RESOLUCIÓN 3312 2021 MINISTERIO DE EDUCACION

Síntesis:

SE SUSTITUYE - ANEXO RESOLUCIÓN N° 4100-MEGC/16 - APRUEBA REQUISITOS - GESTIÓN ESTATAL Y PRIVADA - PROYECTOS AMBIENTALES - MINISTERIO DE EDUCACIÓN - LINEAMIENTO PARA EL RECONOCIMIENTO ESCUELAS VERDES - LAZOS AMBIENTALES - MEDIO AMBIENTE - DEJA SIN EFECTO  RESOLUCIÓN N° 2.419-MEDGC/20

Publicación:

13/10/2021

Sanción:

25/08/2021

Organismo:

MINISTERIO DE EDUCACION


VISTO: la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, las Leyes Nros.

1.687 y 6.292 (textos consolidados por Ley N° 6.347), los Decretos Nros. 463/19 y su

modificatorio 128/20, las Resoluciones Nros. 3.117-MEGC/10, 4.100-MEGC/16 y

2.419-GCABA-MEDGC/20, el Expediente Electrónico N° 24.201.904-GCABA-

SSTES/21, y

CONSIDERANDO:

Que la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires establece que la Ciudad

debe desarrollar en forma indelegable una política de planeamiento y gestión del

ambiente urbano promoviendo entre otros aspectos, la Educación Ambiental en todas

las modalidades y niveles, y el uso racional de materiales y energía;

Que la Ley N° 6.292 establece que el Jefe de Gobierno es asistido en sus funciones

por los Ministros, de conformidad con las facultades y responsabilidades que les

confiere dicha Ley;

Que conforme a dicha norma, le corresponde al Ministerio de Educación diseñar,

promover, implementar y evaluar las políticas y programas educativos que conformen

un sistema educativo único e integrado a fin de contribuir al desarrollo individual y

social, así como promover y difundir la investigación y la formación en áreas de interés

que contribuyan al desarrollo de una cultura científica e innovadora;

Que por el Decreto N° 463/19, se aprobó la estructura organizativa del Poder Ejecutivo

del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplándose a la

Subsecretaría Tecnología Educativa y Sustentabilidad bajo la órbita del Ministerio de

Educación;

Que conforme al mencionado Decreto, entre las responsabilidades primarias de la

citada Subsecretaría se encuentra la de "desarrollar, articular e implementar

actividades de concientización y gestión ambiental que promuevan y consoliden la

educación ambiental, como eje prioritario del desarrollo sustentable, de forma

transversal en las unidades organizativas del Ministerio, los establecimientos

educativos, los actores de la comunidad educativa y otras áreas del Gobierno de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires";

Que, por su parte, conforme al Decreto N° 128/20, la Gerencia Operativa Educación

para la Sustentabilidad bajo la dependencia de la mencionada Subsecretaría, tiene

entre sus responsabilidades primarias la de "Desarrollar e implementar estrategias de

promoción de la educación para la sustentabilidad, la ciudadanía global y el

aprendizaje a lo largo de toda la vida, para impulsar el potencial de las personas y

alcanzar su pleno desarrollo en una sociedad justa, democrática y sustentable en línea

con los objetivos de la Agenda 2030 y la Ley N° 1.687";

Que la Ley N° 1.687 de Educación Ambiental de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires, establece la incorporación de la educación ambiental en el sistema educativo

formal, no formal y mediante modos alternativos de comunicación y educación,

garantizando la promoción de la Educación Ambiental en todas las modalidades y

niveles;

Que a través de la Resolución N° 3.117-MEGC/10 se creó el Programa Escuelas

Verdes con el objeto de fortalecer la formación de alumnos con mirada crítica de la

problemática ambiental y promover el desarrollo sostenible en las escuelas y edificios

del Ministerio de Educación de la Ciudad de Buenos Aires, y a partir de allí, en la

comunidad;

Que mediante la Resolución N° 4.100-MEGC/16 se aprobaron los Lineamientos para

el Reconocimiento "Escuelas Verdes", estableciéndose así los requisitos y las

disposiciones que las escuelas de Gestión Estatal y Gestión Privada de todos los

niveles educativos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deben cumplir para ser

reconocidas como Escuelas Verdes;

Que posteriormente, mediante Resolución N° 2.419-MEDGC/20, en el marco del

décimo aniversario de la creación del Programa Escuelas Verdes y con el objetivo

principal de continuar alentando el cambio de hábitos en las escuelas y en los hogares

de cada estudiante, a los fines de promover la permanencia y la consolidación de la

Educación y Gestión Ambiental en el sistema Educativo, se establecieron los nuevos

lineamientos que deben cumplir las escuelas para ser reconocidas como Escuelas

Verdes;

Que a su vez, con el objetivo principal de continuar fortaleciendo el abordaje de la

Educación y Gestión Ambiental en el sistema educativo, se ofrecerá una nueva

instancia denominada "Escuela Consagrada", con el fin de invitar a las Escuelas que

accedan a dicha distinción, a revisar sus prácticas pedagógicas ambientales, a

encontrar nuevos desafíos, fortalecer el recorrido y seguir encontrando nuevas formas

de multiplicar las buenas prácticas y experiencias hacia la comunidad, reconociendo

así su trayectoria escolar en la temática y potenciando el trabajo en red con otras

instituciones;

Que por ello, la Gerencia Operativa Educación para la Sustentabilidad, propicia la

modificación de los lineamientos para la obtención del "Reconocimiento Escuelas

Verdes";

Que la Subsecretaría de Tecnología Educativa y Sustentabilidad ha prestado su

conformidad en los presentes;

Que por lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo que sustituya el Anexo

de la Resolución N° 4.100-MEGC/16 y deje sin efecto la Resolución N° 2.419-

MEDGC/20;

Que la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional ha tomado la

intervención que le compete.

Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,

LA MINISTRA DE EDUCACIÓN

RESUELVE:

Artículo 1°.- Sustitúyase el Anexo (IF-2016-22530277-MEGC) de la Resolución N°

4.100-MEGC/16 por el Anexo (IF-2021-24308010-GCABA-SSTES), el que a todos sus

efectos forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 2°.- Déjase sin efecto la Resolución N° 2.419-MEDGC/20.

Artículo 3°.- Facúltase al titular de la Subsecretaría de Tecnología Educativa y

Sustentabilidad a dictar las normas ampliatorias, complementarias, aclaratorias y

operativas que resulten necesarias para el correcto cumplimiento de lo dispuesto en la

presente Resolución.

Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y

efectúense las Comunicaciones Oficiales pertinentes a las Subsecretarías de

Coordinación Pedagógica y Equidad Educativa, de Tecnología Educativa y

Sustentabilidad, a la Unidad de Coordinación del Sistema de Formación Docente y a la

Dirección General Educación de Gestión Privada. Cumplido, archívese. Acuña


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 6234

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRADA POR
<p>Artículo 1° de la Resolución N° 3771/MEDGC/22 aprueba el Sorteo “Referentes Ambientales: Aventura Verde”, en el marco de la Resolución N° 3312/MEDGC/21.</p>
DEROGA
<p>Artículo 2° de la Resolución N° 3312-MEDGC/21 deja sin efecto la Resolución N° 2419-MEDGC/20.</p>
MODIFICA
<p>Artículo 1° de la Resolución N° 3312-MEDGC/21 sustituye el Anexo de la Resolución N° 4100-MEGC/16.</p>