DECRETO 279 2022
Síntesis:
SE SUSTITUYE - ANEXO I - DECRETO N° 433/16 - NIVELES DE DECISIÓN - CUADRO DE COMPETENCIAS COMPLEMENTARIAS - PROCEDIMIENTOS DE EJECUCIÓN PRESUPUESTARIA - JURISDICCIONES Y ENTIDADES - PRESUPUESTO - PODER EJECUTIVO DE LA CIUDAD
Publicación:
17/08/2022
Sanción:
12/08/2022
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO: La Ley N° 70 (Texto Consolidado por Ley N° 6.347), el Decreto N° 433/16, y
su modificatorio N ° 342/21, y el Expediente N° 28.725.497-GCABA-DGTALMHF/22, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto N° 433/16, se establecieron los niveles de decisión y cuadro
de competencias complementarias correspondientes a los procedimientos de
ejecución presupuestaria para las Jurisdicciones y Entidades del Poder Ejecutivo de la
Ciudad, de acuerdo al artículo 5° de la Ley N° 70;
Que a través del Decreto N° 342/21 se actualizaron los montos de los niveles de
decisión y cuadro de competencias complementarias correspondientes a los actos de
ejecución presupuestaria para las Jurisdicciones y Entidades del Poder Ejecutivo de la
Ciudad y se modificaron los procedimientos de aprobación de gastos y de
devoluciones previstos en el artículo 5° del Decreto N° 433/16 y su Anexo I,
respectivamente;
Que en virtud del tiempo transcurrido desde la última adecuación de montos y del
marco económico vigente, deviene necesario efectuar una actualización de los montos
correspondientes a los cinco (5) procedimientos de ejecución presupuestaria
contemplados en el Anexo I (IF N° 2021-33542372-GCABA-MHFGC) del Decreto N°
433/16.
Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la
Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
Artículo 1°.- Sustitúyese el Anexo I (IF N° 2021-33542372-GCABA-MHFGC) del
Decreto N° 433/16 por el Anexo I (IF N° 2022-28787518-GCABA-MHFGC), que forma
parte integrante del presente Decreto.
Artículo 2°. El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Hacienda y
Finanzas y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y
comuníquese a todos los Ministerios, Secretarías y Entes Descentralizados del Poder
Ejecutivo, para su conocimiento y demás efectos. Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ
LARRETA - Mura - Miguel