DISPOSICIÓN 1225 2022 DIRECCION GENERAL CONSERVACION DEL PAISAJE URBANO

Síntesis:

SE AUTORIZA - FUNCIONAMIENTO - FERIA ITINERANTE DE ABASTECIMIENTO BARRIAL - DE TIPO ORGÁNICO O ESPECIAL N°33 - FIAB - SABE LA TIERRA - FERIAS DE LA CIUDAD - CALLE MEDRANO ENTRE CHARCAS Y JERÓNIMO SALGUERO - PALERMO - COMUNA 14

Publicación:

04/10/2022

Sanción:

30/09/2022

Organismo:

DIRECCION GENERAL CONSERVACION DEL PAISAJE URBANO


VISTO: las Leyes Nros. 5.122 (texto consolidado por Ley N° 6.347) y Ley N° 6.292, y

modificatorios, los Decretos N° 463-GCABA/19, N° 491-GCABA/16 y modificatorios,

las Disposiciones N° 1007- DGFYME/16, y N° 363-DGFER/19, y expediente

electrónico N° 34253282-GCABA-DGCDPU/22, y

CONSIDERANDO:

Que, por la Ley N° 6.292 se sancionó la Ley de Ministerios estableciendo para el

Ministerio de Espacio Público e Higiene Urbana, entre otros, las responsabilidades de

"entender en lo relativo al ordenamiento del Espacio Público, planificando estrategias y

diseñando e implementando políticas en relación con el mismo", así como entender en

lo relativo al uso del espacio público;

Que, el Decreto N°463-GCABA/19 y modificatorios aprobó la estructura orgánica del

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires incluyendo dentro de la Órbita del

Ministerio de Espacio Público e Higiene Urbana a la Dirección General Conservación

del Paisaje Urbano;

Que el mentado Decreto incluye dentro de las responsabilidades primarias de dicha

Dirección General la de "diseñar políticas de regulación, registro, fomento y

coordinación de la actividad de ferias y mercados y comercios callejeros";

Que, por la Ley N° 5.122 (texto consolidado por Ley N° 6.347) se autoriza la

instalación de las Ferias Itinerantes de Abastecimiento Barrial (FIAB) y su Decreto

reglamentario N° 491-GCABA/16 estableció que la ex Dirección General Ferias, y su

actual continuadora institucional, la Dirección General de Conservación del Paisaje

Urbano, es la autoridad de aplicación de la citada Ley, facultando a su titular a dictar

las normas complementarias, aclaratorias y operativas que fueren necesarias para su

aplicación;

Que, la Disposición N° 1007-DGFYME/16 aprueba la regulación de la actividad de las

Ferias Itinerantes de Abastecimiento Barrial;

Que, a través de la Disposición N° 363-DGFER/19 se ha autorizado la Feria Itinerante

de Abastecimiento Barrial (FIAB) N° 33 "Sabe la tierra-Ferias de la Ciudad" en el

ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que, mediante Comunicación Oficial N° 34147022-DGCDPU/22 se informó a la Junta

Comunal N° 14 del nuevo emplazamiento de la Feria Itinerante de Abastecimiento

Barrial N°33 "sabe la tierra";

Que, en virtud de lo antes señalado, la Gerencia Operativa Mercados por N° IF-2022-

34146184-GCABA-DGCDPU solicita y presta conformidad a autorizar nuevos

emplazamientos de FIAB N°33 para el próximo sábado1 de octubre de 2022 en Plaza

Guemes;

Que, el horario de funcionamiento de la feria será a partir de las 12:30 hs hasta las

19:30 hs contemplando el armado a partir de las 10 del sábado 1 de octubre y el

desarmado a partir de las 19:30 hasta las 22 hs del mismo día;

Que, deviene imperioso autorizar dichos emplazamientos de las Ferias Itinerantes de

Abastecimiento Barrial, a fin de evitar grandes desplazamientos y ofrecer productos de

calidad y variados, en nuevos puntos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Por ello, en ejercicio de las facultades que le son propias,

LA DIRECTORA GENERAL

DE CONSERVACIÓN DEL PAISAJE URBANO

DISPONE

Artículo. 1°.- Autorízase el funcionamiento de la Feria Itinerante de Abastecimiento

Barrial de tipo orgánico o especial N°33 "SABE LA TIERRA- Ferias de la Ciudad",

conforme detalle obrante en el Anexo (IF-2022-34146211-GCABA- DGCDPU), que

forma parte integrante de la presente, de acuerdo a los considerandos de la presente.

Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Comuníquese a la Gerencia Operativa Mercados, que efectuará las notificaciones

correspondientes. Cumplido, archívese. Sallaberry


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 6474

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Artículo. 1° de la Disposición N° 1225/DGCDPU/22 autoriza el funcionamiento de la Feria Itinerante de Abastecimiento Barrial de tipo orgánico o especial N°33 SABE LA TIERRA Ferias de la Ciudad dispuesta por Disposición N° 363/DGFER/19.</p>