DISPOSICIÓN 111 2022 DIRECCION GENERAL DESARROLLO E INCLUSION SOCIAL
Síntesis:
LLAMADO A CONCURSO - PROYECTOS INSTITUCIONALES DEL PROGRAMA REDES POR LA INCLUSIÓN - LINEAMIENTOS DE INTERVENCIÓN REDES Y PARTICIPACIÓN COMUNITARIA - FINANZAS DERECHOS E INCLUSIÓN TECNOLÓGICA
Publicación:
14/10/2022
Sanción:
12/10/2022
Organismo:
DIRECCION GENERAL DESARROLLO E INCLUSION SOCIAL
VISTO: La Ley N° 6.292, el Decreto N° 463/19, la Resolución N° 395-MDHYHGC/22,
la Resolución N° 184-SECISYAI/22 y la Disposición N° 59-GCABA-DGDEIS/2022 y,
CONSIDERANDO:
Que, por la Ley de Ministerios N° 6.292, el Jefe de Gobierno es asistido en sus
funciones por los Ministros contemplando entre ellos al Ministerio de Desarrollo
Humano y Hábitat;
Que, dentro de los objetivos establecidos en el artículo 23 de dicha Ley, le
corresponden a este Ministerio, entre otros diseñar e implementar políticas, planes y
programas para la promoción y protección de los derechos civiles, políticos,
económicos, sociales, culturales, comunitarios, humanos y los derechos de incidencia
colectiva en general, integrando otros organismos estatales y organizaciones de la
sociedad civil y diseñar e implementar políticas, planes y programas de promoción y
desarrollo social destinados a la población en situación de vulnerabilidad social,
coordinando y creando espacios de consulta y participación de la ciudadanía;
Que, mediante el Decreto N° 463/19 y modificatorios se aprobó la estructura orgánico
funcional dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, contemplándose en la órbita de la Secretaria de Inclusión Social y
Atención Inmediata del Ministerio de Desarrollo Humano y Hábitat a la Dirección
General de Desarrollo e Inclusión Social, estableciendo entre sus responsabilidades
primarias la de "Proponer a la Secretaría la celebración de convenios de cooperación y
de gestión con organismos públicos y privados, que entiendan en la problemática
social en sus distintas dimensiones. Implementar un esquema integral de seguimiento
de las familias beneficiarias de los programas sociales e implementar acciones para
promover la efectiva reinserción de la persona a través del deporte, mentorías,
capacitaciones y actividades culturales de inclusión, en coordinación con las áreas
competentes. Generar redes comunitarias de contención y promoción social en pos de
reintegrar a la persona y familia al tejido social. Efectuar el seguimiento de casos de
alta vulnerabilidad a fin de propiciar su reinserción social. Articular con actores de la
sociedad civil a fin de generar estrategias conjuntas para la capacitación, contención y
reinserción social...", entre otras;
Que, por la Resolución N° 395-MDHYHGC/22 se creó el Programa de gestión "Redes
por la Inclusión", en la órbita de la Dirección General de Desarrollo e Inclusión Social
dependiente de la Secretaría de Inclusión Social y Atención Inmediata, aprobándose
los Lineamientos Generales del Programa detallados en el (IF-2022-24968005-
GCABA-DGDEIS), el texto modelo de Convenio de colaboración y gestión asociada a
celebrarse con Organizaciones de la Sociedad Civil (IF-2022-24968301-GCABA-
DGDEIS), el texto modelo de Proyecto Institucional (IF-2022-24968618-GCABA-
DGDEIS) y el texto modelo de Nota y Declaración Jurada (IF-2022-24968840-GCABA-
DGDEIS), todo ello en el marco del Programa y que como Anexos I, II, III y IV,
respectivamente forman parte de la mencionada Resolución;
Que, de conformidad con sus Lineamientos Generales (Anexo I - IF-2022-24968005-
GCABA-DGDEIS), el Programa "Redes por la inclusión" brinda asistencia a través de
la ejecución de acciones formativas, acompañamiento, contención, seguimiento y
promoción social tendientes a la inclusión sociocultural y económica que permita
fortalecer el proyecto de vida de personas y familias en situación de vulnerabilidad
social y su reinserción al tejido social, ello así desarrollando e implementando la
Dirección General de Desarrollo e Inclusión Social acciones directas, en coordinación
con áreas competentes y/o en gestión asociada con Organizaciones de la Sociedad
Civil que mantengan igual criterio de protección integral de derechos sociales de las
personas en situación de vulnerabilidad social, de conformidad con lo establecido por
las Leyes N° 3.706 y 4.036 y de acuerdo a los principios establecidos en los artículos
17 y 18 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y demás requisitos
establecidos por los Lineamientos;
Que, asimismo, por artículo 3° de la Resolución N° 395-MDHYHGC/22 la titular de
este Ministerio de Desarrollo Humano y Hábitat faculta a la Secretaría de Inclusión
Social y Atención Inmediata a suscribir los convenios a celebrarse con las
Organizaciones de la Sociedad Civil conforme los Anexos aprobados en el artículo 2°,
a dictar las normas reglamentarias, complementarias, aclaratorias, operativas e
interpretativas, como así también a aprobar todo otro instrumento que requiera la
implementación del Programa de gestión "Redes por la Inclusión";
Que, en virtud de ello, por Resolución N° 184-SECISYAI/22 la Secretaría de Inclusión
Social y Atención Inmediata encomendó a la Dirección General de Desarrollo e
inclusión Social, por un lado, los llamados a las convocatorias de proyectos, la
creación y designación de los integrantes de la Comisión Evaluadora y la selección de
los proyectos más convenientes en el marco de los Lineamientos Generales del
Programa "Redes por la inclusión" y, por el otro, su publicación en el sitio web del
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
https://www.buenosaires.gob.ar/desarrollohumanoyhabitat, estableciendo un tiempo
prudencial entre el llamado y la presentación de los proyectos, el cual no podrá ser
menor a un (1) día de publicación con tres (3) de anticipación, y que se habilite una
casilla de correo oficial a tales efectos;
Que por Disposición N° 59-DGDEIS/2022 se designan los miembros de la Comisión
Evaluadora y se habilita el correo electrónico oficial
redesporlainclusion@buenosaires.gob.ar a los efectos de la recepción de consultas,
documentación y proyectos presentados de conformidad con la normativa del
Programa;
Que, se entiende oportuno disponer el llamado al "Concurso de Proyectos
Institucionales del Programa "Redes por la Inclusión" Lineamientos de intervención:
Redes y participación comunitaria (ap. 7.2 del Anexo de la Resolución N° 395-
MDHYHGC/22) Finanzas, derechos e inclusión tecnológica (ap. 7.4 del Anexo de la
Resolución N° 395-MDHYHGC/22)-, estableciéndose que la presentación de los
proyectos institucionales deberá efectuarse entre los días 18 de octubre del 2022 al 24
de octubre del 2022, todo ello conforme los Anexos I, II, III y IV de la Resolución N°
395-MDHYHGC/22.-
Que, la Secretaria de Inclusión Social y Atención Inmediata ha tomado conocimiento y
prestado conformidad con lo actuado;
Que corresponde dictar el acto administrativo pertinente;
Por ello, y en uso de las facultades conferidas,
Artículo 1°.- Llamase a "Concurso de Proyectos Institucionales del Programa Redes
por la Inclusión -Lineamientos de intervención: Redes y participación comunitaria (ap.
7.2 del Anexo de la Resolución N° 395-MDHYHGC/22) Finanzas, derechos e inclusión
tecnológica (ap. 7.4 del Anexo de la Resolución N° 395-MDHYHGC/22)-,
estableciéndose que la presentación de los proyectos institucionales, conjuntamente
con la documentación pertinente, por parte de las Organizaciones, deberá efectuarse
entre los días 18 de octubre del 2022 al 24 de octubre del 2022 todo ello conforme los
Anexos I, II, III y IV de la Resolución N° 395-MDHYHGC/22, en el correo electrónico
oficial redesporlainclusion@buenosaires.gob.ar habilitado por Disposición N° 59-
DGDEIS/2022.-
Artículo 2°.- Fijase un plazo máximo de ocho (8) meses como plazo de ejecución de
los proyectos institucionales a presentar y publíquese el presente llamado en el sitio
web del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
https://www.buenosaires.gob.ar/desarrollohumanoyhabitat, durante cinco (5) días
corridos, a partir del 13 de octubre de 2022.-
Artículo 3°.- El gasto que demande el cumplimiento del presente se imputará a la
partida correspondiente del presupuesto vigente.
Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires. Comuníquese a la Secretaría de Inclusión Social y Atención Inmediata.
Cumplido, archívese. Muti