RESOLUCIÓN 199 2022 UNIDAD DE PROYECTOS ESPECIALES UPE URBANIZACION BARRIO PADRE CARLOS MUGICA
Síntesis:
SE ESTABLECE MODIFICACIÓN DE LA ATENCIÓN DE LA VENTANILLA ÚNICA DE RECLAMOS AD HOC - SE COMPLEMENTA LA RESOLUCIÓN N° 42-UPEUBPCM/22 - RE URBANIZACIÓN - BARRIO PADRE CARLOS MUGICA - OPERATIVO CENSAL - VIVIENDAS Y HABITANTES - BAJO AUTOPISTA - CRISTO OBRERO - UNIDADES FUNCIONALES - COMITÉ DE REASENTAMIENTO - PADRÓN DEFINITIVO DE BENEFICIARIOS - EX VILLAS 31-31 BIS
Publicación:
12/09/2022
Sanción:
07/09/2022
Organismo:
UNIDAD DE PROYECTOS ESPECIALES UPE URBANIZACION BARRIO PADRE CARLOS MUGICA
VISTO: La Resolución N° 42/UPEUBPCM/2022 y el Expediente Electrónico EX-2022-
11792939-GCABA-UPEUBPCM y;
CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución N° 42/UPEUBPCM/2022 se estableció la apertura de la
"Ventanilla Única de Reclamos Ad Hoc" para la presentación de solicitudes de
incorporación complementaria a los resultados de los operativos censales aprobados
por las Resoluciones N° 59/SECISYU/2017 y N° 158/SECISYU/2019, a partir del 12 de
abril de 2022 y hasta el 29 de noviembre de 2022, de conformidad con las pautas,
días, horarios y procedimiento allí estatuidos;
Que asimismo, la Resolución N° 42/UPEUBPCM/2022 estableció que los Reclamos
presentados al amparo de lo prescripto por las Resoluciones N° 184/SECISYU/2016,
243/SECISYU/2018, 75/SECISYU/2019, 419/SECISYU/2019, 420/SECISYU/2019,
543/SECISYU/2020 y N° 96/UPEUBPCM/2021, pendientes de análisis y resolución,
sean sustanciados por el "Comité Único Ad Hoc de Resolución de Reclamos" que
fuera creado por dicha norma;
Que en el mismo sentido, el mentado acto administrativo dispuso la no recepción o
rechazo sin más trámite aquellas reclamaciones que ya hubieran sido presentadas por
idéntico objeto o pretensión, con o sin resolución, en las Ventanillas de Reclamos
aprobadas por las Resoluciones N° 184/SECISYU/2016, 243/SECISYU/2018,
75/SECISYU/2019, 419/SECISYU/2019, 420/SECISYU/2019, 543/SECISYU/2020 y N°
96/UPEUBPCM/2021, como así tampoco por construcciones ubicadas en el sector
Bajo Autopista que hayan estado sujetas al proceso de Reasentamiento y por las
cuales ya se haya entregado una solución habitacional única y definitiva;
Que de acuerdo a la experiencia recogida y la evaluación efectuada de la "Ventanilla
Única de Reclamos Ad Hoc", durante el período comprendido desde el 12 de abril de
2022 al 30 de agosto del mismo año, y en los términos de lo establecido por los
artículos 30, 31 y 32 del Capítulo VI del Título III de la Ley N° 6.129, se considera
necesario la modificación en aspectos de la atención de la "Ventanilla Única de
Reclamos Ad Hoc".
Por ello, en uso de las atribuciones que le son propias,
Artículo 1°.- Establécese la modificación de la atención de la "Ventanilla Única de
Reclamos Ad Hoc", desde el 19 de septiembre del año 2022 hasta el 30 de noviembre
del 2022, de conformidad con las pautas, días, horarios y procedimientos conforme se
estatuye en el Anexo I (IF-2022-32046508-GCABA-UPEUBPCM) que forma parte
integrante de la presente.
Artículo 2°.- Compleméntase la Resolución N° 42/UPEUBPCM/2022.
Artículo 3°.- Efectúese amplia difusión a fin de alcanzar la mayor publicidad a la
comunidad del Barrio "Padre Carlos Mugica", de los términos de la presente.
Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su
conocimiento y demás efectos gírese a la Dirección General Técnica, Administrativa y
Legal del Ministerio de Desarrollo Humano y Hábitat. Cumplido, archívese. Galmarini