RESOLUCIÓN 9 2022 MINISTERIO DE DESARROLLO ECONOMICO Y PRODUCCION

Síntesis:

SE MODIFICA - ARTÍCULO 1 - RESOLUCIÓN FIRMA CONJUNTA - 8-MDEPGC-22 - SE FACULTA - SECRETARÍA DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICA - FINALIZACIÓN - CONCESIÓN DEL SERVICIO PÚBLICO DE CONTROL Y SANCIÓN DEL ESTACIONAMIENTO INDEBIDO - MACRO Y MICROCENTRO - AMPLIACIÓN DE LOS ESPACIOS DE ESTACIONAMIENTO TARIFADO EN LA VÍA PUBLICA - TRANSICIÓN AL SISTEMA DE ESTACIONAMIENTO REGULADO - SERVICIO DE GRÚAS - ACTUALIZACIÓN DE TASAS - REMOCIÓN Y ACARREO DE VEHÍCULOS

Publicación:

20/07/2022

Sanción:

15/07/2022

Organismo:

MINISTERIO DE DESARROLLO ECONOMICO Y PRODUCCION


VISTO: Las Leyes Nros. 2.148, 4.003, 5.728, 6.292 (textos consolidados por Ley N°

6.347) y 6.353, los Decretos Nros. 4922-MCBA/90, 463/19 y sus modificatorios, y

337/20, las Resoluciones Nros. 210- SECTOP/21, 747-SECTOP/21 y 253-SECTOP/22

y la Resolución de Firma Conjunta N° 8-MDEPGC/22, el Expediente Electrónico N°

10321320-GCABA-DGGSM/2022, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 6.292 sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires contemplando, entre ellos, a la Jefatura de Gabinete de

Ministros y al Ministerio de Desarrollo Económico y Producción;

Que el artículo 16 de dicha Ley establece entre los objetivos de la Jefatura de

Gabinete de Ministros entender en las políticas referidas a la gestión y fiscalización del

transporte del ordenamiento del tránsito;

Que, asimismo, en el artículo 21 de dicho plexo normativo se contempla entre los

objetivos del Ministerio de Desarrollo Económico y Producción entender en lo relativo a

las concesiones en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que por Decreto N° 463/19, y sus modificatorios, se aprobó la estructura orgánica

funcional del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Bueno Aires, disponiendo a la

Secretaría de Transporte y Obras Públicas como dependiente de la Jefatura de

Gabinete de Ministros y fijando entre sus responsabilidades primarias la de entender

las políticas referidas a la gestión, fiscalización y ordenamiento del tránsito y transporte

en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que, en ese sentido, el Decreto N° 337/20 estableció a la mencionada Secretaría de

Transporte y Obras Públicas como Autoridad de Aplicación de la Ley N° 2.148;

Que el Código de Tránsito y Transporte, aprobado por Ley N° 2.148, ha establecido un

nuevo Sistema de Estacionamiento Regulado y un nuevo Servicio de Grúas, este

último establecido en el artículo 2.1.5 del citado Código;

Que, en ese marco, mediante Resolución de Firma Conjunta N° 8-MDEPGC/22 el

Ministerio de Desarrollo Económico y Producción y la Jefatura de Gabinete de

Ministros facultaron a la Secretaría de Transporte y Obras Públicas a adoptar todas las

medidas y actos que resulten necesarios a los fines de llevar a cabo la finalización de

las Concesiones del Servicio Público de Control y Sanción del Estacionamiento

Indebido en el Macro y Microcentro y Ampliación de los Espacios de Estacionamiento

Tarifado en la Vía Pública y la transición hacia el nuevo Sistema de Estacionamiento

Regulado y al Servicio de Grúas;

Que, conforme las facultades otorgadas por la citada Resolución de Firma Conjunta, la

mencionada Secretaría, mediante Resolución N° 253-SECTOP/22, dejó parcialmente

sin efecto la continuidad de las Concesiones del Servicio Público de Control y Sanción

del Estacionamiento Indebido en el Macro y Microcentro y Ampliación de los Espacios

de Estacionamiento Tarifado en la Vía Pública, a cargo de las empresas BRD

S.A.I.C.F.I. y DAKOTA S.A., únicamente en lo referido a la prestación del servicio de

cobro de los espacios de estacionamiento tarifado en las áreas de prestación, a partir

del inicio del servicio de gestión y pago del Sistema de Estacionamiento Regulado;

Que toda vez que a la fecha no se encuentra adjudicado el nuevo Sistema de Grúas, y

a fin de evitar demoras en la actualización de la tasa del citado servicio, resulta

imperioso ampliar las facultades oportunamente otorgadas por la mentada Resolución

de Firma Conjunta y en consecuencia, autorizar a la Secretaría de Transporte y Obras

Públicas a actualizar las tasas del servicio de remoción y acarreo de vehículos en el

marco de las Concesiones del Servicio Público de Control y Sanción del

Estacionamiento Indebido en el Macro y Microcentro; y Ampliación de los Espacios de

Estacionamiento Tarifado en la Vía Pública;

Que, por lo expuesto, corresponde modificar el artículo 1° de la Resolución de Firma

Conjunta N°8-MDEPGC/22;

Que la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires ha tomado intervención en

el marco de sus competencias.

Por ello, y en uso de las facultades que les son propias,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

Y EL MINISTRO DE DESARROLLO ECONÓMICO Y PRODUCCIÓN

RESUELVEN:

Artículo 1°.- Modifícase el artículo 1° de la Resolución de Firma Conjunta N° 8-

MDEPGC/22, el que quedará redactado de la siguiente manera: "Artículo 1°. Facúltase

a la Secretaría de Transporte y Obras Públicas, dependiente de la Jefatura de

Gabinete de Ministros, o el organismo que en el futuro la reemplace, a adoptar todas

las medidas y actos que resulten necesarios a los fines de llevar a cabo la finalización

de la Concesión del Servicio Público de Control y Sanción del Estacionamiento

Indebido en el Macro y Microcentro y Ampliación de los Espacios de Estacionamiento

Tarifado en la Vía Publica y la transición al Sistema de Estacionamiento Regulado y al

Servicio de Grúas, inclusive la actualización de las tasas de remoción y acarreo de

vehículos, así como todo acto necesario tendiente al cumplimento del servicio

mencionado.-".

Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Para su

conocimiento y demás efectos, comuníquese a la Secretaría de Transporte y Obras

Públicas de la Jefatura de Gabinete de Ministros. Cumplido, archívese. Miguel - Giusti

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Artículo 1° de la Resolución N° 9/MDEPGC/22, modifica el artículo 1° de la Resolución de Firma Conjunta N° 8- MDEPGC/22.</p>