RESOLUCIÓN 1761 2020 SUBSECRETARIA DE CARRERA DOCENTE
Síntesis:
SE APRUEBAN - PAUTAS PARA LA GESTIÓN Y ADMINISTRACIÓN - PERSONAL DOCENTE INTERINO Y TITULAR - PRIMER AÑO -ESTABLECIMIENTOS EDUCATIVOS - PLAN BACHILLERATO CON ORIENTACIÓN EN ECONOMÍA Y ADMINISTRACIÓN - REORGANIZACIÓN CURRICULAR - REASIGNACIÓN DE HORAS CÁTEDRA - DIRECCIÓN DE EDUCACIÓN MEDIA - DIRECCIÓN GENERAL DE EDUCACIÓN DE GESTIÓN ESTATAL - SUBSECRETARIA DE CARRERA DOCENTE
Publicación:
28/09/2022
Sanción:
14/03/2020
Organismo:
SUBSECRETARIA DE CARRERA DOCENTE
VISTO: La Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Ley Nacional N°
26.206, las Resoluciones del Consejo Federal de Educación N° 84/09 y N° 93/09, el
Decreto Nacional N° 853/74 y la Resolución N° 1780-SED/02, el Decreto 463/2019 y
modificatorio, la Resolución N° 321-MEGC/15 y N° 5810-MEGC/19, el Expediente
Electrónico N° 09009328-GCABA-DGEGE/20 y,
CONSIDERANDO:
Que la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, reconoce y garantiza un
sistema educativo inspirado en los principios de la libertad, la ética y la solidaridad,
tendiente a un desarrollo integral de la persona en una sociedad justa y democrática;
Que la Ley Nacional N° 26.206, establece que el Estado, las Provincias y la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, tienen la responsabilidad principal e indelegable de
proveer una educación integral, permanente y de calidad para todos los habitantes de
la Nación, garantizando la igualdad, gratuidad y equidad en el ejercicio de ese
derecho;
Que por Resolución CFE N° 84/09, se aprobó el documento "Lineamientos Políticos y
estratégicos de la Educación Secundaria Obligatoria", en el marco de los procesos de
unificación de la escolaridad secundaria y estableció en el marco de la obligatoriedad
del nivel secundario previsto por la Ley Nacional de Educación, la implementación de
un Ciclo Básico y un Ciclo Orientado;
Que por Resolución CFE N° 93/09 se aprobó el documento "Orientación Pedagógica e
Institucional de la Educación Secundaria Obligatoria" el cual establece que el
desarrollo curricular podrá presentar variantes según las posibilidades de las
organizaciones institucionales;
Que por Resolución N° 321-MEGC/15 y sus complementarias, se aprobó el diseño
curricular de la jurisdicción ajustado a la Ley Nacional de Educación No 26.206 y la
normativa federal de referencia aprobada por las Resoluciones CFE N° 84/09 y N°
93/09 para el nivel secundario;
Que por Resolución N° 1169-MEIGC/2019, se aprobó la conformación de una mesa de
trabajo representativa de los diferentes actores del Ministerio de Educación e
Innovación para el desarrollo de los lineamientos generales de las propuestas
educativas a implementar a partir del ciclo lectivo 2020 en los establecimientos
educativos donde se imparte el Plan de Estudios para Comerciales Nocturnos
aprobado por Decreto Nacional N° 853/1974 y la Resolución N° 1780-SED/2002;
Que del resultado de dichas mesas surge la Resolución N° 5810-MEGC/2019 que
aprobó la implementación progresiva del Bachillerato con Orientación en Economía y
Administración (Alternativa B: Administración), en los establecimientos educativos
dependientes de la Dirección de Educación Media de la Dirección General de
Educación de Gestión Estatal, detallados en el Anexo (IF-2019-38051260-GCABA-
DGPLEDU);
Que siendo necesario la progresiva implementación a partir del ciclo lectivo 2020, la
Dirección General de Educación de Gestión Estatal propicia la aprobación de las
pautas para la gestión del personal docente interinos y titulares de primer año, de los
establecimientos educativos alcanzados por la Resolución N° 5810-MEGC/2019;
Que asimismo se hace necesario solicitar la colaboración a la Dirección de Educación
Media dependiente de la Dirección General de Educación de Gestión Estatal para la
implementación del proceso de reorganización curricular;
Que por Decreto N° 463/19 y su modificatorio, la Subsecretaria de Carrera Docente
tiene entre sus responsabilidades primarias las de Planificar, programar y diseñar
políticas relacionadas al personal docente y no docente, entender en la administración
del personal docente y no docente del ámbito del Ministerio y de las distintas áreas, en
función de las necesidades del sistema educativo de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires, supervisar la gestión del sistema de cobertura de los cargos docentes en todos
sus niveles y articular las funciones de los organismos a su cargo, en especial en
aquellas que impactan en la cobertura de cargos docentes;
Que ha tomado intervención la Subsecretaría de Coordinación Pedagógica y Equidad
Educativa y la Dirección General de Gestión Estatal;
Que la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional ha tomado la
intervención que le compete.
Por ello, en uso de las facultades legales que le son propias,
Artículo 1°.- Apruébanse las pautas para la gestión y administración del personal
docente interino y titular de primer año de los establecimientos educativos alcanzados
por la Resolución N° 5810-MEGC-2019 que aprobó la implementación del Plan
"Bachillerato con orientación en Economía y Administración" conforme se detalla en el
Anexo (IF-2020-09010377-GCABA-DGEGE) que, a todos sus efectos forma parte
integrante de la presente Resolución.
Artículo 2°.- Solicitase la colaboración a la Dirección de Educación Media, dependiente
de la Dirección General de Educación de Gestión Estatal, para la implementación del
proceso de reorganización curricular en virtud de la implementación del Plan
"Bachillerato con orientación en Economía y Administración" aprobado por Resolución
N° 5810-MEGC/2019.
Artículo 3°.- Establécese que la reasignación de horas cátedra, cargos, funciones y/o
tareas del personal docente titular e interino de primer año alcanzado por la
Resolución N° 5810-MEGC/2019, se efectuará a partir del análisis de compatibilidad
de los títulos y certificaciones de base y capacitación continua del docente y su
correlación con el contenido de enseñanza de las unidades curriculares del nuevo plan
de estudio.
Artículo 4°.- Encomiéndase a la Dirección General de Escuela de Maestros la
implementación de trayectos de actualización curricular para los docentes alcanzados
por la presente Resolución.
Artículo 5°.- Establécese que el proceso de reasignación del personal interino que por
el cambio de incumbencia de títulos no puedan reasignar su carga horaria en ningún
área de la educación, alcanzado por la implementación del Plan "Bachillerato con
orientación en Economía y Administración" aprobado por Resolución N° 5810-
MEGC/2019 será evaluado en el plazo de 180 días de dictada la presente, plazo
durante el cual dichos docentes mantendrán su actual situación de revista, antigüedad,
categoría, remuneración y demás condiciones laborales.
Artículo 6°.- Publíquese en el Boletín Oficial. Efectúense las Comunicaciones Oficiales
a la Subsecretaría de Coordinación Pedagógica y Equidad Educativa, a las
Direcciones Generales de Educación de Gestión Estatal, Escuela de Maestros,
Carrera Docente, Personal Docente y No Docente, Coordinación Legal e Institucional,
y a la Dirección de Educación Media. Cumplido, archívese. Vidal