomentar planes de desarrollo que

involucren al conjunto de la comunidad tendientes a satisfacer las necesidades de

recreación de las personas con relación al tiempo libre; crear herramientas necesarias

para posicionar a Buenos Aires como sede de congresos, ferias, exposiciones y

convenciones y; desarrollar acciones con organismos, entes públicos y privados de

distintas jurisdicciones municipales, provinciales, nacionales e internacionales;

Que se entiende al turismo no sólo como una actividad económica generadora de

riqueza, sino también como un fenómeno social y cultural que permite fomentar la

integración entre los ciudadanos gracias al intercambio de experiencias;

Que dentro de las responsabilidades primarias de la Dirección General Desarrollo y

Competitividad de la Oferta, dependiente del Ente de Turismo, se encuentra la de

entender en la elaboración, desarrollo e implementación de planes de acción

asociados a la mejora de la calidad turística de la Ciudad; como así también articular

con diferentes áreas de gobierno acciones que permitan posicionar a la Ciudad de

Buenos Aires como destino de eventos, convenciones y ferias;

Que en el marco de lo expuesto, resulta conveniente la creación de un Programa de

carácter interjurisdiccional que permita generar un intercambio social, cultural y

turístico, con el fin de fortalecer e incrementar las relaciones entre la Ciudad Autónoma

de Buenos Aires y las demás jurisdicciones del país, a través de acciones y

actividades multidisciplinarias;

Que en tal sentido, resulta oportuno señalar como antecedente el resultado alcanzado

por las celebraciones realizadas en el marco del Programa denominado "Buenos Aires

Celebra" organizado por la Dirección General Colectividades, dependiente de la

Subsecretaría de Derechos Humanos y Pluralismo Cultural, orientado a la promoción y

difusión del patrimonio social, cultural, histórico y gastronómico de las colectividades

que residen en la ciudad de Buenos Aires;

Que en lo particular, el Programa estará orientado a generar acciones que permitan

generar un espacio de encuentro por medio del cual todas las regiones y subregiones

del país puedan compartir con los vecinos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires el

conjunto de los bienes culturales que constituyen su identidad, costumbres y

tradiciones, así como sus principales acciones artísticas, gastronómicas y turísticas,

entre otras;

Que el citado Programa funcionará en la órbita de la Dirección General Programas de

Cooperación Interjurisdiccional dependiente del Ministerio de Gobierno, de la Dirección

General Colectividades, dependiente de la Jefatura de Gabinete de Ministros y de la

Dirección General Desarrollo y Competitividad de la Oferta, dependiente del Ente de

Turismo.

Por ello, en uso de las facultades que les son propias,

EL PRESIDENTE DEL ENTE DE TURISMO, EL JEFE DE GABINETE DE

MINISTROS Y MINISTRO DE GOBIERNO

RESUELVEN

Artículo 1°.- Créase el Programa "BUENOS AIRES CELEBRA LAS REGIONES", en la

órbita de la Dirección General Programas de Cooperación Interjurisdiccional

dependiente del Ministerio de Gobierno, de la Dirección General Colectividades,

dependiente de la Jefatura de Gabinete de Ministros y de la Dirección General

Desarrollo y Competitividad de la Oferta, dependiente del Ente de Turismo..

Artículo 2°.- El programa creado por el artículo 1° de la presente Resolución tendrá los

siguientes objetivos:

a) Promover, difundir y revalorizar las expresiones artísticas, visuales, gastronómicas,

musicales, entre otras, representativas del país.

b) Brindar al ciudadano porteño la posibilidad de conocer las distintas expresiones

culturales del país.

c) Fomentar y difundir el turismo y la cultura mediante el desarrollo de acciones

conjuntas entre el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, las Provincias y

los Municipios del país.

Artículo 3°.- Encomiéndase a la Dirección General Programas de Cooperación

Interjurisdiccional, dependiente de la Subsecretaría de Asuntos Políticos del Ministerio

de Gobierno, conjuntamente con la Dirección General Colectividades, dependiente de

la Subsecretaría de Derechos Humanos y Pluralismo Cultural de la Jefatura de

Gabinete de Ministros y de la Dirección General Desarrollo y Competitividad de la

Oferta, dependiente del Ente de Turismo, el dictado de todos los actos administrativos

que resulten necesarios para la ejecución del Programa que se crea por el artículo 1°

de la presente Resolución.

Artículo 4°.- El gasto que demande la implementación del Programa creado en el

artículo 1° de la presente Resolución, se imputará a las partidas presupuestarias

correspondientes.

Artículo 5°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y, para su

conocimiento y demás efectos, comuníquese a las Direcciones Generales Técnica,

Administrativa y Legal y Programas de Cooperación Interjurisdiccional dependientes

del Ministerio de Gobierno, a las Direcciones Generales Técnica Administrativa y Legal

y Colectividades dependientes de la Jefatura de Gabinete de Ministros y a las

Direcciones Generales Técnica, Administrativa y Legal y Desarrollo y Competitividad

de la Oferta, dependiente del Ente de Turismo de la Ciudad de Buenos Aires.

Cumplido, archívese. de Andreis - Rodríguez Larreta - Monzó

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

COMPLEMENTA
Art 1 de la Res 1-MGOB-14, crea el Programa BUENOS AIRES CELEBRA LAS REGIONES, en la órbita de la Dirección General Desarrollo y Competitividad de la Oferta, dependiente del Ente de Turismo, estructura aprobada por Res 2-ENTUR-08.
COMPLEMENTADA POR
<p>Artículo 1 de la Disposición N° 5/DGPCF/22, aprueba el Manual de Procedimientos del Programa “BUENOS AIRES CELEBRA LAS REGIONES” en el marco del programa creado por Resolución Conjunta N° 1-MGOBGC...../14 transferido posteriormente por Resolución N° 277-MGOBGC/16.</p>
INTEGRADA POR
<p>Art 1 Disposición 2/DGPCF/21 crea el Proyecto  MUNICIPIOS EN BA del Programa Buenos Aires Celebra las Regiones,</p>
COMPLEMENTA
Art 1 de la Res 1-MGOB-14, crea el Programa BUENOS AIRES CELEBRA LAS REGIONES, en la órbita de la DG Programas de Cooperación Interjurisdiccional, dependiente del Ministerio de Gobierno, de la Dirección General Colectividades, dependiente de la Jefatura de Gabinete de Ministros, responsabilidades contenidas en el Dto 660-09.
COMPLEMENTA
Art 1 de la Res 1-MGOB-14, crea el Programa BUENOS AIRES CELEBRA LAS REGIONES, en la órbita de la DG Programas de Cooperación Interjurisdiccional, dependiente del Ministerio de Gobierno, de la Dirección General Colectividades,dependiente de la Jefatura de Gabinete de Ministros, estructura que fuera modificada por Dto 72-13.
COMPLEMENTADA POR
<p>Art. 1 de la Disposición N° 13-DGPCYCCIU-16, crea el Concurso BUENOS AIRES CELEBRA LAS REGIONES en marco del del Programa, BUENOS AIRES CELEBRA LAS REGIONES, creado por Resolución Conjunta N° 1-MGOBGC-ENTUR-MJGGC-14.</p>
INTEGRADA POR
<p>Art. 1 de la Resolución 277-MGOBGC-2016, transfiere a la Dirección General Programas de Cooperación y Casas el Programa Buenos Aires celebra las Regiones, creado por Resolución Conjunta 1-MOGOBC-ENTUR-MJGGC-2014.</p>
INTEGRADA POR
<p>Art. 1 de la Disposición 8-DGPCYCCIU-17 crea el Concurso BUENOS AIRES CELEBRA LAS REGIONES, destinado a personas mayores de dieciocho (18) años que asistan al evento Buenos Aires Celebra las Regiones, en el marco del Programa creado por la Resolución 1-MGOB-ENTUR-JGM-14.</p>