DISPOSICIÓN 1283 2022 DIRECCION GENERAL CONSERVACION DEL PAISAJE URBANO
Síntesis:
SE AUTORIZA - EMPLAZAMIENTO - FERIA ITINERANTE DE ABASTECIMIENTO BARRIAL - DE TIPO ORGÁNICO O ESPECIAL N°33 - SABE LA TIERRA - ADOLFO ALSINA Y DEFENSA - MONSERRAT - COMUNA 1 - SABADO 22 DE OCTUBRE 2022 - DE 19 A 23 HS
Publicación:
19/10/2022
Sanción:
14/10/2022
Organismo:
DIRECCION GENERAL CONSERVACION DEL PAISAJE URBANO
VISTO: Las Leyes Nros. 5.122 (texto consolidado por Ley N° 6.347) y Ley N° 6.292, y
modificatorios, los Decretos Nros. 463-GCABA/19 y modificatorios, las Disposiciones
Nros.1007-GCABA-DGFYME/16, y 363-GCABA-DGFER/19, y el expediente
electrónico N° 36696632-GCABA-DGCDPU/22, y
CONSIDERANDO:
Que, por la Ley N° 6.292 se sancionó la Ley de Ministerios estableciendo para el
Ministerio de Espacio Público e Higiene Urbana, entre otros, las responsabilidades de
"entender en lo relativo al ordenamiento del Espacio Público, planificando estrategias y
diseñando e implementando políticas en relación con el mismo", así como entender en
lo relativo al uso del espacio público;
Que, el Decreto N°463-GCABA/19 y modificatorios aprobó la estructura orgánica del
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires incluyendo dentro de la Órbita del
Ministerio de Espacio Público e Higiene Urbana a la Dirección General Conservación
del Paisaje Urbano;
Que el mentado Decreto incluye dentro de las responsabilidades primarias de dicha
Dirección General la de "diseñar políticas de regulación, registro, fomento y
coordinación de la actividad de ferias y mercados y comercios callejeros";
Que, por la Ley N° 5.122 (texto consolidado por Ley N° 6.347) se autoriza la
instalación de las Ferias Itinerantes de Abastecimiento Barrial (FIAB) y su Decreto
reglamentario N° 491-GCABA/16 estableció que la ex Dirección General Ferias, y su
actual continuadora institucional, la Dirección General de Conservación del Paisaje
Urbano, es la autoridad de aplicación de la citada Ley, facultando a su titular a dictar
las normas complementarias, aclaratorias y operativas que fueren necesarias para su
aplicación;
Que, la Disposición N° 1007-DGFYME/16 aprueba la regulación de la actividad de las
Ferias Itinerantes de Abastecimiento Barrial;
Que, a través de la Disposición N° 363-DGFER/19 se ha autorizado el funcionamiento
la Feria Itinerante de Abastecimiento Barrial (FIAB) N° 33 "Sabe la tierra" en el ámbito
de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que, mediante Comunicación Oficial N° 36463404-DGCDPU/22 se informó a la Junta
Comunal N°1, del nuevo emplazamiento de la Feria Itinerante de Abastecimiento
Barrial N° 33 "sabe la tierra";
Que, en virtud de lo antes señalado, la Gerencia Operativa Mercados por IF-2022-
36686073-GCABA-DGCDPU solicita y presta conformidad a autorizar nuevos
emplazamientos de FIAB N° 33 para el próximo sábado 22 de octubre de 2022 en la
calle Defensa y Adolfo Alsina;
Que, el horario de funcionamiento de la feria será a partir de las 19 hs hasta las 23:00
hs contemplando el armado y desarmado a partir de las 17 hs del día sábado 22 de
octubre hasta las 24 hs del mismo día Que, deviene imperioso autorizar dichos
emplazamientos de las Ferias Itinerantes de Abastecimiento Barrial, a fin de evitar
grandes desplazamientos y ofrecer productos de calidad y variados, en nuevos puntos
de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Por ello, en ejercicio de las facultades que le son propias,
Artículo. 1°.- Autorízase el emplazamiento de la Feria Itinerante de Abastecimiento
Barrial de tipo orgánico o especial N°33 "Sabe la Tierra" conforme detalle obrante en el
Anexo (IF-2022-36686102-GCABA-DGCDPU), que forma parte integrante de la
presente, de acuerdo a los considerandos de la presente.
Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Comuníquese a la Gerencia Operativa Mercados, que efectuará las notificaciones
correspondientes. Cumplido, archívese. Sallaberry