RESOLUCIÓN 12 2022 SUBSECRETARIA AGENCIA DE APRENDIZAJE A LO LARGO DE LA VIDA
Síntesis:
SE APRUEBA FORMULARIO - DECLARACIÓN JURADA PARA DAR CUMPLIMIENTO A LO ESTABLECIDO EN ARTICULO 24 LEY N° 4399 - TRABAJADORES-AS DE LA EDUCACIÓN NO FORMAL - SUBSECRETARÍA AGENCIA DE APRENDIZAJE A LO LARGO DE LA VIDA
Publicación:
31/08/2022
Sanción:
24/08/2022
Organismo:
SUBSECRETARIA AGENCIA DE APRENDIZAJE A LO LARGO DE LA VIDA
VISTO: La Ley N° 4.399, el Decreto N° 282-GCABA-AJG/22, la Resolución N° 2.294-
GCABA- MEDGC/22, el Expediente Electrónico N° 29545375-GCABA-DGGALV/22, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 4.399 creó el marco normativo para regular el funcionamiento de la
Educación No Formal como oferta educativa del sistema público de enseñanza de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que la Resolución N° 2.294-MEDGC/22 aprobó la reglamentación de la Ley N° 4.399,
y encomendó en esta Subsecretaría Agencia de Aprendizaje a lo Largo de la Vida el
dictado de las normas ampliatorias y/o necesarias para su implementación;
Que la reglamentación del artículo 24 de la citada ley, establece que "todos/as
aquellos/as trabajadores que se desempeñen en el ámbito de la Educación No Formal
del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires al momento de la publicación en el Boletín
Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del acto administrativo de creación de la primera
Planta Orgánico Funcional de Educación No Formal, deberán manifestar
expresamente su voluntad de pasar a integrar dicha planta o de permanecer en el
régimen de empleo en el que se encuentran amparados. Para ello, dispondrán de un
plazo no mayor a TREINTA (30) días corridos contados a partir del día siguiente al de
su notificación. Quienes opten por integrar la mencionada planta y cumplan con los
requisitos de la normativa vigente, serán designados a partir de la fecha de creación
de la primera Planta Orgánico Funcional de Educación No Formal";
Que mediante el Decreto N° 282-AJG/22 se creó la primera la Planta Orgánica
Funcional de la Educación No Formal en el ámbito del Ministerio de Educación,
conforme lo detallado en el Anexo (IF-2022-25806449-GCABA-DGGALV) que forma
parte integrante del mismo;
Que en virtud de ello, la Gerencia Operativa Educación para el Desarrollo,
dependiente de esta instancia, propicia la aprobación del formulario (IF-2022-
29547642-GCABA-DGGALV), con carácter de declaración jurada, que deberán
completar los/as trabajadores/as de la Educación No Formal a los fines mencionados
en el artículo 24 de la reglamentación de la Ley N° 4.399;
Que por ello, corresponde dictar un acto administrativo que apruebe el referido
formulario;
Que han tomado intervención la Dirección General Gestión del Aprendizaje a lo Largo
de la Vida y la Gerencia Operativa Educación para el Desarrollo, en el marco de sus
respectivas competencias;
Que la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional ha tomado la
intervención de su competencia.
Por ello, y en uso de las facultades delegadas por la Resolución N° 2.294-GCABA-
MEDGC/22,
Artículo 1°.- Apruébase el formulario (IF-2022-29547642-GCABA-DGGALV), con
carácter de declaración jurada, que deberán completar los/as trabajadores/as de la
Educación No Formal, a efectos de dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 24
de la Ley N° 4.399 y su reglamentación.
Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
y, para su conocimiento y demás efectos, comuníquese a la Dirección General Gestión
del Aprendizaje a lo Largo de la Vida y a la Gerencia Operativa Educación para el
Desarrollo. Cumplido, archívese. Cortona