RESOLUCIÓN 9 2022 MINISTERIO DE DESARROLLO ECONOMICO Y PRODUCCION
Síntesis:
SE MODIFICA - ARTÍCULO 1 - RESOLUCIÓN FIRMA CONJUNTA - 8-MDEPGC-22 - SE FACULTA - SECRETARÍA DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICA - FINALIZACIÓN - CONCESIÓN DEL SERVICIO PÚBLICO DE CONTROL Y SANCIÓN DEL ESTACIONAMIENTO INDEBIDO - MACRO Y MICROCENTRO - AMPLIACIÓN DE LOS ESPACIOS DE ESTACIONAMIENTO TARIFADO EN LA VÍA PUBLICA - TRANSICIÓN AL SISTEMA DE ESTACIONAMIENTO REGULADO - SERVICIO DE GRÚAS - ACTUALIZACIÓN DE TASAS - REMOCIÓN Y ACARREO DE VEHÍCULOS
Publicación:
20/07/2022
Sanción:
15/07/2022
Organismo:
MINISTERIO DE DESARROLLO ECONOMICO Y PRODUCCION
VISTO: Las Leyes Nros. 2.148, 4.003, 5.728, 6.292 (textos consolidados por Ley N°
6.347) y 6.353, los Decretos Nros. 4922-MCBA/90, 463/19 y sus modificatorios, y
337/20, las Resoluciones Nros. 210- SECTOP/21, 747-SECTOP/21 y 253-SECTOP/22
y la Resolución de Firma Conjunta N° 8-MDEPGC/22, el Expediente Electrónico N°
10321320-GCABA-DGGSM/2022, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 6.292 sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires contemplando, entre ellos, a la Jefatura de Gabinete de
Ministros y al Ministerio de Desarrollo Económico y Producción;
Que el artículo 16 de dicha Ley establece entre los objetivos de la Jefatura de
Gabinete de Ministros entender en las políticas referidas a la gestión y fiscalización del
transporte del ordenamiento del tránsito;
Que, asimismo, en el artículo 21 de dicho plexo normativo se contempla entre los
objetivos del Ministerio de Desarrollo Económico y Producción entender en lo relativo a
las concesiones en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que por Decreto N° 463/19, y sus modificatorios, se aprobó la estructura orgánica
funcional del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Bueno Aires, disponiendo a la
Secretaría de Transporte y Obras Públicas como dependiente de la Jefatura de
Gabinete de Ministros y fijando entre sus responsabilidades primarias la de entender
las políticas referidas a la gestión, fiscalización y ordenamiento del tránsito y transporte
en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que, en ese sentido, el Decreto N° 337/20 estableció a la mencionada Secretaría de
Transporte y Obras Públicas como Autoridad de Aplicación de la Ley N° 2.148;
Que el Código de Tránsito y Transporte, aprobado por Ley N° 2.148, ha establecido un
nuevo Sistema de Estacionamiento Regulado y un nuevo Servicio de Grúas, este
último establecido en el artículo 2.1.5 del citado Código;
Que, en ese marco, mediante Resolución de Firma Conjunta N° 8-MDEPGC/22 el
Ministerio de Desarrollo Económico y Producción y la Jefatura de Gabinete de
Ministros facultaron a la Secretaría de Transporte y Obras Públicas a adoptar todas las
medidas y actos que resulten necesarios a los fines de llevar a cabo la finalización de
las Concesiones del Servicio Público de Control y Sanción del Estacionamiento
Indebido en el Macro y Microcentro y Ampliación de los Espacios de Estacionamiento
Tarifado en la Vía Pública y la transición hacia el nuevo Sistema de Estacionamiento
Regulado y al Servicio de Grúas;
Que, conforme las facultades otorgadas por la citada Resolución de Firma Conjunta, la
mencionada Secretaría, mediante Resolución N° 253-SECTOP/22, dejó parcialmente
sin efecto la continuidad de las Concesiones del Servicio Público de Control y Sanción
del Estacionamiento Indebido en el Macro y Microcentro y Ampliación de los Espacios
de Estacionamiento Tarifado en la Vía Pública, a cargo de las empresas BRD
S.A.I.C.F.I. y DAKOTA S.A., únicamente en lo referido a la prestación del servicio de
cobro de los espacios de estacionamiento tarifado en las áreas de prestación, a partir
del inicio del servicio de gestión y pago del Sistema de Estacionamiento Regulado;
Que toda vez que a la fecha no se encuentra adjudicado el nuevo Sistema de Grúas, y
a fin de evitar demoras en la actualización de la tasa del citado servicio, resulta
imperioso ampliar las facultades oportunamente otorgadas por la mentada Resolución
de Firma Conjunta y en consecuencia, autorizar a la Secretaría de Transporte y Obras
Públicas a actualizar las tasas del servicio de remoción y acarreo de vehículos en el
marco de las Concesiones del Servicio Público de Control y Sanción del
Estacionamiento Indebido en el Macro y Microcentro; y Ampliación de los Espacios de
Estacionamiento Tarifado en la Vía Pública;
Que, por lo expuesto, corresponde modificar el artículo 1° de la Resolución de Firma
Conjunta N°8-MDEPGC/22;
Que la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires ha tomado intervención en
el marco de sus competencias.
Por ello, y en uso de las facultades que les son propias,
Artículo 1°.- Modifícase el artículo 1° de la Resolución de Firma Conjunta N° 8-
MDEPGC/22, el que quedará redactado de la siguiente manera: "Artículo 1°. Facúltase
a la Secretaría de Transporte y Obras Públicas, dependiente de la Jefatura de
Gabinete de Ministros, o el organismo que en el futuro la reemplace, a adoptar todas
las medidas y actos que resulten necesarios a los fines de llevar a cabo la finalización
de la Concesión del Servicio Público de Control y Sanción del Estacionamiento
Indebido en el Macro y Microcentro y Ampliación de los Espacios de Estacionamiento
Tarifado en la Vía Publica y la transición al Sistema de Estacionamiento Regulado y al
Servicio de Grúas, inclusive la actualización de las tasas de remoción y acarreo de
vehículos, así como todo acto necesario tendiente al cumplimento del servicio
mencionado.-".
Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Para su
conocimiento y demás efectos, comuníquese a la Secretaría de Transporte y Obras
Públicas de la Jefatura de Gabinete de Ministros. Cumplido, archívese. Miguel - Giusti