DISPOSICIÓN 23 2022 DIRECCIÓN GENERAL ESCENOTÉCNICA
Síntesis:
SE CREA - FORMATO DIGITAL - REGISTRO DE MOVIMIENTOS - EGRESOS E INGRESOS - SOPORTE FÍSICO Y MATERIAL - PATRIMONIO SONORO - ENTE AUTÁRQUICO TEATRO COLÓN - JEFATURA DEL SECTOR AUDIO - JEFATURA DE VIDEO - SE APRUEBA - PROCEDIMIENTO - REGISTRO ESCENOTÉCNICO - DIRECCIÓN GENERAL ESCENOTÉCNICA
Publicación:
06/09/2022
Sanción:
26/08/2022
Organismo:
DIRECCIÓN GENERAL ESCENOTÉCNICA
VISTO: La Ley N° 2.855 (texto consolidado por la Ley 6.347) y su Decreto
reglamentario N° 1.342/08, Ley N° 1.227 (texto consolidado por la Ley 6.347) y su
Decreto reglamentario N° 312/2006, la Constitución de la Nación Argentina, la
Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Ley N° 2176 (texto consolidado
por la Ley 6.347), el Decreto 1259/PEN/1989, la Resolución N° 2165-MCGC-2013, la
Resolución N° 574-GCABA-EATC-2022 y su modificatoria N° 703-GCABA-EATC-
2022, la Resolución N° 890-GCABA-EATC-2022 y las actuaciones del EX-2022-
29569436- -GCABA-DGTALEATC y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante la Ley N° 2.855 (texto consolidado por la Ley N° 6.347) se creó el Ente
Autárquico Teatro Colón en el ámbito del Ministerio de Cultura del Gobierno de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con personería jurídica propia, autonomía
funcional y autarquía financiera, con la organización y competencia establecidas en
esa ley;
Que, por el Decreto N° 1.342/08 se aprobó la reglamentación de la precitada Ley;
Que, el artículo 2° de la citada Ley, dispone que es misión de este Ente "crear, formar,
representar, promover y divulgar el arte lírico, coreográfico, musical -sinfónico y de
cámara- y experimental, en su expresión de excelencia de acuerdo a su tradición
histórica, en el marco de las políticas culturales de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires";
Que el artículo 3° de la Ley establece entre las diferentes funciones en favor de este
Coliseo para procurar el cumplimiento de su misión, la de "...facilitar al conjunto de los
habitantes de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, conforme al artículo 32 de la
Constitución de la Ciudad, el acceso a las actividades artístico-culturales que
desarrolla" (inciso b); la de "entender en la planificación, programación y ejecución de
actividades vinculadas al arte lírico, coreográfico, musical - sinfónico y de cámara - y
experimental" (inciso c); la de "Preservar, conservar, salvaguardar y difundir el
patrimonio arquitectónico, artístico e histórico-cultural del Ente Autárquico Teatro
Colón en el marco de la Ley 1.227 y sus normas reglamentarias, complementarias y
modificatorias" (inciso e); y la de "Recopilar, adquirir, archivar, preservar y difundir el
material bibliográfico, hemerográfico, musicológico y documental, en sus distintos
soportes, vinculados con las competencias del Ente Autárquico Teatro Colón" (inciso
f);
Que, por Resolución N° 574-GCABA-EATC-2022 y su modificatoria N° 703-GCABA-
EATC-2022 se aprobó la estructura del Ente Autárquico Teatro Colón;
Que, la Ley N° 2176 (texto consolidado por la Ley N° 6.347) tiene por objeto promover
los derechos culturales previstos en el artículo 32 de la Constitución de la Ciudad de
Buenos Aires, ordenar el marco legal y principios rectores de las políticas culturales,
destacando entre los derechos "Recuperar y preservar los espacios culturales en
donde desarrollar los derechos culturales y recuperar, preservar y difundir el
patrimonio cultural";
Que, a su vez la Ley N° 1.227 (texto consolidado por la Ley N° 6.347) establece en su
artículo 2 que "El Patrimonio Cultural de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
(PCCABA) es el conjunto de bienes muebles e inmuebles, ubicados en el territorio de
la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, cualquiera sea su régimen jurídico y titularidad,
que en sus aspectos tangibles e intangibles, materiales y simbólicos, y que por su
significación intrínseca y/o convencionalmente atribuida, definen la identidad y la
memoria colectiva de sus habitantes", y en su artículo 3 estatuye que "los bienes que
integran el PCCABA son de carácter histórico, antropológico, etnográfico,
arqueológico, artístico, arquitectónico, urbanístico, paisajístico, científico, así como el
denominado patrimonio cultural viviente";
Que, con el objetivo de dar cumplimiento a tal normativa, mediante Resolución N° 890-
GCABA-EATC-2022 se creó en la órbita de la Dirección General y Artística el
"Programa de recuperación y digitalización de cintas de audio" para la formalización de
la salvaguarda y difusión del patrimonio material e inmaterial del Teatro;
Que, en el artículo 5 de la precitada Resolución, la Dirección General y Artística
estableció a esta Dirección General Escenotécnica como autoridad de aplicación
conforme sus misiones y funciones, la que podrá impulsar el inventario del patrimonio,
y disponer la ejecución de las acciones que agrupa el programa, así como las medidas
que resulten necesarias para su implementación y ejecución;
Que, en el artículo 6° de la precitada Resolución, la Dirección General y Artística
encomendó a esta Dirección General Escenotécnica, la creación de un registro de
movimientos, egresos e ingresos del soporte físico y material que compone el
patrimonio sonoro del Teatro Colón, y su control;
Por ello, en uso de las facultades conferidas por la Resolución N° 890-GCABA-EATC-
2022,
Artículo 1°.- Créase en formato digital el Registro de movimientos, egresos e ingresos,
del soporte físico y material que compone el patrimonio sonoro del Ente Autárquico
Teatro Colón, que dependerá de la Jefatura del sector Audio y/o de la Jefatura de
Video (según corresponda) o las que en el futuro las reemplacen.
Artículo 2°.- Apruébase el procedimiento para el registro de movimientos, egresos e
ingresos del soporte físico y material que compone el patrimonio sonoro del Teatro
Colón y para la presentación del informe de actividades que los interesados deberán
efectuar ante la Jefatura del sector Audio y/o Jefatura del sector Video (según
corresponda) con copia al Registro Escenotécnico de esta Dirección General
Escenotécnica.
Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
y para su conocimiento, notificación al interesado, comunicación a todas las
Direcciones Generales del Teatro Colón y demás efectos, pase a la Dirección General
Técnica Administrativa y Legal. Cumplido, archívese. Bordolini