DISPOSICIÓN 64 2022 DIRECCION GENERAL DESARROLLO E INCLUSION SOCIAL

Síntesis:

SE LLAMA A CONCURSO - PROYECTOS INSTITUCIONALES - PROGRAMA REDES POR LA INCLUSIÓN - LINEAMIENTO DE INTERVENCIÓN - AUTOCONOCIMIENTO AUTOCUIDADO Y ENTRENAMIENTO PARA LA INCLUSIÓN -  ENTRE LOS DÍAS 22 /08/ 2022 AL 28 /08/ 2022 - CONFORME LOS ANEXOS I - II - III Y IV - RESOLUCIÓN 395- MDHYHGC/22 - DESARROLLO SOCIAL

Publicación:

17/08/2022

Sanción:

16/08/2022

Organismo:

DIRECCION GENERAL DESARROLLO E INCLUSION SOCIAL


VISTO: La Ley N° 6.292, el Decreto N° 463/19, la Resolución N° 395-MDHYHGC/22,

la Resolución N° 184-SECISYAI/22 y la Disposición N° 59-GCABA-DGDEIS/2022 y,

CONSIDERANDO:

Que, por la Ley de Ministerios N° 6.292, el Jefe de Gobierno es asistido en sus

funciones por los Ministros contemplando entre ellos al Ministerio de Desarrollo

Humano y Hábitat; Que, dentro de los objetivos establecidos en el artículo 23 de dicha

Ley, le corresponden a este Ministerio, entre otros diseñar e implementar políticas,

planes y programas para la promoción y protección de los derechos civiles, políticos,

económicos, sociales, culturales, comunitarios, humanos y los derechos de incidencia

colectiva en general, integrando otros organismos estatales y organizaciones de la

sociedad civil y diseñar e implementar políticas, planes y programas de promoción y

desarrollo social destinados a la población en situación de vulnerabilidad social,

coordinando y creando espacios de consulta y participación de la ciudadanía;

Que, mediante el Decreto N° 463/19 y modificatorios se aprobó la estructura orgánico

funcional dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires, contemplándose en la órbita de la Secretaria de Inclusión Social y

Atención Inmediata del Ministerio de Desarrollo Humano y Hábitat a la Dirección

General de Desarrollo e Inclusión Social, estableciendo entre sus responsabilidades

primarias la de "Proponer a la Secretaría la celebración de convenios de cooperación y

de gestión con organismos públicos y privados, que entiendan en la problemática

social en sus distintas dimensiones.

Implementar un esquema integral de seguimiento de las familias beneficiarias de los

programas sociales e implementar acciones para promover la efectiva reinserción de

la persona a través del deporte, mentorías, capacitaciones y actividades culturales de

inclusión, en coordinación con las áreas competentes. Generar redes comunitarias de

contención y promoción social en pos de reintegrar a la persona y familia al tejido

social. Efectuar el seguimiento de casos de alta vulnerabilidad a fin de propiciar su

reinserción social.

Articular con actores de la sociedad civil a fin de generar estrategias conjuntas para la

capacitación, contención y reinserción social...", entre otras;

Que, por la Resolución N° 395-MDHYHGC/22 se creó el Programa de gestión "Redes

por la Inclusión", en la órbita de la Dirección General de Desarrollo e Inclusión Social

dependiente de la Secretaría de Inclusión Social y Atención Inmediata, aprobándose

los Lineamientos Generales del Programa detallados en el IF-2022-24968005-GCABA-

DGDEIS, el texto modelo de Convenio de colaboración y gestión asociada a

celebrarse con Organizaciones de la Sociedad Civil (IF-2022-24968301-GCABA-

DGDEIS), el texto modelo de Proyecto Institucional (IF-2022-24968618-GCABA-

DGDEIS) y el texto modelo de Nota y Declaración Jurada (IF-2022-24968840-GCABA-

DGDEIS), todo ello en el marco del Programa y que como Anexos I, II, III y IV,

respectivamente forman parte de la mencionada Resolución;

Que, de conformidad con sus Lineamientos Generales (Anexo I - IF-2022-24968005-

GCABA-DGDEIS), el Programa "Redes por la inclusión" brinda asistencia a través de

la ejecución de acciones formativas, acompañamiento, contención, seguimiento y

promoción social tendientes a la inclusión sociocultural y económica que permita

fortalecer el proyecto de vida de personas y familias en situación de vulnerabilidad

social y su reinserción al tejido social, ello así desarrollando e implementando la

Dirección General de Desarrollo e Inclusión Social acciones directas, en coordinación

con áreas competentes y/o en gestión asociada con Organizaciones de la Sociedad

Civil que mantengan igual criterio de protección integral de derechos sociales de las

personas en situación de vulnerabilidad social, de conformidad con lo establecido por

las Leyes N° 3.706 y 4.036 y de acuerdo a los principios establecidos en los artículos

17 y 18 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y demás requisitos

establecidos por los Lineamientos;

Que, asimismo, por artículo 3° de la Resolución N° 395-MDHYHGC/22 la titular de

este Ministerio de Desarrollo Humano y Hábitat faculta a la Secretaría de Inclusión

Social y Atención Inmediata a suscribir los convenios a celebrarse con las

Organizaciones de la Sociedad Civil conforme los Anexos aprobados en el artículo 2°,

a dictar las normas reglamentarias, complementarias, aclaratorias, operativas e

interpretativas, como así también a aprobar todo otro instrumento que requiera la

implementación del Programa de gestión "Redes por la Inclusión";

Que, en virtud de ello, por Resolución N° 184-SECISYAI/22 la Secretaría de Inclusión

Social y Atención Inmediata encomendó a la Dirección General de Desarrollo e

inclusión Social, por un lado, los llamados a las convocatorias de proyectos, la

creación y designación de los integrantes de la Comisión Evaluadora y la selección de

los proyectos más convenientes en el marco de los Lineamientos Generales del

Programa "Redes por la inclusión" y, por el otro, su publicación en el sitio web del

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

https://www.buenosaires.gob.ar/desarrollohumanoyhabitat, estableciendo un tiempo

prudencial entre el llamado y la presentación de los proyectos, el cual no podrá ser

menor a un (1) día de publicación con tres (3) de anticipación, y que se habilite una

casilla de correo oficial a tales efectos;

Que por Disposición N° 59-DGDEIS/2022 se designan los miembros de la Comisión

Evaluadora y se habilita el correo electrónico oficial

redesporlainclusion@buenosaires.gob.ar a los efectos de la recepción de consultas,

documentación y proyectos presentados de conformidad con la normativa del

Programa;

Que, se entiende oportuno disponer el llamado al "Concurso de Proyectos

Institucionales del Programa "Redes por la Inclusión" - Lineamiento de intervención:

Autoconocimiento, autocuidado y entrenamiento para la inclusión (ap. 7.1 del Anexo

de la Resolución N° 395-MDHYHGC/22) -, estableciéndose que la presentación de los

proyectos institucionales deberá efectuarse entre los días 22 de agosto del 2022 al 28

de agosto del 2022, todo ello conforme los Anexos I, II, III y IV de la Resolución N°

395-MDHYHGC/22.-

Que, la Secretaria de Inclusión Social y Atención Inmediata ha tomado conocimiento y

prestado conformidad con lo actuado;

Que corresponde dictar el acto administrativo pertinente;

Por ello, y en uso de las facultades conferidas,

LA DIRECTORA GENERAL DE DESARROLLO E INCLUSIÓN SOCIAL

DISPONE

Artículo 1°.- Llamase a "Concurso de Proyectos Institucionales del Programa Redes

por la Inclusión - Lineamiento de intervención: Autoconocimiento, autocuidado y

entrenamiento para la inclusión (ap.7.1 del Anexo de la Resolución N° 395-

MDHYHGC/22)" -, estableciéndose que la presentación de los proyectos

institucionales, conjuntamente con la documentación pertinente, por parte de las

Organizaciones, deberá efectuarse entre los días 22 de agosto del 2022 al 28 de

agosto del 2022 todo ello conforme los Anexos I, II, III y IV de la Resolución N° 395-

MDHYHGC/22, en el correo electrónico oficial

redesporlainclusion@buenosaires.gob.ar habilitado por Disposición N° 59-

DGDEIS/2022.-

Artículo 2°.- Fijase un plazo máximo de ocho (8) meses como plazo de ejecución de

los proyectos institucionales a presentar y publíquese el presente llamado en el sitio

web del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

https://www.buenosaires.gob.ar/desarrollohumanoyhabitat, durante cinco (5) días

corridos, a partir del 17 de agosto de 2022.-

Artículo 3°.- El gasto que demande el cumplimiento del presente se imputará a la

partida correspondiente del presupuesto vigente.

Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires. Comuníquese a la Secretaría de Inclusión Social y Atención Inmediata.

Cumplido, archívese. Muti

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Artículo 1º de la Disposición N° 64/DGDEIS/22, llama a Concurso de Proyectos Institucionales del Programa Redes por la Inclusión, creado por Resolución N° 395- MDHYHGC/22. (Lineamiento de intervención: Autoconocimiento, autocuidado y entrenamiento para la inclusión). </p>