RESOLUCIÓN 401 2022 SUBSECRETARIA DE SEGURIDAD CIUDADANA Y ORDEN PUBLICO
Síntesis:
SE APRUEBA - MANUAL OPERATIVO - DESCONTAMINACIÓN DESGUACE RECICLADO REUTILIZACIÓN COMPACTACIÓN Y DISPOSICIÓN FINAL DE VEHÍCULOS - PROGRAMA DE DESCONTAMINACIÓN COMPACTACIÓN Y DISPOSICIÓN FINAL DE AUTOMOTORES - PROCOM
Publicación:
16/08/2022
Sanción:
12/08/2022
Organismo:
SUBSECRETARIA DE SEGURIDAD CIUDADANA Y ORDEN PUBLICO
VISTO: La Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, las Leyes
Nacionales Nro. 24.449, 20.785 y 26.348, las Leyes Nro. 123, 342, 451, 2148, 5460,
5835, 6353 y 6540; los Decretos Nro. 18/22 y 151/22, las Resoluciones Nro.
377/MJYSGC/12, 314/MJYGC/16, 245/MJYSGC/22 y 365/MJYSGC/2022, el Informe
Preliminar de Auditoría Interna Proyecto N° I 01/2022 "Gestión del Programa de
Descontaminación, Compactación y Disposición Final de Automotores de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires", el Expediente Electrónico EX-2022-28538646- -GCABA-
SSSCOP, y
CONSIDERANDO:
Que la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires, establece en su artículo 26, que el
ambiente es patrimonio común y que toda persona tiene derecho a gozar de un
ambiente sano, así como el deber de preservarlo y defenderlo en provecho de las
generaciones presentes y futuras y, en este sentido, dispone que toda actividad que
suponga en forma actual o inminente un daño al ambiente debe cesar;
Que, el artículo 27 de la norma cimera de la CABA, destaca que "La Ciudad desarrolla
en forma indelegable una política de planeamiento y gestión de ambiente urbano
integrada a las políticas de desarrollo económico, social y cultural, que contemple su
inserción en el área metropolitana. Instrumenta un proceso de ordenamiento territorial
y ambiental participativo y permanente que promueve: ... La regulación de la
producción y el manejo de tecnologías, métodos, sustancias, residuos y desechos que
comporten riesgos ";
Que, la Ley N° 342 del año 2000, regula el régimen aplicable a vehículos
abandonados en la vía pública, reconociendo expresamente el peligro que aquellos
generan para la salud de la población, la seguridad pública, y la afectación al medio
ambiente, y por tanto, quedan sujetos al procedimiento de descontaminación y
compactación vehicular;
Que, el procedimiento regulado en la Ley precitada, tiene reflejo normativo en el
ámbito nacional mediante la Ley N° 26.348 de descontaminación, compactación y
disposición en calidad de chatarra de automotores abandonados, perdidos,
decomisados o secuestrados, y que, además, contempló el procedimiento de
disposición en los supuestos de automotores judicializados, a los cuales, aplica un
proceso de similares características al aprobado en el ámbito de la Ciudad de Buenos
Aires
Que, el artículo 3° de la Ley 6540, que sustituyó el artículo 1° de la Ley N° 5.835
(Texto consolidado por Ley 6347) del Régimen Aplicable a Moto Vehículos Retenidos,
dispone: "Artículo 1°.- Ámbito de aplicación. Los Moto Vehículos retenidos que no
hayan sido retirados en el plazo de quince (15) días hábiles desde la fecha de
notificación del acta de infracción y constatación de su estado general en los términos
del artículo 5.6.1.c.8 último párrafo del Anexo A-Código de Tránsito y Transporte de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires-de la Ley N° 2148, se los considerará
abandonados...", quedando sujetos al procedimiento establecido en dicha norma, y en
su caso, al posterior procedimiento de reducción, mientras que su artículo 2° prevé
similares consecuencias para los casos de vehículos infraccionados, no retirados
oportunamente;
Que, la Resolución N° 377/MJYSGC/12, modificada parcialmente por la Resolución N
°314/MJYGC/16, creó en el ámbito del Ministerio de Justicia y Seguridad, el Programa
de Descontaminación, Compactación y Disposición Final de Automotores de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires ( PROCOM), para la implementación de los
procedimientos correspondientes, a los vehículos que se encuentren depositados en
predios pertenecientes a la competencia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires , y
aprobó el Manual Operativo de dicho Programa;
Que el citado Programa, fue creado con el fin de contribuir a una mejor calidad de vida
para el ciudadano, en atención a la cantidad de vehículos abandonados que se
encuentran ocupando espacios públicos de la Ciudad de Buenos Aires;
Que, sin perjuicio de lo expuesto, se advierte una gran cantidad de vehículos
abandonados, infraccionados o judicializados, que han sido secuestrados conforme a
la normativa en vigencia, cuyos plazos de depósito en predios de esta Ciudad exceden
en algunos casos los SEIS (6) meses desde la fecha del secuestro, y en otros casos,
los CINCO (5) años desde el mismo evento;
Que, si bien la Resolución N° 314/MJYSGC/16 entendió necesario mantener la
vigencia del Manual Operativo Obligatorio creado por la Resolución N°
377/MJYSGC/12, en vistas de lo expuesto en el Informe de Auditoría citado en el
Visto, especialmente punto 2.2, "Sobre el cumplimiento del procedimiento según
Resolución N° 377/MJYSGC/12", la Resolución 2022-365-GCABA-MJYSGC, de fecha
19 de mayo de 2022 determinó que dicha normativa procedimental, debía ser
readecuada en términos de eficiencia y eficacia, dentro de un plazo no mayor a los
TREINTA (30) días corridos desde su sanción, y actualizada gradualmente en la
aplicación de nuevas tecnologías, para lo cual procedió a delegarse en la
Subsecretaria de Seguridad Ciudadana y Orden Público, la elaboración de un nuevo
Marco Regulatorio para aplicar al procedimiento de reducción de vehículos, que
contempla la realidad actual de la problemática bajo examen;
Que, a fin de dar cumplimiento al mandato constitucional y normativo ya expuesto, la
Resolución citada en el párrafo precedente, consideró necesario operativizar las
disposiciones normativas, aplicando como medida prioritaria las pautas contenidas en
las Leyes Nro. 342, 6.353 y 5.835, para los casos contemplados en dichas normas,
como así también lo previsto en las Leyes Nacionales Nros.20.785 y 26.348 para los
supuestos allí reglados, observando los procedimientos que en el futuro pudieren
reglamentarse;
Que la última Resolución en comentario, pretendió brindar una urgente solución a la
problemática de estos automotores y moto vehículos depositados y abandonados que
implican un peligro para la salud, la seguridad pública y el medio ambiente, por lo que
corresponde a esta Administración, implementar como medida prioritaria el
procedimiento acorde al Programa vigente con las modificaciones expuestas en dicha
norma reglamentaria;
Que, en tal sentido, su artículo 4°, resolvió encomendar a esta SUBSECRETARÍA DE
SEGURIDAD CIUDADANA Y ORDEN PÚBLICO y/o a la que en el futuro la reemplace,
y en un plazo no mayor a TREINTA (30) días corridos desde su sanción, la
elaboración de un nuevo Marco Regulatorio aplicable al procedimiento de reducción de
vehículos depositados en predios de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, dictando
las normas y procedimientos técnicos, y toda otra medida necesaria, para el
cumplimiento de los presupuestos allí establecidos;
Que, es menester entonces, establecer los lineamientos técnicos respecto de los
procedimientos aplicables al proceso de tratamiento de vehículos intervenidos por el
GCABA, una vez cumplidos los plazos y trámites administrativos que posibiliten su
baja definitiva y hasta su disposición final, contemplando especialmente la reutilización
o reciclado de sus partes, como así también la eliminación de los residuos generados
en las actividades de descontaminación y compactación, a fin de obtener la mayor
eficacia posible en la protección de la salud de las personas y del medio ambiente;
Que, la efectiva aplicación del MANUAL OPERATIVO DE DESCONTAMINACIÓN,
DESGUACE, RECICLADO, REUTILIZACIÓN, COMPACTACIÓN Y DISPOSICIÓN
FINAL DE VEHÍCULOS DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, que por la
presente se aprueba, comenzará a regir el día 1° de Octubre de 2022, prorrogable por
cuestiones operativas por decisión de esta SUBSECRETARÍA;
Que, ha tomado debida intervención la Dirección General Técnica, Administrativa y
Legal de este Ministerio;
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,
Artículo 1°.- Apruébase el MANUAL OPERATIVO DE DESCONTAMINACIÓN,
DESGUACE, RECICLADO, REUTILIZACIÓN, COMPACTACIÓN Y DISPOSICIÓN
FINAL DE VEHÍCULOS DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, que como
Anexo (IF-2022-29134240-GCABA-DGCOPE) se agrega y forma parte integrante de la
presente Resolución, a ser utilizado por el Programa de Descontaminación,
Compactación y Disposición Final de Automotores de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires (PROCOM).
Artículo 2°.- La implementación de lo aprobado por el artículo PRIMERO de la
presente, comenzará a regir el día 1° de Octubre de 2022, prorrogable por cuestiones
operativas por decisión de esta SUBSECRETARÍA DE SEGURIDAD CIUDADANA Y
ORDEN PUBLICO.
Artículo 3°.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos
Aires. Cumplido, archívese Caamaño