LEY 6561 2022

Síntesis:

SE INCORPORA - INCISO 75 DEL ARTÍCULO 364 - CÓDIGO FISCAL - AÑO 2022 - LEY 6505 - TRANSFERENCIAS DE DOMINIO Y CONTRATOS DE COMPRAVENTA -  LEASING - LEGISLATURA DE LA CIUDAD

Publicación:

29/09/2022

Sanción:

08/09/2022

Organismo:

LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

Promulgación:

27/09/2022


La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de Ley

Artículo 1°.- Incorpórase como inciso 75 del artículo 364 del Código Fiscal para el año

2022 aprobado por Ley 6505, el siguiente texto:

"75. Las transferencias de dominio y contratos de compraventa entre el dador de un

leasing y el tomador de bienes muebles registrables e inmuebles, siempre que el

dador haya sido uno de los sujetos establecidos en el artículo 2° del Decreto Nacional

N° 1038/00, y éste haya abonado el impuesto al momento de realizar la transferencia

de dominio a su nombre y luego trasladado al tomador como gasto de la operación.

Esta exención no regirá en los siguientes casos:

a) Cuando el dador transfiera el dominio del bien entregado en leasing a un tercero

distinto a quien celebró el contrato.

b) Cuando el bien mueble registrable e inmueble fuera propiedad del dador previo a la

vinculación contractual con el tomador".

Art. 2°.- Comuníquese, etc. Ferrario - Schillagi

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

PROMULGADA POR
MODIFICA
<p>Artículo 1° de la Ley N° 6561 incorpora inciso 75 al artículo 364 del Código Fiscal para el año 2022, el cual fuera aprobado por Ley N° 6505.</p>