RESOLUCIÓN 459 2022 MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS

Síntesis:

 APRUEBA SUMAS FIJAS - REMUNERAR  ESPACIOS DE MEJORA INSTITUCIONAL -  INSTANCIAS DE FORMACIÓN DOCENTE Y DICTADO DE LAS INSTANCIAS DE FORMACIÓN DOCENTE -  MINISTERIOS HACIENDA Y FINANZAS - EDUCACION - REMUNERACIÓN - JORNADAS DOCENTES - SÁBADOS

Publicación:

19/10/2022

Sanción:

18/10/2022

Organismo:

MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS


VISTO: La Ley N° 6.292 (texto consolidado por Ley N° 6.347), el Decreto N° 463/19 y

su modificatorio N ° 10/22, las Resoluciones Nros. 3.961-GCABA-MEDGC/22 y 52-

GCABA-SSCPEE/21 y sus modificatorias y el Expediente Electrónico N° 36782674-

GCABA-DGPDYND/22, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 6.292 establece que el Jefe de Gobierno es asistido en sus funciones

por los Ministros, de conformidad con las facultades y responsabilidades que les

confiere dicha Ley;

Que, según lo establecido por la citada Ley, le corresponde al Ministerio de Educación

"Diseñar, promover, implementar y evaluar las políticas y programas educativos que

conformen un sistema educativo único e integrado a fin de contribuir al desarrollo

individual y social", así como "Planificar y administrar los recursos del sistema

educativo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires" y "Promover la

formación y jerarquización profesional del personal docente";

Que por el Decreto N° 463/19 y su modificatorio N° 10/22 se aprobó la estructura

organizativa del Poder Ejecutivo de la Ciudad de Buenos Aires, contemplándose al

Ministerio de Educación;

Que, en este sentido, mediante la Resolución N° 3.961-GCABA-MEDGC/22 se

estableció que el recupero del día de clase correspondiente al feriado nacional del 2

de septiembre del 2022 para los niveles inicial, primario y secundario, en todas sus

modalidades, será dictado el día 31 de octubre 2022 en su horario habitual;

Que, por ello, se estableció para los establecimientos educativos de Gestión Estatal

que las jornadas "Espacios para la Mejora Institucional"- EMI y las instancias de

formación docente prevista para el 31 de octubre de 2022 deberán realizarse en día

sábado, con su respectivo pago, de conformidad con el cronograma correspondiente;

Que mediante Resolución N° 52-GCABA-SSCPEE/21 se aprobó la Agenda Educativa

para el ciclo lectivo 2022, indicándose las fechas previstas para la realización de las

jornadas "Espacios para la Mejora Institucional"- EMI y las instancias de formación

docente;

Que a efectos de cumplimentar con la normativa mencionada, se propicia autorizar el

pago de determinadas sumas fijas de carácter no remunerativo y no bonificable a fin

de remunerar los Espacios de Mejora Institucional "EMI", las instancias de Formación

Docente "IFD-Situada" y el dictado de las instancias de Formación Docente, a favor de

los docentes del sistema de Gestión Estatal dependiente de la Administración Central

del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y a los capacitadores

dependientes de la Dirección General de Escuela de Maestros;

Que, en tal sentido, corresponde identificar los cargos docentes de los equipos de

conducción que, por estar presentes, percibirán la suma fija "EMI Conducción";

Que, en virtud de lo expuesto, resulta necesario dictar el acto administrativo pertinente;

Que las Direcciones Generales de Coordinación Legal e Institucional del Ministerio de

Educación y Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Hacienda y Finanzas

han tomado la intervención que les compete.

Por ello y en uso de las facultades legales que le son propias,

LA MINISTRA DE EDUCACIÓN Y EL MINISTRO DE HACIENDA Y FINANZAS

RESUELVEN:

Artículo 1°.- Apruébanse las sumas fijas de carácter no remunerativo y no bonificable

conforme se detalla en el Anexo I (IF-2022-36490791-GCABA-DGPDYND) que forma

parte integrante de la presente, a fin de remunerar los Espacios de Mejora Institucional

y las instancias de Formación Docente establecidas en la Resolución N° 3.961-

GCABA-MEDGC/22 cuya prestación se efectúe en día sábado, a los docentes del

sistema de Gestión Estatal dependiente de la Administración Central del Gobierno de

la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Artículo 2°.- Apruébase la suma fija de carácter no remunerativo y no bonificable

conforme se detalla en el Anexo II (IF-2022-36492975-GCABA-DGESM) que forma

parte integrante de la presente, a fin de remunerar el dictado de las instancias de

Formación Docente establecidas en la Resolución N° 3.961-GCABA-MEDGC/22 cuya

prestación se efectúe en día sábado, a los capacitadores dependientes de la Dirección

General de Escuela de Maestros.

Artículo 3°.- Las sumas fijas aprobadas por los artículos precedentes no se tomarán

como base de cálculo para el Complemento Mínimo Garantizado Docente y serán

liquidadas por fuera del Salario Mínimo Garantizado.

Artículo 4°.- El tope máximo a abonar por persona de las sumas establecidas en el

Anexo I aprobado en el artículo 1° será conforme las condiciones allí detalladas y su

liquidación será no proporcionalizable.

Artículo 5°.- Identifícanse los cargos docentes de los equipos de conducción que, por

estar presentes, percibirán la suma fija "EMI Conducción" según se detalla en el Anexo

III (IF-2022-36488696-GCABADGPDYND) que forma parte integrante de la presente.

Artículo 6°.- El gasto que demande el cumplimiento de lo aquí dispuesto será afectado

a la partida presupuestaria correspondiente.

Artículo 7°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

y, comuníquese a la Subsecretaría de Carrera Docente y a las Direcciones Generales

de Personal Docente y No Docente y de Coordinación Legal e Institucional del

Ministerio de Educación y a las Direcciones Generales de Administración y Liquidación

de Haberes y Planificación y Control Operativo dependientes de la Subsecretaría de

Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda y Finanzas. Cumplido,

archívese. Acuña - Mura


ANEXOS

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Artículo 1 de la Resolucion N° 459-MHFGC...-22 aprueba sumas fijas de carácter no remunerativo y no bonificable a fin de remunerar los Espacios de Mejora Institucional y las instancias de Formación Docente establecidas en la Resolución N° 3.961-MEDGC/22 cuya prestación se efectúe en día sábado. </p><p>Artículo 2 aprueba suma fija de carácter no remunerativo y no bonificable conforme se detalla en el Anexo II , a fin de remunerar el dictado de las instancias de Formación Docente cuya prestación se efectúe en día sábado. </p>