DISPOSICIÓN 81 2022 DIRECCIÓN GENERAL DE DESARROLLO GASTRÓNOMICO

Síntesis:

CONVOCATORIA - OCUPACIÓN DEL PUESTO N° 9 -  CENTRO DE ABASTECIMIENTO MUNICIPAL N° 72 - CAM - MERCADO DE SAN NICOLÁS - AV. CÓRDOBA N° 1750

Publicación:

08/11/2022

Sanción:

03/11/2022

Organismo:

DIRECCIÓN GENERAL DE DESARROLLO GASTRÓNOMICO


VISTO: La Ley N° 6.292, las Ordenanzas Nros 33.313 y 43.273 (textos consolidados

por Ley N° 6.347) los Decretos Nros. 3.142/89, 463/GCABA/19 y 131-GCABA/20 y sus

modificatorios, la Disposiciones Nros. 23-GCABA-DGDGAS/19 y su modificatoria N°

43-GCABA-DGDGAS/19 y 39-GCABA- DGDGAS/21 el Expediente Electrónico N°

38867499-GCABA-DGDGAS/22, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley N° 6.292 (texto consolidado por Ley N° 6.347) se sancionó la Ley de

Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplándose,

entre otros, al Ministerio de Desarrollo Económico y Producción;

Que por los Decreto Nros. 463-GCABA/19 y sus modificatorios se aprobó la estructura

orgánica funcional del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires, estableciendo bajo la órbita del Ministerio de Desarrollo Económico y

Producción a la Dirección General Desarrollo Gastronómico dependiente de la

Subsecretaría de Políticas Gastronómicas;

Que mediante Decreto N° 337-GCABA/21, se creó dentro del ámbito de esta Dirección

General, la Gerencia Operativa de Mercados Gastronómicos la que posee entre sus

responsabilidades primarias las de "... planificar y administrar la organización de

Mercados Gastronómicos y los Centros de Abastecimiento Municipal (CAM) N° 72, sito

en la Avda. Córdoba 1750, y N° 128, sito en la calle Juramento 2527, y el Mercado

Gastronómico Marcelo T. de Alvear, sito en la calle Bonpland 1660 (...) planificar y

elaborar un plan de uso del espacio referido a dichos mercados (...) participar en la

organización de mercados bajo su competencia, y/o reubicados por razones de interés

general...";

Que por su parte, cabe recordar que la regulación de los permisos de uso precario en

los Centros de Abastecimiento Municipal se encuentra normado por las Ordenanzas

Nros. 33.313, 43.273 y su Decreto Reglamentario N° 3142/89;

Que mediante Disposición N° 23-GCABA-DGDGAS/19 y su modificatoria N° 43-

GCABA-DGDGAS/19, se aprobó el Reglamento que rige los Centros de

Abastecimiento Municipal ( CAM) N° 72, Mercado de San Nicolás, y N° 128, Mercado

de Belgrano, y el Mercado Gastronómico Marcelo T. de Alvear;

Que asimismo, mediante Disposición N° 39-GCABA-DGDGAS/21, se aprobó el

procedimiento para el otorgamiento, renovación y/o cambio de rubro, caducidad y

renuncia de permisos de uso precario de los puestos ubicados en los Centros de

Abastecimiento Municipal (CAM) N° 72 "Mercado de San Nicolás", sito en Av. Córdoba

1750 N° 128 "Mercado de Belgrano", sito en Juramento 2527 y el Mercado

Gastronómico "Marcelo T. de Alvear", sito en la calle Bonpland 1660;

Que sobre el particular y tal como surge del Informe N° 38867320-GCABA-

DGDGAS/22, la Gerencia Operativa de Mercados Gastronómicos dependiente de esta

Dirección General, informó que el puesto N ° 9 del Centro de Abastecimiento Municipal

(CAM) N° 72, "Mercado de San Nicolás", se encuentra a la fecha vacante y sin

ocupación, entendiendo que resulta de suma importancia la apertura del concurso

para su efectiva ocupación y a los fines que el mismo pueda explotarse

comercialmente, debido a que esto implicaría un beneficio para los demás

permisionarios, para los vecinos y para optimizar el total funcionamiento del Mercado

de San Nicolás;

Que a tales fines, esta Dirección General entiende oportuno abrir la convocatoria a

concurso a fin de ocupar el puesto Nro. 9 del Centro de Abastecimiento Municipal

(CAM) N° 72, "Mercado de San Nicolás", debiendo los postulantes a ocupar el mismo,

acompañar la documentación que luce en el Anexo I (IF-2021-35525965-GCABA-

DGDGAS), el cual forma parte integrante de la Disposición N° 39-GCABA-

DGDGAS/21;

Que por lo expuesto corresponde el dictado del presente acto administrativo iniciando

el procedimiento de convocatoria a concurso a fin de ocupar el puesto N° 9 del Centro

de Abastecimiento Municipal (CAM) N° 72, "Mercado de San Nicolás".

Por ello y en uso de las facultades que le son propias,

EL DIRECTOR GENERAL DE DESARROLLO GASTRONÓMICO

DISPONE:

Artículo 1°.- Declárase abierto el procedimiento de convocatoria para ocupar el puesto

N° 9 del Centro de Abastecimiento Municipal N° 72 CAM -"Mercado de San Nicolás",

sito en Av. Córdoba N° 1750 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Artículo 2°.- Establécese que los/las postulantes deberán acompañar la

documentación que especifica el Anexo I (IF-2021-35525965-GCABA-DGDGAS), el

cual forma parte integrante de la Disposición N° 39-GCABA-DGDGAS/21, dentro de

los diez (10) días hábiles contados a partir de la publicación del presente acto en el

Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Artículo 3°.- Establécese que la documentación mencionada en el artículo anterior será

recibida a través del sistema TAD "Trámite a Distancia" .

Artículo 4°.- Difúndase el presente acto en la cartelera del del Centro de

Abastecimiento Municipal N° 72 CAM -"Mercado de San Nicolás" por el plazo de diez

(10) días hábiles contados a partir de la publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires.

Artículo 5°.- Publíquese por un (1) día en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires y notifíquese el presente acto a la Asociación Cooperadora del "Mercado

de San Nicolás". Para su conocimiento y demás efectos, comuníquese a la

Subsecretaría de Políticas Gastronómicas y a la Dirección General Técnica,

Administrativa y Legal del Ministerio de Desarrollo Económico y Producción. Tahier

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Artículo 1° de la Disposición N° 81/DGDGAS/22 Declara abierto el procedimiento de convocatoria para ocupar el puesto N° 9 del Centro de Abastecimiento Municipal N° 72 CAM, Mercado de San Nicolás, dispuesto por la Disposición N° 39/DGDGAS/21.</p><p>Artículo 2°, establece que los/las postulantes deberán acompañar la documentación que especifica el Anexo I que forma parte integrante de la Disposición N° 39/DGDGAS/21.</p>