DECRETO 326 2022
Síntesis:
SE DESESTIMA - RECURSO DE RECONSIDERACIÓN - INTERPUESTO - GLORIA MABEL VARGAS - CONTRA DECRETO 330-19 - SANCIÓN CON CESANTIA - DOCENTE - ESCUELA DE EDUCACIÓN MEDIA 6 DISTRITO ESCOLAR - MINISTERIO DE EDUCACIÓN - JEFATURA DE GOBIERNO
Publicación:
29/09/2022
Sanción:
26/09/2022
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO: La Ordenanza N° 40.593 (texto consolidado por Ley N° 6.347) y su
modificatoria Ley N° 6.544, la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de
Buenos Aires aprobada por Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1.510/97 (texto
consolidado por Ley N° 6.347), los Decretos Nros. 3360/68 y 330/19, la Resolución N°
2110/MEGC/12, el Expediente Electrónico N° 1829762-GCABA-DGCLEI/22, y
CONSIDERANDO:
Que por Resolución N° 2110/MEGC/12, se dispuso la instrucción de sumario
administrativo N° 127/12, a fin de investigar los hechos y deslindar las
responsabilidades que pudieran corresponder en relación a las inasistencias de la
docente Gloria Mabel Vargas DNI N° 14.708.243, en la Escuela de Educación Media
N° 6, Distrito Escolar 1° de esta Ciudad;
Que mediante Decreto N° 330/19 se sancionó con cesantía a la agente Gloria Mabel
Vargas (DNI N° 14.708.243 - F.C. N° 408.679), "...por haber sido hallada responsable
de los cargos formulados en el Sumario N° 127/12 por transgredir los deberes
impuestos en el artículo 6°, incisos "d" y "g" del Estatuto del Docente (Ordenanza N°
40.593 - tx. Ley N° 6.017) quedando aprehendida su conducta en las previsiones del
artículo 36, inciso "f" del citado ordenamiento", siendo notificada de tal extremo;
Que posteriormente, la señora Vargas solicitó vista de las actuaciones, la cual fue
concedida en fecha 20 de noviembre de 2019;
Que, con fecha 25 de noviembre de 2019, la agente realizó una presentación a la que
denominó "INTERPONE RECURSO DE RECONSIDERACION";
Que la agente argumentó la existencia de una presunta animadversión del sumariante
y abuso de derecho, así como también denunció que existiría un exceso en la sanción
impuesta, toda vez que la interesada no contaba con sanciones previas y que la
acción se encontraría extinta por haber transcurrido los cinco (5) años previstos en la
normativa vigente;
Que la Dirección General de Sumarios de la Procuración General de la Ciudad de
Buenos Aires, en su Dictamen Jurídico N° IF-2020-26673008-GCABA-DGSUM, luego
de un pormenorizado análisis de la presentación formulada por la agente, indicó que
"...se desprende entonces, que la sanción impuesta a la recurrente fue debidamente
fundamentada resultando en un todo acorde a los reproches administrativos por los
cuales se la encontró responsable...no existiendo en el recurso en tratamiento,
argumento alguno que refute los fundamentos de la sanción, nada cabe considerar a
lo analizado y concluido en el acto en crisis y en consecuencia, habrá de propiciarse
su confirmación...";
Que en ese entendimiento la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires
aconsejó desestimar el recurso de reconsideración interpuesto por la agente Gloria
Mabel Vargas (DNI N° 14.708.243 - F.C. N° 408.679), confirmándose en todos sus
términos la medida adoptada mediante el Decreto N° 330/19;
Que la Junta de Disciplina se pronunció por el rechazo del presentado;
Que la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional del Ministerio de
Educación ha tomado la intervención que le compete;
Que por lo expuesto, y de acuerdo a la intervención de la Procuración General en el
Dictamen referido en donde se analizan detalladamente los agravios expuestos por la
recurrente, corresponde se dicte el acto administrativo pertinente.
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por los artículos Nros. 102 y 104 de la
Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
Artículo 1°.- Desestímase el recurso de reconsideración interpuesto por la señora
Gloria Mabel Vargas (DNI N° 14.708.243 - F.C. N° 408.679) contra los términos del
Decreto N° 330/19.
Artículo 2°.- El presente Decreto es refrendado por la señora Ministra de Educación y
por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Notifíquese
a la señora Gloria Mabel Vargas (DNI N° 14.708.243 - F.C. N° 408.679), con copia del
Dictamen identificado como IF-2020-26673008-GCABA-DGSUM, en los términos del
Capítulo VI. Notificaciones del Decreto N° 1.510/97 (texto consolidado según Ley N°
6.347), haciéndole saber que el dictado del presente agota la instancia administrativa.
Comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, dependiente del
Ministerio de Hacienda y Finanzas, a la Dirección General de Coordinación Legal e
Institucional dependiente del Ministerio de Educación, y a la Procuración General de la
Ciudad de Buenos Aires. Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ LARRETA - Acuña -
Miguel