RESOLUCIÓN 4739 2022 MINISTERIO DE CULTURA

Síntesis:

SE DEROGA - RESOLUCIÓN 1478-MCGC/21 - SE APRUEBA - PROCEDIMIENTO - SOLICITUDES - INCLUSIÓN - RÉGIMEN DE PARTICIPACIÓN CULTURAL 

Publicación:

01/08/2022

Sanción:

27/07/2022

Organismo:

MINISTERIO DE CULTURA

Estado:

No vigente


VISTO: La Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; la Ley N° 27.541; los

Decretos de Necesidad y Urgencia Nros. 260-PEN/20, 167-PEN/21, 867-PEN/21 y 1-

GCBA/20; las Leyes Nros. 6.026 (texto consolidado por Ley N° 6.347), modificada por

Ley N° 6.490, y 6.292 (texto consolidado por Ley N ° 6.347); los Decretos Nros. 155-

GCABA/19, 463-GCABA/19, 107-GCABA/22 y 229-GCABA/22; la Resolución N° 1478-

MCGC/21, el Expediente Electrónico N° EX-2022-24889712-GCABA-DGDCC, y

CONSIDERANDO:

Que con fecha 11 de marzo de 2020, la Organización Mundial de la Salud, declaró el

brote del virus SARS-CoV-2 como una pandemia.

Que en dicho marco, mediante el Decreto N° 260-PEN/20, se amplió la emergencia

pública en materia sanitaria establecida por la Ley N° 27.541, por el plazo de un año a

partir de la entrada en vigencia de dicha norma, habiendo sido prorrogado el

mencionado decreto hasta el 31 de diciembre de 2021, por el Decreto N° 167-PEN/21,

en los términos del mismo.

Que por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 867-PEN/21, se prorrogó el Decreto

N° 260-PEN/20, sus modificatorios y normas complementarias, hasta el día 31 de

diciembre de 2022.

Que por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1-GCBA/20 y sus correspondientes

prórrogas, se declaró la emergencia sanitaria en el ámbito de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires a los fines de atender y adoptar las medidas necesarias para prevenir y

reducir el riesgo de propagación del contagio en la población del virus COVID-19

(Coronavirus).

Que la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en su artículo 32

establece que "la Ciudad distingue y promueve todas las actividades creadoras.

Garantiza la democracia cultural; asegura la libre expresión artística...; impulsa la

formación artística y artesanal...; procura la calidad y jerarquía de las producciones

artísticas e incentiva la actividad de los artistas nacionales; protege y difunde las

manifestaciones de la cultura popular; contempla la participación de los creadores y

trabajadores y sus entidades, en el diseño y la evaluación de las políticas; protege y

difunde su identidad pluralista y multiétnica y sus tradiciones".

Que la Ley de Ministerios de esta Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 6.292 (texto

consolidado por Ley N° 6.347) establece, entre las funciones de este Ministerio de

Cultura, las de "Diseñar e implementar las políticas, planes y programas tendientes a

preservar y acrecentar el acervo cultural" (Artículo 22, Inc. 1°).

Que la Ley N° 6.026 (texto consolidado por Ley N° 6.347), modificada por Ley N°

6.490, creó el Régimen de Participación Cultural de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires, destinado a estimular e incentivar la participación privada para el financiamiento

de proyectos culturales.

Que el Decreto N°155-AJG/19, modificado por el Decreto N° 229-AJG/22, aprobó la

reglamentación de la referida Ley y facultó al Ministerio de Cultura, en su calidad de

autoridad de aplicación, a dictar las normas complementarias, aclaratorias y operativas

que fueren necesarias para la aplicación de dicha reglamentación.

Que mediante el Decreto N° 463-GCABA/19 y su modificatorio, el Decreto N° 107-

GCABA/22, se estableció la estructura organizativa del Ministerio de Cultura del

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, instituyendo a la Gerencia

Operativa Operaciones y Regímenes de Promoción Cultural a cargo de coordinar e

implementar todos los aspectos de carácter administrativo del Régimen de

Participación Cultural de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, bajo la órbita de la

Dirección General Desarrollo Cultural y Creativo.

Que mediante la Resolución N° 1478-MCGC/21 se aprobó la Reglamentación General

atinente a la presentación de solicitudes de inclusión al Régimen de Participación

Cultural de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y los formularios requeridos para la

presentación de solicitudes de inclusión al mismo, conforme los lineamientos

establecidos en sus Anexos.

Que, a fin de readecuar el procedimiento para la presentación de solicitudes de

inclusión al indicado Régimen, la Dirección General Desarrollo Cultural y Creativo

propicia la derogación de la Resolución N° 1478-MCGC/21.

Que resulta menester aprobar el Reglamento General del aludido Régimen conforme

los lineamientos establecidos en los Anexos I "Reglamento General Régimen de

Participación Cultural de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires" (IF-2022-26948631-

GCABA-DGDCC), II "Formulario de datos" (IF-2022-25605881-GCABA-DGDCC), III

"Formulario de proyecto cultural" (IF-2022-25605272-GCABA-DGDCC), IV

"Declaración jurada sobre obra de dominio público" (IF-2022-25604439-GCABA-

DGDCC), V "Formulario matriz de evaluación" (IF-2022- 25603916-GCABA-DGDCC),

VI "Declaración jurada de acuerdo" (IF-2022-25603504-GCABA-DGDCC), VII

"Solicitud de prórroga del plazo de ejecución del proyecto cultural" (IF-2022-25603209-

GCABA-DGDCC), VIII "Declaración jurada de conformidad del patrocinador" (IF-2022-

25602743- GCABA-DGDCC), IX "Solicitud de readecuación de proyecto cultural" (IF-

2022-25602298-GCABADGDCC), X "Formulario de rendición de cuentas" (IF-2022-

25601398-GCABA-DGDCC) y XI "Nota de compensación por los servicios prestados"

(IF-2022-25600570-GCABA-DGDCC), que forman parte integrante de la presente

Resolución;

Que la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ha tomado la

intervención de su competencia en virtud de lo establecido por Ley N° 1.218 (texto

consolidado Ley N° 6.347).

Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,

EL MINISTRO DE CULTURA

RESUELVE:

Artículo 1°.- Derógase la Resolución N° 1478-MCGC/21.

Artículo 2°.- Apruébase el procedimiento atinente a la presentación de solicitudes de

inclusión al Régimen de Participación Cultural de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires, conforme los lineamientos establecidos en el Anexo I "Reglamento General

Régimen Participación Cultural de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires" (IF-2022-

26948631-GCABA-DGDCC), que forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 3°.- Apruébanse los Anexos II "Formulario de datos" (IF-2022-25605881-

GCABA-DGDCC), III "Formulario de proyecto cultural" (IF-2022-25605272-GCABA-

DGDCC), IV "Declaración jurada sobre obra de dominio público" (IF-2022-25604439-

GCABA-DGDCC), V "Formulario matriz de evaluación" (IF-2022- 25603916-GCABA-

DGDCC), VI "Declaración jurada de acuerdo" (IF-2022-25603504-GCABA-DGDCC),

VII "Solicitud de prórroga del plazo de ejecución del proyecto cultural" (IF-2022-

25603209- GCABA-DGDCC), VIII "Declaración jurada de conformidad del

patrocinador" (IF-2022-25602743- GCABA-DGDCC), IX "Solicitud de readecuación de

proyecto cultural" (IF-2022-25602298-GCABADGDCC), X "Formulario de rendición de

cuentas" (IF-2022-25601398-GCABA-DGDCC) y XI "Nota de compensación por los

servicios prestados" (IF-2022-25600570-GCABA-DGDCC), que forman parte

integrante de la presente Resolución.

Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

y, para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Gerencia Operativa

Operaciones y Regímenes de Promoción Cultural de la Dirección General Desarrollo

Cultural y Creativo de este Ministerio. Cumplido, archívese. Avogadro


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 6430

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Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

DEROGADA POR
<p>Artículo 1° de la Resolución N° 4962/MCGC/23 deroga la Resolución N° 4739-MCGC/22.</p>
DEROGA
<p>Artículo 1 de la Resolución 4739/MCGC/22, deroga la Resolución 1478/MCGC/21.</p>
INTEGRADA POR
<p>Articulo 1° de la Resolucion N° 4782-MCGC/22 convoca a los sujetos comprendidos en el marco del Régimen de Participación Cultural de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, aprobado por la Resolucion N° 4739-MCGC/22,  para la presentación de solicitudes de inclusión al referido Régimen, desde las 10:00 horas del 1° de agosto de 2022 hasta las 17:00 horas del 22 de agosto de 2022.</p>