DISPOSICIÓN 34 2022 DIRECCION GENERAL PLANIFICACION Y SEGUIMIENTO
Síntesis:
SE APRUEBA - CONVOCATORIA - CALLES CULTURALES MICROCENTRO - PROGRAMA CALLES CULTURALES - BASES Y CONDICIONES ESPECÍFICAS - SE CONVOCA - ESPACIOS CULTURALES INDEPENDIENTES - ACTORES CULTURALES AFINES - COMUNA 1- SECTOR URBANO - MICROCENTRO - DELIMITADO POR CALLES - AV SANTA FE - AV ALEM - AV BELGRANO - CARLOS PELLEGRINI - DESDE 1 DE AGOSTO 2022 - A LAS 10 HORAS - HASTA 12 DE AGOSTO DE 2022 - HASTA LAS 10 HORAS
Publicación:
26/07/2022
Sanción:
22/07/2022
Organismo:
DIRECCION GENERAL PLANIFICACION Y SEGUIMIENTO
VISTO: La Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; la Ley N° 6.292
(texto consolidado por Ley N° 6.347); el Decreto N° 463-GCABA/19 y modificatorios; la
Resolución N.° 175-GCABA- MCGC/22; el Expediente Electrónico N° 04555179-
GCABA-DGPSE/22, y
CONSIDERANDO:
Que la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en su artículo 32
establece que "la Ciudad distingue y promueve todas las actividades creadoras.
Garantiza la democracia cultural; asegura la libre expresión artística (...); impulsa la
formación artística y artesanal (...); procura la calidad y jerarquía de las producciones
artísticas e incentiva la actividad de los artistas nacionales; protege y difunde las
manifestaciones de la cultura popular; contempla la participación de los creadores y
trabajadores y sus entidades, en el diseño y la evaluación de las políticas; protege y
difunde su identidad pluralista y multiétnica y sus tradiciones";
Que la Ley de Ministerios N° 6.292 (texto consolidado por Ley N° 6.347), artículo 2°,
establece entre los Ministerios del Poder Ejecutivo al Ministerio de Cultura;
Que por el Decreto N° 463-GCABA/19, y sus modificatorios, se aprobó la estructura
orgánico funcional del Poder Ejecutivo del Gobierno de esta Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, asignando a la Dirección General de Planificación y Seguimiento bajo la
órbita del Ministerio de Cultura, y estableciendo dentro de sus responsabilidades
primarias la de "coordinar la relación del Ministerio con actores públicos y propios del
ámbito cultural", entre otras;
Que mediante Resolución N° 175-GCABA-MCGC/22 se aprobó el Programa "Calles
Culturales", cuyo objeto es el de fomentar la actividad cultural e identidad barrial a
través de espacios culturales independientes y otros actores culturales afines de los
distintos barrios de la Ciudad de Buenos Aires, en todas sus disciplinas artísticas y/o
culturales;
Que la mencionada norma determina que la Dirección General Planificación y
Seguimiento es la Autoridad de Aplicación para la realización de las convocatorias y
actividades enmarcadas en el programa "Calles Culturales", y estará facultada para
adoptar las decisiones reglamentarias y operativas necesarias para su
implementación, incluidas el establecimiento de fechas, llamados y el dictado de Actos
Administrativos necesarios para las distintas convocatorias a realizarse sobre los
lineamientos de la misma durante el año 2022, como así también la suscripción del
Anexo IV "ACTA ACUERDO" para las distintas convocatorias, con intervención,
cuando corresponda, de las áreas técnicas dependientes de la Dirección General
Técnica Administrativa y Legal del Ministerio de Cultura;
Que, en virtud de lo expuesto, esta Dirección General impulsa la realización de la
convocatoria "Calles Culturales Microcentro", en el marco de la Resolución N° 175-
GCABA-MCGC/22 que aprueba el Programa de Calles Culturales y sobre las bases y
condiciones establecidas en dicha norma.
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,
Artículo 1°.- Apruébase la convocatoria "Calles Culturales Microcentro" en el marco del
Programa "Calles Culturales", conforme la Resolución N° 175-GCABA-MCGC/22 y a
los anexos que forman parte de la mencionada norma, como así también al Anexo
Complementario "Bases y Condiciones específicas convocatoria Calles Culturales
Microcentro", que identificado bajo número DI-2022-26684109-GCABA-DGPSE forma
parte integrante de la presente Disposición.
Artículo 2°.- Convócase a espacios culturales independientes y otros actores culturales
afines radicados en la Comuna 1, enmarcados en el sector urbano denominado
"Microcentro", delimitado por las calles: Av. Santa Fe (al norte), Av. Alem (al este), Av.
Belgrano (al sur) y Carlos Pellegrini (al oeste), a participar de la convocatoria Calles
Culturales Microcentro, desde las 10 horas del día 1 de agosto de 2022 hasta las 10
horas del día 12 de agosto de 2022.
Artículo 3°.- El gasto será atendido con cargo en la partida específica vigente para el
presente ejercicio.
Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
y, para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General Técnica,
Administrativa y Legal. Cumplido, archívese en la repartición de origen. Slauscius