RESOLUCIÓN 4782 2022 MINISTERIO DE CULTURA
Síntesis:
CONVOCATORIA - PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES DE INCLUSIÓN - RÉGIMEN DE PARTICIPACIÓN CULTURAL - REGLAMENTO GENERAL - FORMULARIO DE DATOS - FORMULARIO DE PROYECTO CULTURAL - DECLARACIÓN JURADA SOBRE OBRA DE DOMINIO PÚBLICO - FORMULARIO MATRIZ DE EVALUACIÓN - DECLARACIÓN JURADA DE ACUERDO - SOLICITUD DE PRÓRROGA DEL PLAZO DE EJECUCIÓN DEL PROYECTO CULTURAL - DECLARACIÓN JURADA DE CONFORMIDAD DEL PATROCINADOR - SOLICITUD DE READECUACIÓN DE PROYECTO CULTURAL - FORMULARIO DE RENDICIÓN DE CUENTAS - NOTA DE COMPENSACIÓN POR LOS SERVICIOS PRESTADOS
Publicación:
01/08/2022
Sanción:
29/07/2022
Organismo:
MINISTERIO DE CULTURA
VISTO: La Ley N° 6.026 (texto consolidado por Ley N° 6.347), modificada por Ley N°
6.490, los Decretos N°155-AJG/19 y N° 229-AJG/22, la Resolución N° 4739-MCGC/22
y el Expediente Electrónico N° 26961753-GCABA-DGDCC/22, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 6.026 (texto consolidado por Ley N° 6.347), modificada por Ley N°
6.490 creó el Régimen de Participación Cultural de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires destinado a estimular e incentivar la participación privada para el financiamiento
de proyectos culturales y estableció al Ministerio de Cultura como su autoridad de
aplicación;
Que mediante el Decreto N°155-AJG/19 modificado por Decreto N° 229-AJG/22, se
aprobó la reglamentación de la referida Ley y facultó al Ministerio de Cultura, en su
calidad de autoridad de aplicación, a dictar las normas complementarias, aclaratorias y
operativas que fueren necesarias para la aplicación de dicha reglamentación;
Que mediante la Resolución N° 4739-MCGC/22 se aprobó el procedimiento atinente a
la presentación de solicitudes de inclusión al Régimen de Participación Cultural de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires y los formularios requeridos que regirán las
convocatorias para la presentación de solicitudes de inclusión al referido Régimen;
Que en el marco de la presente convocatoria se priorizará aquellos proyectos que
aboguen por la vinculación federal cultural, que difundan en el país la cultura de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires en alguna de sus instancias de desarrollo, gestión
o participación y/o que propongan generar vínculos entre artistas y referentes
culturales a nivel federal con la cultura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que en este contexto, y en su carácter de autoridad de aplicación, este Ministerio da
apertura del llamado a convocatoria para la presentación de solicitudes de inclusión al
referido Régimen, desde las 10:00 horas del 1° de agosto de 2022 hasta las 17:00
horas del 22 de agosto de 2022;
Por ello, y en uso de las atribuciones que le son propias;
Artículo 1°.-Convócase a los sujetos comprendidos en el marco del Régimen de
Participación Cultural de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para la presentación de
solicitudes de inclusión al referido Régimen, desde las 10:00 horas del 1° de agosto de
2022 hasta las 17:00 horas del 22 de agosto de 2022.
Artículo 2°.- La presente convocatoria se regirá según lo dispuesto en los Anexos I
"Reglamento General Régimen de Participación Cultural de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires" (IF-2022-26948631-GCABA-DGDCC), II "Formulario de datos" (IF-2022-
25605881-GCABA-DGDCC), III "Formulario de proyecto cultural" (IF-2022-25605272-
GCABA-DGDCC), IV "Declaración jurada sobre obra de dominio público" (IF-2022-
25604439-GCABA-DGDCC), V "Formulario matriz de evaluación" (IF-2022-25603916-
GCABA-DGDCC), VI "Declaración jurada de acuerdo" (IF-2022-25603504-GCABA-
DGDCC), VII "Solicitud de prórroga del plazo de ejecución del proyecto cultural" (IF-
2022-25603209-GCABA-DGDCC), VIII "Declaración jurada de conformidad del
patrocinador" (IF-2022-25602743-GCABA-DGDCC), IX "Solicitud de readecuación de
proyecto cultural" (IF-2022-25602298-GCABA-DGDCC), X "Formulario de rendición de
cuentas" (IF-2022-25601398-GCABA-DGDCC) y XI "Nota de compensación por los
servicios prestados" (IF-2022-25600570-GCABA-DGDCC), aprobados mediante la
Resolución N° 4739-MCGC/22.
Artículo 3°.- Establézcase un monto máximo por solicitud presentada, conforme al
siguiente detalle: a) Personas humanas: Hasta pesos un millón ($ 1.000.000); b)
Personas jurídicas: Hasta pesos quince millones ($ 15.000.000).
Artículo 4°.- Establézcase que, en el marco de la presente convocatoria, se valorarán
aquellos proyectos que, en alguna de sus instancias de desarrollo, gestión o
participación, tengan el objetivo de difundir la cultura de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires y/o articular entre artistas y referentes culturales de esta Ciudad con sus
pares a nivel federal. Asimismo, se valorarán aquellos proyectos que potencien la
difusión, el diálogo y la vinculación de la cultura, de artistas y referentes de la cultura
de las diferentes provincias del país con proyectos en la Ciudad de Buenos Aires.
Artículo 5°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
y, para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Gerencia Operativa
Operaciones y Regímenes de Promoción Cultural de la Dirección General Desarrollo
Cultural y Creativo de este Ministerio. Cumplido, archívese. Avogadro