RESOLUCIÓN 1761 2020 SUBSECRETARIA DE CARRERA DOCENTE

Síntesis:

SE APRUEBAN - PAUTAS PARA LA GESTIÓN Y ADMINISTRACIÓN - PERSONAL DOCENTE INTERINO Y TITULAR - PRIMER AÑO -ESTABLECIMIENTOS EDUCATIVOS - PLAN BACHILLERATO CON ORIENTACIÓN EN ECONOMÍA Y ADMINISTRACIÓN - REORGANIZACIÓN CURRICULAR - REASIGNACIÓN DE HORAS CÁTEDRA - DIRECCIÓN DE EDUCACIÓN MEDIA - DIRECCIÓN GENERAL DE EDUCACIÓN DE GESTIÓN ESTATAL - SUBSECRETARIA DE CARRERA DOCENTE

Publicación:

28/09/2022

Sanción:

14/03/2020

Organismo:

SUBSECRETARIA DE CARRERA DOCENTE


VER TEXTO ACTUALIZADO

VISTO: La Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Ley Nacional N°

26.206, las Resoluciones del Consejo Federal de Educación N° 84/09 y N° 93/09, el

Decreto Nacional N° 853/74 y la Resolución N° 1780-SED/02, el Decreto 463/2019 y

modificatorio, la Resolución N° 321-MEGC/15 y N° 5810-MEGC/19, el Expediente

Electrónico N° 09009328-GCABA-DGEGE/20 y,

CONSIDERANDO:

Que la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, reconoce y garantiza un

sistema educativo inspirado en los principios de la libertad, la ética y la solidaridad,

tendiente a un desarrollo integral de la persona en una sociedad justa y democrática;

Que la Ley Nacional N° 26.206, establece que el Estado, las Provincias y la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, tienen la responsabilidad principal e indelegable de

proveer una educación integral, permanente y de calidad para todos los habitantes de

la Nación, garantizando la igualdad, gratuidad y equidad en el ejercicio de ese

derecho;

Que por Resolución CFE N° 84/09, se aprobó el documento "Lineamientos Políticos y

estratégicos de la Educación Secundaria Obligatoria", en el marco de los procesos de

unificación de la escolaridad secundaria y estableció en el marco de la obligatoriedad

del nivel secundario previsto por la Ley Nacional de Educación, la implementación de

un Ciclo Básico y un Ciclo Orientado;

Que por Resolución CFE N° 93/09 se aprobó el documento "Orientación Pedagógica e

Institucional de la Educación Secundaria Obligatoria" el cual establece que el

desarrollo curricular podrá presentar variantes según las posibilidades de las

organizaciones institucionales;

Que por Resolución N° 321-MEGC/15 y sus complementarias, se aprobó el diseño

curricular de la jurisdicción ajustado a la Ley Nacional de Educación No 26.206 y la

normativa federal de referencia aprobada por las Resoluciones CFE N° 84/09 y N°

93/09 para el nivel secundario;

Que por Resolución N° 1169-MEIGC/2019, se aprobó la conformación de una mesa de

trabajo representativa de los diferentes actores del Ministerio de Educación e

Innovación para el desarrollo de los lineamientos generales de las propuestas

educativas a implementar a partir del ciclo lectivo 2020 en los establecimientos

educativos donde se imparte el Plan de Estudios para Comerciales Nocturnos

aprobado por Decreto Nacional N° 853/1974 y la Resolución N° 1780-SED/2002;

Que del resultado de dichas mesas surge la Resolución N° 5810-MEGC/2019 que

aprobó la implementación progresiva del Bachillerato con Orientación en Economía y

Administración (Alternativa B: Administración), en los establecimientos educativos

dependientes de la Dirección de Educación Media de la Dirección General de

Educación de Gestión Estatal, detallados en el Anexo (IF-2019-38051260-GCABA-

DGPLEDU);

Que siendo necesario la progresiva implementación a partir del ciclo lectivo 2020, la

Dirección General de Educación de Gestión Estatal propicia la aprobación de las

pautas para la gestión del personal docente interinos y titulares de primer año, de los

establecimientos educativos alcanzados por la Resolución N° 5810-MEGC/2019;

Que asimismo se hace necesario solicitar la colaboración a la Dirección de Educación

Media dependiente de la Dirección General de Educación de Gestión Estatal para la

implementación del proceso de reorganización curricular;

Que por Decreto N° 463/19 y su modificatorio, la Subsecretaria de Carrera Docente

tiene entre sus responsabilidades primarias las de Planificar, programar y diseñar

políticas relacionadas al personal docente y no docente, entender en la administración

del personal docente y no docente del ámbito del Ministerio y de las distintas áreas, en

función de las necesidades del sistema educativo de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires, supervisar la gestión del sistema de cobertura de los cargos docentes en todos

sus niveles y articular las funciones de los organismos a su cargo, en especial en

aquellas que impactan en la cobertura de cargos docentes;

Que ha tomado intervención la Subsecretaría de Coordinación Pedagógica y Equidad

Educativa y la Dirección General de Gestión Estatal;

Que la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional ha tomado la

intervención que le compete.

Por ello, en uso de las facultades legales que le son propias,

EL SUBSECRETARIO DE CARRERA DOCENTE

RESUELVE:

Artículo 1°.- Apruébanse las pautas para la gestión y administración del personal

docente interino y titular de primer año de los establecimientos educativos alcanzados

por la Resolución N° 5810-MEGC-2019 que aprobó la implementación del Plan

"Bachillerato con orientación en Economía y Administración" conforme se detalla en el

Anexo (IF-2020-09010377-GCABA-DGEGE) que, a todos sus efectos forma parte

integrante de la presente Resolución.

Artículo 2°.- Solicitase la colaboración a la Dirección de Educación Media, dependiente

de la Dirección General de Educación de Gestión Estatal, para la implementación del

proceso de reorganización curricular en virtud de la implementación del Plan

"Bachillerato con orientación en Economía y Administración" aprobado por Resolución

N° 5810-MEGC/2019.

Artículo 3°.- Establécese que la reasignación de horas cátedra, cargos, funciones y/o

tareas del personal docente titular e interino de primer año alcanzado por la

Resolución N° 5810-MEGC/2019, se efectuará a partir del análisis de compatibilidad

de los títulos y certificaciones de base y capacitación continua del docente y su

correlación con el contenido de enseñanza de las unidades curriculares del nuevo plan

de estudio.

Artículo 4°.- Encomiéndase a la Dirección General de Escuela de Maestros la

implementación de trayectos de actualización curricular para los docentes alcanzados

por la presente Resolución.

Artículo 5°.- Establécese que el proceso de reasignación del personal interino que por

el cambio de incumbencia de títulos no puedan reasignar su carga horaria en ningún

área de la educación, alcanzado por la implementación del Plan "Bachillerato con

orientación en Economía y Administración" aprobado por Resolución N° 5810-

MEGC/2019 será evaluado en el plazo de 180 días de dictada la presente, plazo

durante el cual dichos docentes mantendrán su actual situación de revista, antigüedad,

categoría, remuneración y demás condiciones laborales.

Artículo 6°.- Publíquese en el Boletín Oficial. Efectúense las Comunicaciones Oficiales

a la Subsecretaría de Coordinación Pedagógica y Equidad Educativa, a las

Direcciones Generales de Educación de Gestión Estatal, Escuela de Maestros,

Carrera Docente, Personal Docente y No Docente, Coordinación Legal e Institucional,

y a la Dirección de Educación Media. Cumplido, archívese. Vidal


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 6470

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICADA POR
<p>Artículo 1°.Resolucion N° 11329-SSCDOC-20 sustituye el Anexo I de la Resolución N° 1761-SSCDOC-20.</p><p>Artículo 3°.-amplia el plazo dispuesto en el Artículo 5° de la Resolución N° 1761--SSCDOC-20 hasta el 30 de noviembre del corriente año inclusive.</p>
INTEGRA
<p>Artículo 1° de la Resolución N° 1761/SSCDOC/20 aprueba las pautas para la gestión y administración del personal docente interino y titular de primer año de los establecimientos educativos alcanzados por la Resolución N° 5810-MEGC-2019.</p>