LEY 1462 2004

Síntesis:

MODIFICA LEY 475 - MODIFICA ESTATUTO DEL DOCENTE MUNICIPAL - NIVEL MEDIO - CARGOS NO ESCALAFONADOS - ASESOR PEDAGÓGICO - PSICOPEDAGOGO - PSICÓLOGO - AYUDANTE DEL DEPARTAMENTO DE ORIENTACIÓN - AYUDANTE DE CLASES PRÁCTICAS - BIBLIOTECARIO - PLANTA FUNCIONAL - EDUCACIÓN MEDIA Y TÉCNICA - ORDENANZA 40593

Publicación:

01/11/2004

Sanción:

16/09/2004

Organismo:

LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

Promulgación:

21/10/2004

Estado:

No vigente


La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de

Ley:

Artículo 1° - Modifícase el artículo 6° de la Ley N° 475 mediante la cual se incorporaron denominaciones de cargos al artículo 9° de la Ordenanza N° 40.593, por lo que esta norma, en su Apartado VII, Acápite A.2) -Nivel Medio-, punto 3 -Cargos No Escalafonados- quedará redactado de acuerdo con el siguiente texto:

a) Asesor Pedagógico.

b) Psicopedagogo.

c) Psicólogo.

d) Ayudante del Departamento de Orientación.

e) Ayudante de Clases Prácticas.

f) Bibliotecario.

Artículo 2° - Comuníquese, etc.- de Estrada - Alemany

Buenos Aires, 22 de octubre de 2004

En virtud de lo prescripto en el artículo 86 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 8° del Decreto N° 2.343/GCBA/98, certifico que la Ley N° 1.462 (Expediente N° 62.175/04), sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en su sesión del día 16 de septiembre de 2004 ha quedado automáticamente promulgada el día 21 de octubre de 2004.

Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, gírese copia a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por intermedio de la Dirección General de Asuntos Políticos y Legislativos, y para su conocimiento y demás efectos, remítase a las Secretarías de Educación y de Hacienda y Finanzas. Cohen

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Artículo 1 de la Ley 1462, modifica el artículo 6 de la Ley 475 (modificatoria de la Ordenanza 40593).</p>