LEY 1419 2004

Síntesis:

EXIME A LA DIRECCIÓN GENERAL DE MICROEMPRENDIMIENTOS DE LA SECRETARÍA DE DESARROLLO SOCIAL DEL PAGO DEL CANON LOCATIVO DEL CENTRO DE EXPOSICIONES DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES , PARA LA REALIZACIÓN DEL EVENTO BUENOS AIRES PRODUCE - PRIMERA EXPOSICIÓN DE MICROEMPRENDEDORES Y PRODUCTORES DE ECONOMÍA SOCIAL C.E. N° 53.133/04. - EXIMICIÓN DE PAGOS - EXENCIÓN DE IMPUESTOS - PAGO DE DERECHOS DE ARRENDAMIENTO

Publicación:

24/09/2004

Sanción:

12/08/2004

Organismo:

LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

Promulgación:

14/09/2004


La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de

Ley:

Artículo 1° - Exímese a la Dirección General de Microempren-dimientos del G.C.B.A. del pago del derecho de arrendamiento, establecido en los artículos 7° y 19 del Decreto N° 7.962/78 y en la Ley Tarifaria vigente, por la utilización del Centro de Exposiciones de la Ciudad de Buenos Aires, entre los días 17 y 20 de septiembre del corriente año, para la realización del evento Buenos Aires Produce - Primera Exposición de Microemprendedores y Productores de la Economía Social.

Artículo 2° - La presente eximición sólo comprende el canon locativo, debiendo hacerse efectivo el pago de las garantías por futuro consumo de servicios previstas por el artículo 10 del Decreto N° 7.962/78 y concertarse los seguros previstos por el artículo 25 del citado Decreto.

Artículo 3° - Comuníquese, etc. de Estrada - Alemany

Buenos Aires, 16 de setiembre de 2004

En virtud de lo prescripto en el artículo 86 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y en ejercicio de las facultades conferidas por el Art. 8° del Decreto N° 2.343/GCBA/98, certifico que la Ley N° 1.419 (Expediente N° 53.133/2004), sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en su sesión del día 12 de agosto de 2004, ha quedado automáticamente promulgada el día 14 de septiembre de 2004.

Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, gírese copia a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por intermedio de la Dirección General de Asuntos Políticos y Legislativos, y para su conocimiento y demás efectos, remítase a las Secretarías de Desarrollo Social y de Hacienda y Finanzas. Cohen

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

EXCEPTUA
Ley 1419 en su art. 1° exime a la Dirección General de Microemprendimientos del pago del derecho de arrendamiento establecido en artículos 7° y 19 Decreto N° 7962-78