RESOLUCIÓN 195 2022 ADMINISTRACION GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PUBLICOS

Síntesis:

SE FIJA - PERÍODO - RESOLUCIÓN 59-DGR-2006 - ENTRE LOS DÍAS 18 Y 22 DE JULIO DE 2022 - DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS - PLAZOS PROCEDIMENTALES LOS DÍAS HÁBILES ADMINISTRATIVOS - EXCLUSIÓN - REGIMEN PENAL TRIBUTARIO - VIGENCIA: A PARTIR DEL DÍA 18 DE JULIO DE 2022

Publicación:

15/07/2022

Sanción:

12/07/2022

Organismo:

ADMINISTRACION GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PUBLICOS


VISTO: El Código Fiscal aprobado por la Ley N° 6.505 (BOCBA N° 6285), la

Resolución N° 59-DGR/06 (BOCBA N° 2361) y los plazos administrativos establecidos

para los procedimientos vigentes ante esta Administración Gubernamental de Ingresos

Públicos vinculados con la determinación, fiscalización y percepción de los tributos a

su cargo y la aplicación de sanciones por infracciones materiales y formales

relacionadas con los mismos, y

CONSIDERANDO:

Que el Reglamento para la Justicia Nacional, el Reglamento General de Organización

y Funcionamiento del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el

Reglamento del Tribunal Superior de Justicia disponen la suspensión de la actividad

judicial en el ámbito de sus respectivas competencias, con excepción de aquellos

asuntos que por su naturaleza no admitan demora, durante el mes de enero y dos

semanas en el invierno de cada año;

Que diversas entidades de profesionales, cuyos miembros actúan en representación

de contribuyentes y responsables ante esta Jurisdicción, han solicitado a esta

Administración Gubernamental la adopción de medidas ordenatorias tendientes a la

suspensión de los plazos administrativos fijados para los procedimientos desarrollados

ante este Organismo durante los períodos de feria judicial;

Que por Resolución N° 59-DGR/06 se establece que en el ámbito de la Dirección

General de Rentas no se computan respecto de los plazos procedimentales, los días

hábiles comprendidos en la primera quincena de enero de cada año y la primera

semana correspondiente a la feria judicial de invierno que establezca para cada año el

Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que el Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ha

establecido la feria judicial de invierno entre los días 18 de julio y 29 de julio de 2022,

ambas fechas inclusive, mediante la Resolución N° 137-CM/22;

Que de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 1°, inciso b), de la Resolución N° 59-

DGR/06 se hace necesario precisar los días incluidos en dicho período.

Por ello, en ejercicio de las facultades que le son propias,

EL ADMINISTRADOR GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS

RESUELVE:

Artículo 1°.- Fíjase el período previsto en el artículo 1°, inciso b), de la Resolución N°

59-DGR/06 entre los días 18 y 22 de julio de 2022, ambas fechas inclusive.

Artículo 2°.- Quedan excluidos de la presente Resolución los plazos vinculados con la

configuración de los tipos penales previstos en el Régimen Penal Tributario

establecido en el Título IX de la Ley Nacional N° 27.430.

Artículo 3°.- La presente Resolución regirá a partir del día 18 de julio de 2022.

Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y

comuníquese a las Direcciones Generales de Rentas, de Análisis Fiscal, de

Relaciones Institucionales, de Estadística y Censos, Legal y Técnica, de Planificación

y Control y demás áreas dependientes de esta Administración Gubernamental de

Ingresos Públicos para su conocimiento y demás efectos. Comuníquese al Colegio

Público de Abogados de la Capital Federal y al Consejo Profesional de Ciencias

Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Cumplido archívese. Ballotta

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Art. 1 de la Resolución 195/AGIP/2022 fija  el período previsto en el artículo 1°, inciso b), de la Resolución N° 59-DGR/06 entre los días 18 y 22 de julio de 2022, ambas fechas inclusive.</p>