RESOLUCIÓN 401 2022 SUBSECRETARIA DE SEGURIDAD CIUDADANA Y ORDEN PUBLICO

Síntesis:

SE APRUEBA - MANUAL OPERATIVO - DESCONTAMINACIÓN DESGUACE RECICLADO REUTILIZACIÓN COMPACTACIÓN Y DISPOSICIÓN FINAL DE VEHÍCULOS - PROGRAMA DE DESCONTAMINACIÓN COMPACTACIÓN Y DISPOSICIÓN FINAL DE AUTOMOTORES - PROCOM

Publicación:

16/08/2022

Sanción:

12/08/2022

Organismo:

SUBSECRETARIA DE SEGURIDAD CIUDADANA Y ORDEN PUBLICO


VISTO: La Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, las Leyes

Nacionales Nro. 24.449, 20.785 y 26.348, las Leyes Nro. 123, 342, 451, 2148, 5460,

5835, 6353 y 6540; los Decretos Nro. 18/22 y 151/22, las Resoluciones Nro.

377/MJYSGC/12, 314/MJYGC/16, 245/MJYSGC/22 y 365/MJYSGC/2022, el Informe

Preliminar de Auditoría Interna Proyecto N° I 01/2022 "Gestión del Programa de

Descontaminación, Compactación y Disposición Final de Automotores de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires", el Expediente Electrónico EX-2022-28538646- -GCABA-

SSSCOP, y

CONSIDERANDO:

Que la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires, establece en su artículo 26, que el

ambiente es patrimonio común y que toda persona tiene derecho a gozar de un

ambiente sano, así como el deber de preservarlo y defenderlo en provecho de las

generaciones presentes y futuras y, en este sentido, dispone que toda actividad que

suponga en forma actual o inminente un daño al ambiente debe cesar;

Que, el artículo 27 de la norma cimera de la CABA, destaca que "La Ciudad desarrolla

en forma indelegable una política de planeamiento y gestión de ambiente urbano

integrada a las políticas de desarrollo económico, social y cultural, que contemple su

inserción en el área metropolitana. Instrumenta un proceso de ordenamiento territorial

y ambiental participativo y permanente que promueve: ... La regulación de la

producción y el manejo de tecnologías, métodos, sustancias, residuos y desechos que

comporten riesgos ";

Que, la Ley N° 342 del año 2000, regula el régimen aplicable a vehículos

abandonados en la vía pública, reconociendo expresamente el peligro que aquellos

generan para la salud de la población, la seguridad pública, y la afectación al medio

ambiente, y por tanto, quedan sujetos al procedimiento de descontaminación y

compactación vehicular;

Que, el procedimiento regulado en la Ley precitada, tiene reflejo normativo en el

ámbito nacional mediante la Ley N° 26.348 de descontaminación, compactación y

disposición en calidad de chatarra de automotores abandonados, perdidos,

decomisados o secuestrados, y que, además, contempló el procedimiento de

disposición en los supuestos de automotores judicializados, a los cuales, aplica un

proceso de similares características al aprobado en el ámbito de la Ciudad de Buenos

Aires

Que, el artículo 3° de la Ley 6540, que sustituyó el artículo 1° de la Ley N° 5.835

(Texto consolidado por Ley 6347) del Régimen Aplicable a Moto Vehículos Retenidos,

dispone: "Artículo 1°.- Ámbito de aplicación. Los Moto Vehículos retenidos que no

hayan sido retirados en el plazo de quince (15) días hábiles desde la fecha de

notificación del acta de infracción y constatación de su estado general en los términos

del artículo 5.6.1.c.8 último párrafo del Anexo A-Código de Tránsito y Transporte de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires-de la Ley N° 2148, se los considerará

abandonados...", quedando sujetos al procedimiento establecido en dicha norma, y en

su caso, al posterior procedimiento de reducción, mientras que su artículo 2° prevé

similares consecuencias para los casos de vehículos infraccionados, no retirados

oportunamente;

Que, la Resolución N° 377/MJYSGC/12, modificada parcialmente por la Resolución N

°314/MJYGC/16, creó en el ámbito del Ministerio de Justicia y Seguridad, el Programa

de Descontaminación, Compactación y Disposición Final de Automotores de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires ( PROCOM), para la implementación de los

procedimientos correspondientes, a los vehículos que se encuentren depositados en

predios pertenecientes a la competencia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires , y

aprobó el Manual Operativo de dicho Programa;

Que el citado Programa, fue creado con el fin de contribuir a una mejor calidad de vida

para el ciudadano, en atención a la cantidad de vehículos abandonados que se

encuentran ocupando espacios públicos de la Ciudad de Buenos Aires;

Que, sin perjuicio de lo expuesto, se advierte una gran cantidad de vehículos

abandonados, infraccionados o judicializados, que han sido secuestrados conforme a

la normativa en vigencia, cuyos plazos de depósito en predios de esta Ciudad exceden

en algunos casos los SEIS (6) meses desde la fecha del secuestro, y en otros casos,

los CINCO (5) años desde el mismo evento;

Que, si bien la Resolución N° 314/MJYSGC/16 entendió necesario mantener la

vigencia del Manual Operativo Obligatorio creado por la Resolución N°

377/MJYSGC/12, en vistas de lo expuesto en el Informe de Auditoría citado en el

Visto, especialmente punto 2.2, "Sobre el cumplimiento del procedimiento según

Resolución N° 377/MJYSGC/12", la Resolución 2022-365-GCABA-MJYSGC, de fecha

19 de mayo de 2022 determinó que dicha normativa procedimental, debía ser

readecuada en términos de eficiencia y eficacia, dentro de un plazo no mayor a los

TREINTA (30) días corridos desde su sanción, y actualizada gradualmente en la

aplicación de nuevas tecnologías, para lo cual procedió a delegarse en la

Subsecretaria de Seguridad Ciudadana y Orden Público, la elaboración de un nuevo

Marco Regulatorio para aplicar al procedimiento de reducción de vehículos, que

contempla la realidad actual de la problemática bajo examen;

Que, a fin de dar cumplimiento al mandato constitucional y normativo ya expuesto, la

Resolución citada en el párrafo precedente, consideró necesario operativizar las

disposiciones normativas, aplicando como medida prioritaria las pautas contenidas en

las Leyes Nro. 342, 6.353 y 5.835, para los casos contemplados en dichas normas,

como así también lo previsto en las Leyes Nacionales Nros.20.785 y 26.348 para los

supuestos allí reglados, observando los procedimientos que en el futuro pudieren

reglamentarse;

Que la última Resolución en comentario, pretendió brindar una urgente solución a la

problemática de estos automotores y moto vehículos depositados y abandonados que

implican un peligro para la salud, la seguridad pública y el medio ambiente, por lo que

corresponde a esta Administración, implementar como medida prioritaria el

procedimiento acorde al Programa vigente con las modificaciones expuestas en dicha

norma reglamentaria;

Que, en tal sentido, su artículo 4°, resolvió encomendar a esta SUBSECRETARÍA DE

SEGURIDAD CIUDADANA Y ORDEN PÚBLICO y/o a la que en el futuro la reemplace,

y en un plazo no mayor a TREINTA (30) días corridos desde su sanción, la

elaboración de un nuevo Marco Regulatorio aplicable al procedimiento de reducción de

vehículos depositados en predios de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, dictando

las normas y procedimientos técnicos, y toda otra medida necesaria, para el

cumplimiento de los presupuestos allí establecidos;

Que, es menester entonces, establecer los lineamientos técnicos respecto de los

procedimientos aplicables al proceso de tratamiento de vehículos intervenidos por el

GCABA, una vez cumplidos los plazos y trámites administrativos que posibiliten su

baja definitiva y hasta su disposición final, contemplando especialmente la reutilización

o reciclado de sus partes, como así también la eliminación de los residuos generados

en las actividades de descontaminación y compactación, a fin de obtener la mayor

eficacia posible en la protección de la salud de las personas y del medio ambiente;

Que, la efectiva aplicación del MANUAL OPERATIVO DE DESCONTAMINACIÓN,

DESGUACE, RECICLADO, REUTILIZACIÓN, COMPACTACIÓN Y DISPOSICIÓN

FINAL DE VEHÍCULOS DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, que por la

presente se aprueba, comenzará a regir el día 1° de Octubre de 2022, prorrogable por

cuestiones operativas por decisión de esta SUBSECRETARÍA;

Que, ha tomado debida intervención la Dirección General Técnica, Administrativa y

Legal de este Ministerio;

Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,

LA SUBSECRETARÍA DE SEGURIDAD CIUDADANA Y ORDEN PÚBLICO

RESUELVE:

Artículo 1°.- Apruébase el MANUAL OPERATIVO DE DESCONTAMINACIÓN,

DESGUACE, RECICLADO, REUTILIZACIÓN, COMPACTACIÓN Y DISPOSICIÓN

FINAL DE VEHÍCULOS DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, que como

Anexo (IF-2022-29134240-GCABA-DGCOPE) se agrega y forma parte integrante de la

presente Resolución, a ser utilizado por el Programa de Descontaminación,

Compactación y Disposición Final de Automotores de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires (PROCOM).

Artículo 2°.- La implementación de lo aprobado por el artículo PRIMERO de la

presente, comenzará a regir el día 1° de Octubre de 2022, prorrogable por cuestiones

operativas por decisión de esta SUBSECRETARÍA DE SEGURIDAD CIUDADANA Y

ORDEN PUBLICO.

Artículo 3°.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos

Aires. Cumplido, archívese Caamaño


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 6440

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

COMPLEMENTADA POR
<p>Artículo 1° de la Resolución N° 20/SSPVCS/23, crea el Procedimiento de Designación de Entidades de Bien Público Beneficiarias de lo producido de la implementación del Programa para la Descontaminación, Compactación y Disposición Final de Automotores de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (PROCOM) en el marco de lo establecido en la Resolución N° 401/SSSCOP/22.</p>
COMPLEMENTA
<p>Artículo 1° de la Resolución N° 401/SSSCOP/22, aprueba  el MANUAL OPERATIVO DE DESCONTAMINACIÓN, DESGUACE, RECICLADO, REUTILIZACIÓN, COMPACTACIÓN Y DISPOSICIÓN FINAL DE VEHÍCULOS DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, a ser utilizado por el Programa de Descontaminación, Compactación y Disposición Final de Automotores de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (PROCOM).</p><p> </p><p> </p>