RESOLUCIÓN 8 2022 MINISTERIO DE DESARROLLO ECONOMICO Y PRODUCCION
Síntesis:
SE FACULTA - SECRETARÍA DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS - ADOPTAR MEDIDAS Y ACTOS NECESARIOS - FINALIZACIÓN DE LAS CONCESIONES DEL SERVICIO PÚBLICO DE CONTROL Y SANCIÓN DEL ESTACIONAMIENTO INDEBIDO - MACRO Y MICROCENTRO - AMPLIACIÓN DE LOS ESPACIOS DE ESTACIONAMIENTO TARIFADO EN LA VÍA PÚBLICA - TRANSICIÓN AL SISTEMA DE ESTACIONAMIENTO REGULADO - SERVICIO DE GRÚAS - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS - MINISTERIO DE DESARROLLO ECONÓMICO Y PRODUCCIÓN
Publicación:
30/03/2022
Sanción:
29/03/2022
Organismo:
MINISTERIO DE DESARROLLO ECONOMICO Y PRODUCCION
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VISTO: Las Leyes Nros. 2148, 4003, 5728, 6292 (textos consolidados por Ley N°
6347) y 6353, los Decretos Nros. 4922-MCBA/90, 463/19 y sus modificatorios, las
Resoluciones Nros. 210/SECTOP/21 y 747/SECTOP/21, el Expediente Electrónico N°
EX-2022-10321320- -GCABA-DGGSM, y
CONSIDERANDO:
Que por Decreto N° 4922-MCBA/90, la entonces Municipalidad de la Ciudad de
Buenos Aires adjudicó la Concesión del Servicio Público de Control y Sanción del
Estacionamiento Indebido en el Macro y Microcentro y Ampliación de los Espacios de
Estacionamiento Tarifado en la Vía Pública, a las firmas BRD S.A.I.C.F.I. (Sector I) y
DAKOTA S.A. (Sector II);
Que, en función del citado Decreto, con fecha 6 de noviembre de 1990 se suscribieron
los contratos de concesión con las firmas BRD S.A.I.C.F.I. y DAKOTA S.A.,
respectivamente;
Que, si bien los contratos originalmente suscriptos vencieron el marzo de 2001, las
firmas continúan actualmente con la prestación del servicio conforme a lo dispuesto en
el artículo 7.1 del Pliego de Bases y Condiciones Particulares que rigió dicha Licitación
y a lo dictaminado al respecto por la Procuración General de la Ciudad en fecha 17 de
diciembre de 2001, en el marco del Expediente N° 10171/2000;
Que dichas concesiones prevén la prestación de los servicios de remoción de
vehículos por grúas y de sistema de estacionamiento medido en la vía pública de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que el Código de Tránsito y Transporte de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
aprobado por Ley N° 2148, ha delineado nuevas regulaciones para la administración
de estos servicios, estableciendo un nuevo Sistema de Estacionamiento Regulado y
un nuevo Servicio de Grúas, los cuales se encuentran a cargo de la Secretaría de
Transporte y Obras Públicas, en su carácter de Autoridad de Aplicación de dicho
Código;
Que, en este sentido, el citado Código, en su Capítulo 7.4, regula el nuevo Sistema de
Estacionamiento Regulado de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, como un medio
para favorecer el ordenamiento del tránsito y optimizar el uso de los espacios
disponibles para el estacionamiento vehicular en la vía pública, entre otros fines,
administrado por el Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
pudiendo prestar el servicio por sí o a través de terceros, licitando la prestación de
determinados servicios relativos al mismo;
Que asimismo, el artículo 2.1.5 del citado Código establece que la Autoridad de
Aplicación dispone de un servicio de grúas para el acarreo de vehículos, que podrá
prestar por sí o a través de un tercero, previo llamado a Licitación, a los efectos de
trasladar los vehículos desde la vía pública a los sitios destinados a su guarda;
Que, en cumplimiento a lo establecido por el Capítulo 7.4 del Código de Tránsito y
Transporte, por Resolución N° 210-SECTOP/21 se aprobaron los Pliegos de Bases y
Condiciones y se llamó a Licitación Pública Nacional e Internacional N° 7323-0196-
LPU21, para la contratación de un Servicio de gestión y pago del Sistema de
Estacionamiento Regulado en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con
destino a la Dirección General de Gestión de Servicios de Movilidad, perteneciente a la
Subsecretaría de Gestión de la Movilidad dependiente de la Secretaría de Transporte
y Obras Públicas, por un plazo de treinta y seis (36) meses;
Que mediante Resolución N° 747-SECTOP/21, se aprobó la citada Licitación Pública
Nacional e Internacional, adjudicándose el único Renglón a la UT MECHP S.R.L.-
INTEGRA PARKING SOLUTIONS SL, encontrándose en proceso de implementación
el nuevo Sistema de Estacionamiento Regulado;
Que, por otro lado, la Ley N° 6.353 estableció que el Poder Ejecutivo, o el organismo
que éste determine, podrá llamar a licitación pública para la contratación de la
prestación del servicio de grúas para el acarreo de vehículos, por un plazo máximo de
diez (10) años, de acuerdo a los lineamientos contenidos en el artículo 1° de la citada
Ley;
Que en la actualidad, la Secretaría de Transporte y Obras Públicas se encuentra en
proceso de elaboración de los pliegos licitatorios para el llamado a licitación pública
para la contratación de la prestación del servicio de grúas para el acarreo de
vehículos;
Que de acuerdo a lo hasta aquí expuesto y atento al estado de actuaciones
mencionadas, resulta imperioso arbitrar las medidas necesarias para administrar la
finalización de las Concesiones del Servicio Público de Control y Sanción del
Estacionamiento Indebido en el Macro y Microcentro y Ampliación de los Espacios de
Estacionamiento Tarifado en la Vía Pública, y la correcta transición hacia la
implementación del nuevo Sistema de Estacionamiento Regulado y de la futura
contratación del Servicio de Grúas previstos en el Código de Tránsito y Transporte,
resguardando los derechos laborales del personal que actualmente presta funciones
en las empresas concesionarias;
Que por la Ley N° 6.292 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, contemplándose entre ellos a la Jefatura de Gabinete de
Ministros y al Ministerio de Desarrollo Económico y Producción;
Que en el artículo 16 de dicha Ley se establece, entre los objetivos de la Jefatura de
Gabinete de Ministros, el de entender en las políticas referidas a la gestión y
fiscalización del transporte y del ordenamiento del tránsito;
Que asimismo, en el artículo 21 dicho plexo normativo se contempla entre los objetivos
del Ministerio de Desarrollo Económico y Producción el de entender en lo relativo a las
concesiones en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que por Decreto N° 463/19 y sus modificatorios, se aprobó la estructura orgánico
funcional del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplando
a la Secretaría de Transporte y Obras Públicas como dependiente de la Jefatura de
Gabinete de Ministros;
Que el mencionado Decreto establece, entre las responsabilidades primarias de la
referida Secretaria, la de entender en las políticas referidas a la gestión, fiscalización y
ordenamiento del tránsito y transporte en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que en este sentido, las prestaciones del futuro servicio de grúas y estacionamiento
regulado, estarán bajo la órbita de la Secretaría de Transporte y Obras Públicas o el
organismo que en el futuro la reemplace, motivo por el cual resulta razonable dotar a
dicho organismo de todas las medidas y actos que resulten necesarios a los fines de
llevar a cabo la finalización de las Concesiones del Servicio Público de Control y
Sanción del Estacionamiento Indebido en el Macro y Microcentro y Ampliación de los
Espacios de Estacionamiento Tarifado en la Vía Pública y la transición hacia el nuevo
Sistema de Estacionamiento Regulado y al Servicio de Grúas;
Que la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires ha tomado intervención en
el marco de sus competencias.
Por ello, en uso de las facultades conferidas que le son propias,
Artículo 1°.- Facúltase a la Secretaría de Transporte y Obras Públicas, dependiente de
la Jefatura de Gabinete de Ministros, o el organismo que en el futuro la reemplace, a
adoptar todas las medidas y actos que resulten necesarios a los fines de llevar a cabo
la finalización de las Concesiones del Servicio Público de Control y Sanción del
Estacionamiento Indebido en el Macro y Microcentro y Ampliación de los Espacios de
Estacionamiento Tarifado en la Vía Pública y la transición al Sistema de
Estacionamiento Regulado y al Servicio de Grúas.
Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Para su
conocimiento y demás efectos, comuníquese a la Secretaría de Transporte y Obras
Públicas de la Jefatura de Gabinete de Ministros. Cumplido, archívese. Miguel - Giusti