DISPOSICIÓN 34 2022 DIRECCION GENERAL PLANIFICACION Y SEGUIMIENTO

Síntesis:

SE APRUEBA - CONVOCATORIA - CALLES CULTURALES MICROCENTRO - PROGRAMA CALLES CULTURALES - BASES Y CONDICIONES ESPECÍFICAS - SE CONVOCA - ESPACIOS CULTURALES INDEPENDIENTES - ACTORES CULTURALES AFINES - COMUNA 1- SECTOR URBANO - MICROCENTRO - DELIMITADO POR CALLES - AV SANTA FE - AV ALEM - AV BELGRANO - CARLOS PELLEGRINI - DESDE 1 DE AGOSTO 2022 - A LAS 10 HORAS - HASTA 12 DE AGOSTO DE 2022 - HASTA LAS 10 HORAS

Publicación:

26/07/2022

Sanción:

22/07/2022

Organismo:

DIRECCION GENERAL PLANIFICACION Y SEGUIMIENTO


VISTO: La Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; la Ley N° 6.292

(texto consolidado por Ley N° 6.347); el Decreto N° 463-GCABA/19 y modificatorios; la

Resolución N.° 175-GCABA- MCGC/22; el Expediente Electrónico N° 04555179-

GCABA-DGPSE/22, y

CONSIDERANDO:

Que la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en su artículo 32

establece que "la Ciudad distingue y promueve todas las actividades creadoras.

Garantiza la democracia cultural; asegura la libre expresión artística (...); impulsa la

formación artística y artesanal (...); procura la calidad y jerarquía de las producciones

artísticas e incentiva la actividad de los artistas nacionales; protege y difunde las

manifestaciones de la cultura popular; contempla la participación de los creadores y

trabajadores y sus entidades, en el diseño y la evaluación de las políticas; protege y

difunde su identidad pluralista y multiétnica y sus tradiciones";

Que la Ley de Ministerios N° 6.292 (texto consolidado por Ley N° 6.347), artículo 2°,

establece entre los Ministerios del Poder Ejecutivo al Ministerio de Cultura;

Que por el Decreto N° 463-GCABA/19, y sus modificatorios, se aprobó la estructura

orgánico funcional del Poder Ejecutivo del Gobierno de esta Ciudad Autónoma de

Buenos Aires, asignando a la Dirección General de Planificación y Seguimiento bajo la

órbita del Ministerio de Cultura, y estableciendo dentro de sus responsabilidades

primarias la de "coordinar la relación del Ministerio con actores públicos y propios del

ámbito cultural", entre otras;

Que mediante Resolución N° 175-GCABA-MCGC/22 se aprobó el Programa "Calles

Culturales", cuyo objeto es el de fomentar la actividad cultural e identidad barrial a

través de espacios culturales independientes y otros actores culturales afines de los

distintos barrios de la Ciudad de Buenos Aires, en todas sus disciplinas artísticas y/o

culturales;

Que la mencionada norma determina que la Dirección General Planificación y

Seguimiento es la Autoridad de Aplicación para la realización de las convocatorias y

actividades enmarcadas en el programa "Calles Culturales", y estará facultada para

adoptar las decisiones reglamentarias y operativas necesarias para su

implementación, incluidas el establecimiento de fechas, llamados y el dictado de Actos

Administrativos necesarios para las distintas convocatorias a realizarse sobre los

lineamientos de la misma durante el año 2022, como así también la suscripción del

Anexo IV "ACTA ACUERDO" para las distintas convocatorias, con intervención,

cuando corresponda, de las áreas técnicas dependientes de la Dirección General

Técnica Administrativa y Legal del Ministerio de Cultura;

Que, en virtud de lo expuesto, esta Dirección General impulsa la realización de la

convocatoria "Calles Culturales Microcentro", en el marco de la Resolución N° 175-

GCABA-MCGC/22 que aprueba el Programa de Calles Culturales y sobre las bases y

condiciones establecidas en dicha norma.

Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,

LA DIRECTORA GENERAL PLANIFICACIÓN Y SEGUIMIENTO

DISPONE

Artículo 1°.- Apruébase la convocatoria "Calles Culturales Microcentro" en el marco del

Programa "Calles Culturales", conforme la Resolución N° 175-GCABA-MCGC/22 y a

los anexos que forman parte de la mencionada norma, como así también al Anexo

Complementario "Bases y Condiciones específicas convocatoria Calles Culturales

Microcentro", que identificado bajo número DI-2022-26684109-GCABA-DGPSE forma

parte integrante de la presente Disposición.

Artículo 2°.- Convócase a espacios culturales independientes y otros actores culturales

afines radicados en la Comuna 1, enmarcados en el sector urbano denominado

"Microcentro", delimitado por las calles: Av. Santa Fe (al norte), Av. Alem (al este), Av.

Belgrano (al sur) y Carlos Pellegrini (al oeste), a participar de la convocatoria Calles

Culturales Microcentro, desde las 10 horas del día 1 de agosto de 2022 hasta las 10

horas del día 12 de agosto de 2022.

Artículo 3°.- El gasto será atendido con cargo en la partida específica vigente para el

presente ejercicio.

Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

y, para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General Técnica,

Administrativa y Legal. Cumplido, archívese en la repartición de origen. Slauscius


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 6426

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICADA POR
<p>Articulo 1° de la Disposición N° 41/DGPSE/2022 prorroga el cierre de la convocatoria Calles Culturales Microcentro estipulado en el Anexo Complementario Bases y Condiciones específicas convocatoria Calles Culturales Microcentro, aprobado por la Disposición N° 34/DGPSE/22, el que se extenderá hasta las 10 horas del día 19 de agosto de 2022.</p><p>Articulo 2° modifica el punto 9 del Anexo Complementario Bases y Condiciones específicas convocatoria Calles Culturales Microcentro. </p>
INTEGRA
<p>Artículo 1 de la Disposición N° 34/DGPSE/22 aprueba la convocatoria “Calles Culturales Microcentro” en el marco del Programa “Calles Culturales”, aprobado por Resolución N° 175-GCABA-MCGC/22.</p>