DECRETO 229 2022

Síntesis:

SE SUSTITUYE  ANEXO DEL DECRETO N° 155-19 REGLAMENTARIO DE LA LEY N° 6026 -   RÉGIMEN DE PARTICIPACIÓN CULTURAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES - FINANCIAMIENTO DE PROYECTOS CULTURALES - MINISTERIO DE CULTURA

Publicación:

14/07/2022

Sanción:

12/07/2022

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


VISTO: Las Leyes Nros 6.026 (Texto consolidado por Ley N° 6.347) y su modificatoria

y N° 6.292 (Texto consolidado por Ley N° 6.347), el Decreto N° 155/19, el Expediente

Electrónico N° 24999995-GCABA- MCGC/22, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 6.026 creó el Régimen de Participación Cultural de la Ciudad Autónoma

de Buenos Aires, destinado a estimular e incentivar la participación privada para el

financiamiento de proyectos culturales;

Que la citada Ley establece que la Autoridad de Aplicación del citado Régimen es el

Ministerio de Cultura, o el que lo reemplace en el futuro;

Que mediante Decreto N° 155/19 se reglamentó la referida Ley;

Que por Ley N° 6.292 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, contemplándose entre ellos al Ministerio de Desarrollo

Humano y Hábitat y al Ministerio de Cultura;

Que el artículo 22 de la mencionada Ley, dispone que el Ministerio de Cultura, tiene

entre sus objetivos, diseñar e implementar las políticas, planes y programas tendientes

a preservar y acrecentar el acervo cultural;

Que el artículo 23 del mismo cuerpo legal, dispone que corresponde al Ministerio de

Desarrollo Humano y Hábitat, diseñar e implementar políticas, planes y programas

para la promoción y protección de los derechos civiles, políticos, económicos, sociales,

culturales, comunitarios, humanos y los derechos de incidencia colectiva en general,

integrando otros organismos estatales y organizaciones de la sociedad civil;

Que la Ley N° 6.490 modificó los artículos 15, 17, 18 de la Ley N° 6.026, en lo referido

a los aportes efectuados por los contribuyentes, en virtud del régimen y/o cualquier

régimen vigente de patrocinio, mecenazgo o participación;

Que en atención a ello, deviene necesario introducir modificaciones al Decreto N°

155/19 y dictar una nueva reglamentación que contemple las modificaciones

introducidas al citado Régimen de Participación Cultural;

Que por lo expuesto, resulta necesario dictar el acto administrativo pertinente.

Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los artículos 102 y 104 de la

Constitución de la Ciudad de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1°.- Sustitúyase el Anexo (IF-2019-13630075-GCABA-MCGC) del Decreto N°

155/19 reglamentario de la Ley N° 6.026 (texto consolidado por Ley N° 6.347) y

modificatoria, por el Anexo I (IF-2022-25001266-GCABA-MCGC), que forma parte

integrante del presente Decreto.

Artículo 2°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Cultura, por la

señora Ministra de Desarrollo Humano y Hábitat, por el señor Ministro de Hacienda y

Finanzas y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.

Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,

comuníquese a la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP), y a los

Ministerios de Cultura, de Desarrollo Humano y Hábitat y de Hacienda y Finanzas.

Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ LARRETA - Avogadro - Migliore - Mura - Miguel


ANEXOS

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Artículo 1°.Decreto 229-22 sustituye  el Anexo del Decreto 155-19 reglamentario de la Ley N° 6026 <br /> </p>