RESOLUCIÓN 1297 2022 F/N CONSEJO DE LOS DERECHOS DE NIÑAS NIÑOS Y ADOLESCENTES

Síntesis:

SE MODIFICA PARCIALMENTE - ESTRUCTURA ORGANIZATIVA - CONSEJO DE LOS DERECHOS DE NIÑAS NIÑOS Y ADOLESCENTES - ORGANIGRAMA - DIRECCIÓN GENERAL DE PROGRAMAS DESCENTRALIZADOS - DEPARTAMENTO DE RESTITUCIÓN INTERNACIONAL - PROGRAMA IDENTIDAD CON PARTIDA

Publicación:

11/10/2022

Sanción:

03/10/2022

Organismo:

F/N CONSEJO DE LOS DERECHOS DE NIÑAS NIÑOS Y ADOLESCENTES

Estado:

No vigente


VISTO: La Ley N° 114 (texto consolidado por Ley N° 6.347), la Resolución N° 422-

CDNNyA/06, sus modificatorias y complementarias, las Resoluciones N° 733-

CDNNyA/10, N° 425-CDNNyA/17, N° 994-GCABA-CDNNYA/21, N° 1.450-GCABA-

CDNNyA/21, y el Expediente Electrónico N° 35048938-GCABA-CDNNyA/22, y

CONSIDERANDO:

Que por el artículo 45 de la Ley N° 114 (texto consolidado por Ley N° 6.347) se creó el

Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes como organismo

especializado que tiene a su cargo las funciones que le incumben a la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires en materia de promoción y protección de los derechos de

niños, niñas y adolescentes y goza de autonomía técnica, administrativa y autarquía

financiera;

Que la estructura organizacional es una herramienta funcional para la implementación

de las políticas a cargo del organismo, debiendo tener la flexibilidad necesaria para

modificarse en pos de lograr los objetivos que pretende conseguir, de acuerdo a la

experiencia de la gestión;

Que por la Resolución N° 422-CDNNyA/06, sus modificatorias y complementarias, se

aprobó el marco orgánico institucional, así como las dependencias funcionales de este

Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes;

Que, por su parte, mediante la Resolución N° 733-CDNNyA/10 se creó el

Departamento de Restitución Internacional y Asistencia Letrada en el ámbito de la

Dirección Operativa de Asuntos Jurídicos de la Dirección General Legal, Técnica y

Administrativa de este Consejo, el que posteriormente fue transferido a la Dirección

General de Gestión de Políticas y Programas del organismo mediante la Resolución

N° 92-CDNNyA/2013, siendo que por la Resolución N° 425-CDNNyA/17 se separó el

Departamento de Restitución Internacional, el que continúa bajo la dependencia de la

Dirección General de Gestión de Políticas y Programas, de la Unidad de Asistencia

Letrada, la que fue transferida bajo la órbita de la Vicepresidencia;

Que posteriormente, el Departamento de Restitución Internacional fue transferido bajo

la órbita de la Vicepresidencia por Resolución N° 994-GCABA-CDNNYA/21;

Que por otra parte por Resolución 1450-GCABA-CDNNYA/19 se creó el Programa

Identidad con Partida (IF-2019- 36071499-GCABA-CDNNYA), bajo la órbita de la

Vicepresidencia de este Consejo;

Que tanto el Departamento de Restitución Internacional como el Programa Identidad

con Partida se requieren su intervención directamente desde la Dirección General de

Programas Descentralizados, siendo la Vicepresidencia parte de la Dirección Ejecutiva

por lo que resulta necesario el traspaso de los mismos la Dirección General nombrada,

a fin de lograr una planificación integral de estrategias;

Que, en consecuencia, y con el objeto de optimizar el funcionamiento del

Departamento de Restitución, así como del Programa de Identidad con Partida resulta

necesario que queden bajo la órbita de la Dirección General de Programas

Descentralizados, conservando ambos sus responsabilidades primarias, estructura,

personal y patrimonio;

Que, en virtud de lo expuesto, resulta procedente dictar el acto administrativo por el

que se el Departamento de Restitución Internacional a la Dirección General de

Programas Descentralizados de la Vicepresidencia del organismo y que el programa

"Identidad con Partida se encuentre bajo la órbita de esa misma Dirección General;

Que la Dirección General Legal, Técnica y Administrativa ha tomado intervención en el

ámbito de su competencia;

Que, en tal sentido, debe tener la flexibilidad necesaria para modificarse en pos de los

objetivos que pretende conseguir, evaluando la experiencia de la gestión;

Por ello, y en uso de las atribuciones y facultades conferidas por la Ley N° 114 (texto

consolidado por Ley N° 6.347) y el Decreto N° 192/21,

LA PRESIDENTE DEL CONSEJO

DE LOS DERECHOS DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES

RESUELVE:

Artículo 1°.- Modificase parcialmente la estructura organizativa de este Consejo de los

Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, aprobada por la Resolución N° 422-

CDNNyA/06, sus modificatorias, ampliatorias y complementarias, de conformidad con

lo establecido en la presente resolución, conforme el Anexo IF-2022-35344196-

GCABA-CDNNYA (organigrama), que a todos sus efectos forma parte integrante de la

presente.

Artículo 2°.- Modifíquese parcialmente la estructura organizativa de la Dirección

General de Programas Descentralizados estableciendo bajo su dependencia el

Departamento de Restitución Internacional y quedando bajo su órbita el Programa

"Identidad con Partida" (aprobado por resolución N° 1450-GCABA-CDNNYA/19).

Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial. Pase a la Dirección Operativa Jurídica,

dependiente de la Dirección General Legal, Técnica y Administrativa de este Consejo,

a fin de comunicar la presente resolución a todas las áreas del organismo.

Leguizamón


ANEXOS

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

DEROGADA POR
<p>Articulo 1° de la Resolución 2088-CDNNYA/24 deroga la Resolución 1297-CDNNYA/22. </p>
MODIFICA
<p>Artículo 2° de la de la Resolucion N° 1297-CDNNyA/22 modifica parcialmente la estructura organizativa de la Dirección General de Programas Descentralizados estableciendo bajo su dependencia el Departamento de Restitución Internacional y quedando bajo su órbita el Programa “Identidad con Partida”, aprobado por resolución N° 1450-CDNNyA/19.</p>
MODIFICA
<p>Artículo 1° de la Resolucion N° 1297-CDNNYA/22 modifica parcialmente la estructura organizativa de este Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, aprobada por la Resolución N° 422-CDNNyA/06, sus modificatorias, ampliatorias y complementarias.</p>