RESOLUCIÓN 3771 2022 MINISTERIO DE EDUCACION

Síntesis:

SE APRUEBA - SORTEO - REFERENTES AMBIENTALES: AVENTURA VERDE - BASES Y CONDICIONES - PROYECTO EDUCATIVO AMBIENTAL - ESTABLECIMIENTO EDUCATIVO - RENOVAR Y PROMOVER EL COMPROMISO AMBIENTAL DE LAS/OS REFERENTES AMBIENTALES - MINISTERIO DE EDUCACION

Publicación:

18/08/2022

Sanción:

04/08/2022

Organismo:

MINISTERIO DE EDUCACION


VISTO: la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, las Leyes Nros.

1.687 y 6.292 (textos consolidados por Ley N° 6.347), los Decretos Nros. 463/19 y sus

modificatorios, las Resoluciones Nros. 3.117- MEGC/10 y 3.312-GCABA-MEDGC/21,

el Expediente Electrónico N° 27.273.807-GCABA- SSTES/22, y

CONSIDERANDO:

Que la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires establece que la Ciudad

debe desarrollar en forma indelegable una política de planeamiento y gestión del

ambiente urbano promoviendo entre otros aspectos, la Educación Ambiental en todas

las modalidades y niveles, y el uso racional de materiales y energía;

Que la Ley N° 6.292 establece que el Jefe de Gobierno es asistido en sus funciones

por los Ministros, de conformidad con las facultades y responsabilidades que les

confiere dicha Ley;

Que, conforme a dicha norma, le corresponde al Ministerio de Educación "diseñar,

promover, implementar y evaluar las políticas y programas educativos que conformen

un sistema educativo único e integrado a fin de contribuir al desarrollo individual y

social, así como promover y difundir la investigación y la formación en áreas de interés

que contribuyan al desarrollo de una cultura científica e innovadora";

Que por Decreto N° 463/19 y sus modificatorios, se aprobó la estructura organizativa

del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

contemplándose a la Subsecretaría de Tecnología Educativa y Sustentabilidad bajo la

órbita del Ministerio de Educación;

Que, conforme al mencionado Decreto, entre las responsabilidades primarias de la

citada Subsecretaría se encuentra la de "desarrollar, articular e implementar

actividades de concientización y gestión ambiental que promuevan y consoliden la

educación ambiental, como eje prioritario del desarrollo sustentable, de forma

transversal en las unidades organizativas del Ministerio, los establecimientos

educativos, los actores de la comunidad educativa y otras áreas del Gobierno de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires";

Que, por su parte, la Gerencia Operativa Educación para la Sustentabilidad bajo la

dependencia de la mencionada Subsecretaría, lleva a cabo diversas acciones como la

de "desarrollar e implementar estrategias de promoción de la educación para la

sustentabilidad, la ciudadanía global y el aprendizaje a lo largo de toda la vida, para

impulsar el potencial de las personas y alcanzar su pleno desarrollo en una sociedad

justa, democrática y sustentable en línea con los objetivos de la Agenda 2030 y la Ley

N° 1.687";

Que la Ley N° 1.687 tiene como objeto la incorporación de la Educación Ambiental en

el sistema educativo formal, no formal y mediante modos alternativos de comunicación

y educación, garantizando la promoción de la Educación Ambiental en todas las

modalidades y niveles en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que a través de la Resolución N° 3.117-MEGC/10 se creó el Programa Escuelas

Verdes con el objeto de fortalecer la formación de alumnos con mirada crítica de la

problemática ambiental y promover el desarrollo sostenible en las escuelas y edificios

del Ministerio de Educación de la Ciudad de Buenos Aires, y a partir de allí, en la

comunidad;

Que con el objetivo principal de continuar fortaleciendo el abordaje de la Educación y

Gestión Ambiental en el sistema educativo, por Resolución N° 3.312-GCABA-

MEDGC/21 se aprobaron los nuevos lineamientos para la obtención del

"Reconocimiento Escuelas Verdes", el cual tiene como objetivo distinguir y afianzar el

compromiso de las escuelas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires con la

Educación y la Gestión Ambiental;

Que de acuerdo a lo establecido en la mentada Resolución, como primer paso hacia la

obtención del referenciado Reconocimiento, cada escuela debe designar a un

Referente Ambiental, quien deberá ser un miembro del establecimiento educativo

(equipo directivo, docente, bibliotecario, preceptor, asesor o coordinador pedagógico u

otro) y que acompañará de manera activa el proceso de construcción hacia una

Escuela Verde, debiendo a su vez fomentar y dar seguimiento a los procesos de

Educación y Gestión Ambiental escolar;

Que conforme ello y con el objetivo renovar y promover el compromiso ambiental de

las/os Referentes Ambientales en los establecimientos educativos, se propicia la

aprobación del Sorteo "Referentes Ambientales: Aventura Verde", a través del cual se

entregará un premio que potenciará el Proyecto Educativo Ambiental del

establecimiento educativo al que pertenezca el Referente Ambiental que resulte

ganador/a;

Que habiendo tomado intervención las Subsecretarías de Tecnología Educativa y

Sustentabilidad, Coordinación Pedagógica y Equidad Educativa, Agencia de

Aprendizaje a lo Largo de la Vida y la Dirección General de Educación de Gestión

Privada, han brindado su conformidad a los presentes;

Que, en virtud de lo expuesto, deviene pertinente el dictado del acto administrativo que

apruebe la realización del Sorteo "Referentes Ambientales: Aventura Verde";

Que la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional ha tomado la

intervención que le compete.

Por ello, y atento las facultades que les son propias,

LA MINISTRA DE EDUCACIÓN

RESUELVE:

Artículo 1°.- Apruébase el Sorteo "Referentes Ambientales: Aventura Verde" conforme

a las Bases y Condiciones establecidas en el Anexo (IF-2022-27367920-GCABA-

SSTES), el que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente Resolución.

Articulo 2°.- Determínase que el gasto que demande el cumplimiento de lo aquí

establecido será imputable a: UE 7340 - Programa 28 - Actividad 1000 - FF 11.

Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y

efectúense las Comunicaciones Oficiales pertinentes a las Subsecretarías de

Tecnología Educativa y Sustentabilidad, de Coordinación Pedagógica y Equidad

Educativa, de Agencia de Aprendizaje a lo Largo de la Vida y a la Dirección General

de Educación de Gestión Privada. Cumplido, archívese. Acuña


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 6442

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Artículo 1° de la Resolución N° 3771/MEDGC/22 aprueba el Sorteo “Referentes Ambientales: Aventura Verde”, en el marco de la Resolución N° 3312/MEDGC/21.</p>