RESOLUCIÓN 459 2022 MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS
Síntesis:
APRUEBA SUMAS FIJAS - REMUNERAR ESPACIOS DE MEJORA INSTITUCIONAL - INSTANCIAS DE FORMACIÓN DOCENTE Y DICTADO DE LAS INSTANCIAS DE FORMACIÓN DOCENTE - MINISTERIOS HACIENDA Y FINANZAS - EDUCACION - REMUNERACIÓN - JORNADAS DOCENTES - SÁBADOS
Publicación:
19/10/2022
Sanción:
18/10/2022
Organismo:
MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS
VISTO: La Ley N° 6.292 (texto consolidado por Ley N° 6.347), el Decreto N° 463/19 y
su modificatorio N ° 10/22, las Resoluciones Nros. 3.961-GCABA-MEDGC/22 y 52-
GCABA-SSCPEE/21 y sus modificatorias y el Expediente Electrónico N° 36782674-
GCABA-DGPDYND/22, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 6.292 establece que el Jefe de Gobierno es asistido en sus funciones
por los Ministros, de conformidad con las facultades y responsabilidades que les
confiere dicha Ley;
Que, según lo establecido por la citada Ley, le corresponde al Ministerio de Educación
"Diseñar, promover, implementar y evaluar las políticas y programas educativos que
conformen un sistema educativo único e integrado a fin de contribuir al desarrollo
individual y social", así como "Planificar y administrar los recursos del sistema
educativo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires" y "Promover la
formación y jerarquización profesional del personal docente";
Que por el Decreto N° 463/19 y su modificatorio N° 10/22 se aprobó la estructura
organizativa del Poder Ejecutivo de la Ciudad de Buenos Aires, contemplándose al
Ministerio de Educación;
Que, en este sentido, mediante la Resolución N° 3.961-GCABA-MEDGC/22 se
estableció que el recupero del día de clase correspondiente al feriado nacional del 2
de septiembre del 2022 para los niveles inicial, primario y secundario, en todas sus
modalidades, será dictado el día 31 de octubre 2022 en su horario habitual;
Que, por ello, se estableció para los establecimientos educativos de Gestión Estatal
que las jornadas "Espacios para la Mejora Institucional"- EMI y las instancias de
formación docente prevista para el 31 de octubre de 2022 deberán realizarse en día
sábado, con su respectivo pago, de conformidad con el cronograma correspondiente;
Que mediante Resolución N° 52-GCABA-SSCPEE/21 se aprobó la Agenda Educativa
para el ciclo lectivo 2022, indicándose las fechas previstas para la realización de las
jornadas "Espacios para la Mejora Institucional"- EMI y las instancias de formación
docente;
Que a efectos de cumplimentar con la normativa mencionada, se propicia autorizar el
pago de determinadas sumas fijas de carácter no remunerativo y no bonificable a fin
de remunerar los Espacios de Mejora Institucional "EMI", las instancias de Formación
Docente "IFD-Situada" y el dictado de las instancias de Formación Docente, a favor de
los docentes del sistema de Gestión Estatal dependiente de la Administración Central
del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y a los capacitadores
dependientes de la Dirección General de Escuela de Maestros;
Que, en tal sentido, corresponde identificar los cargos docentes de los equipos de
conducción que, por estar presentes, percibirán la suma fija "EMI Conducción";
Que, en virtud de lo expuesto, resulta necesario dictar el acto administrativo pertinente;
Que las Direcciones Generales de Coordinación Legal e Institucional del Ministerio de
Educación y Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Hacienda y Finanzas
han tomado la intervención que les compete.
Por ello y en uso de las facultades legales que le son propias,
Artículo 1°.- Apruébanse las sumas fijas de carácter no remunerativo y no bonificable
conforme se detalla en el Anexo I (IF-2022-36490791-GCABA-DGPDYND) que forma
parte integrante de la presente, a fin de remunerar los Espacios de Mejora Institucional
y las instancias de Formación Docente establecidas en la Resolución N° 3.961-
GCABA-MEDGC/22 cuya prestación se efectúe en día sábado, a los docentes del
sistema de Gestión Estatal dependiente de la Administración Central del Gobierno de
la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Artículo 2°.- Apruébase la suma fija de carácter no remunerativo y no bonificable
conforme se detalla en el Anexo II (IF-2022-36492975-GCABA-DGESM) que forma
parte integrante de la presente, a fin de remunerar el dictado de las instancias de
Formación Docente establecidas en la Resolución N° 3.961-GCABA-MEDGC/22 cuya
prestación se efectúe en día sábado, a los capacitadores dependientes de la Dirección
General de Escuela de Maestros.
Artículo 3°.- Las sumas fijas aprobadas por los artículos precedentes no se tomarán
como base de cálculo para el Complemento Mínimo Garantizado Docente y serán
liquidadas por fuera del Salario Mínimo Garantizado.
Artículo 4°.- El tope máximo a abonar por persona de las sumas establecidas en el
Anexo I aprobado en el artículo 1° será conforme las condiciones allí detalladas y su
liquidación será no proporcionalizable.
Artículo 5°.- Identifícanse los cargos docentes de los equipos de conducción que, por
estar presentes, percibirán la suma fija "EMI Conducción" según se detalla en el Anexo
III (IF-2022-36488696-GCABADGPDYND) que forma parte integrante de la presente.
Artículo 6°.- El gasto que demande el cumplimiento de lo aquí dispuesto será afectado
a la partida presupuestaria correspondiente.
Artículo 7°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
y, comuníquese a la Subsecretaría de Carrera Docente y a las Direcciones Generales
de Personal Docente y No Docente y de Coordinación Legal e Institucional del
Ministerio de Educación y a las Direcciones Generales de Administración y Liquidación
de Haberes y Planificación y Control Operativo dependientes de la Subsecretaría de
Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda y Finanzas. Cumplido,
archívese. Acuña - Mura