RESOLUCIÓN 20 2022 SUBSECRETARIA AGENCIA DE APRENDIZAJE A LO LARGO DE LA VIDA

Síntesis:

SE APRUEBAN - PAUTAS - PROCEDIMIENTO - CONCURSOS DE TÍTULOS ANTECEDENTES Y OPOSICIÓN - INGRESO A LA EDUCACIÓN NO FORMAL

Publicación:

05/10/2022

Sanción:

14/09/2022

Organismo:

SUBSECRETARIA AGENCIA DE APRENDIZAJE A LO LARGO DE LA VIDA


VISTO: La Ley N° 4.399 (texto consolidado por Ley N° 6.347), el Decreto N° 463-

GCABA-AJG/19 y su modificatorio, la Resolución N° 2.294-GCABA-MEDGC/22, el

Expediente Electrónico N° 30431051-GCABA-DGGALV/22, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° 4.399 se creó el marco normativo para regular el

funcionamiento de la Educación No Formal como oferta educativa del sistema público

de enseñanza de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que el artículo 10 de dicha ley establece las pautas y condiciones requeridas para el

ingreso del personal a la Educación No Formal, determinando que la selección del

mismo debe realizarse mediante "sistemas que aseguren la comprobación fehaciente

de la idoneidad, méritos, competencias y actitudes laborales adecuadas para el

ejercicio de las funciones";

Que por la Resolución N° 2294-MEDGC/22 fue aprobada la reglamentación de la Ley

N° 4.399, estableciendo en el artículo 10 que el procedimiento de selección del

personal para el ingreso al área de Educación No Formal se realizará mediante

concursos de títulos, antecedentes y oposición, debiendo la Subsecretaría Agencia de

Aprendizaje a lo Largo de la Vida establecer las pautas necesarias y el procedimiento

a seguir para su implementación;

Que asimismo, por el artículo 2 de la misma resolución se ha encomendado a la

Subsecretaría de Agencia de Aprendizaje a lo Largo de la Vida el dictado de las

normas ampliatorias y/o necesarias para la implementación de la reglamentación de la

Ley N° 4.399;

Que por el Decreto N° 463/19 y su modificatorio, se aprobó la estructura orgánica

funcional del Ministerio de Educación, contemplando a la Subsecretaría Agencia

Aprendizaje a lo Largo de la Vida;

Que esta Subsecretaría tiene entre sus responsabilidades primarias diseñar,

promover, implementar y evaluar políticas y programas de aprendizaje a lo largo de la

vida, que incluye las ofertas de educación vocacional, formación profesional,

educación técnico superior y educación no formal destinada a jóvenes y adultos;

Que bajo su dependencia se encuentra la Dirección General Gestión del Aprendizaje a

lo Largo de la Vida, la que tiene entre sus responsabilidades primarias implementar

políticas y programas de educación vocacional, formación profesional, educación

técnico superior y educación no formal destinada a jóvenes y adultos, atendiendo la

estrategia educativa y los aspectos pedagógicos y administrativos;

Que la Gerencia Operativa Educación para el Desarrollo, la que tiene entre sus

responsabilidades primarias, implementar cursos, talleres y proyectos para la

orientación vocacional y el desarrollo de habilidades complementarias diversas, así

como impulsar la formación teórica y práctica de jóvenes y adultos, para la adquisición

de competencias específicas técnicas a lo largo de trayectos educativos cortos y

asociados con las necesidades productivas y laborales y generar espacios de

formación para el fortalecimiento y aprendizaje de habilidades que permitan el

desarrollo integral de las personas;

Que atento ello, en el marco de sus competencias y de conformidad a lo establecido

en la Ley N° 4.399 y su reglamentación, la Gerencia Operativa Educación para el

Desarrollo, promueve la aprobación de las pautas y el procedimiento a seguir para la

implementación de los concursos de títulos, ingreso y oposición para la selección del

personal que ingresa al ámbito de la Educación No Formal;

Que han tomado intervención la Dirección General Personal Docente y No Docente, la

Dirección General Gestión del Aprendizaje a lo Largo de la Vida y la Gerencia

Operativa Educación para el Desarrollo, en el marco de sus respectivas competencias;

Que la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional ha tomado la

intervención de su competencia.

Por ello, y en uso de las facultades delegadas por la Resolución N° 2294-GCABA-

MEDGC/22,

LA SUBSECRETARÍA

AGENCIA DE APRENDIZAJE A LO LARGO DE LA VIDA

RESUELVE:

Artículo 1°. - Apruébanse las pautas y el procedimiento para la realización de los

concursos de títulos, antecedentes y oposición para el ingreso a la Educación No

Formal, que como Anexo I (IF-2022-30722062-GCABA-DGGALV) forma parte

integrante de la presente resolución, conforme lo establecido en el artículo 10 de la

Ley N° 4.399 y su reglamentación.

Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

y, para su conocimiento y demás efectos, comuníquese a las Direcciones Generales

de Gestión del Aprendizaje a lo Largo de la Vida y de Personal Docente y No Docente,

y a la Gerencia Operativa de Educación para el Desarrollo. Cumplido, archívese.

Cortona


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 6475

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Artículo 1° de la Resolución N° 20/SSAALV/22 aprueba pautas y procedimiento para la realización de los concursos de títulos, antecedentes y oposición para el ingreso a la Educación No Formal, conforme lo establecido en el artículo 10 de la Ley N° 4.399.</p>